POR: RENË TOVAR
Un abogado consultado señala que, con autorización de sus padres y por tratarse de un trabajo especial como deportista profesional, Morán podría jugar sin problema.
¿Gilberto Moran podría no jugar el segundo tiempo del encuentro entre Tijuana vs. Tigres de la Liguilla del Torneo Apertura 2025?. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en su artículo 175 fracción primera establece la prohibición de la labor de menores de 18 años en establecimientos no industriales después de las 10 de la noche.
Si el mediocampista no es sustituido en el segundo tiempo iría en contra de la propia LFT, pero la misma tiene un apartado que posibilita realizar la actividad siempre y cuando no sea recurrente.
El partido de Ida se jugará de acuerdo a la programacón de la Liga Mx a las 21.00 hrs locales (23.00 hrs del Centro de México), por lo que presuntamente la figura de los ‘Xolos’ de acuerdo a dicha norma sólo tendría que participar un tiempo, en estricto sentido de la ley, porque después sería imposible.
Sin embargo, de acuerdo al abogado de los Reporteros MX, Luis Omar Álvarez Vega, asegura que por tratarse de un trabajo especial, en donde se desempeña como deportista de alto rendimiento y por la naturaleza de su misma actividad profesional y las necesidades que se requieren de esta tendría que haber un consentimiento expreso por parte de sus padres en donde se deslinden de actividades “peligrosas” para el hasta entonces ahora menor como especifica el artículo 176 fracción 2 numeral 1 que refiere labores nocturnas industriales después de las 22.00 hrs.
El litigante asevera que si el club expone esta situación ante la autoridad competente podría jugar sin mayor conflicto salvaguardando siempre su integridad física debido a que no es de manera “recurrente” el horario del cotejo que generó polémica por lo antes mencionado.
Quedará a criterio de la autoridad laboral y a consideración a la Liga Mx para no afectar los intereses laborales de los menores de edad que intervengan en disputa en fuera de horario.
Álvarez Vega puntualiza que debe de vigilarse las actividades de los menores de edad para no trasgredir su desarrollo integral como busca la Ley Federal del Trabajo en el sentido de laborar a deshoras de manera reiterada.
El apoderado lega aclara que no existe la posibilidad de una sanción y club y tanmpoco pago del 200 por ciento del sueldo ya que en el capítulo décimo la LFT habla de deportistas profesionales y dada la naturaleza de su actividad sólo realiza su trabajo extraordinario ni en domingo ni en días festivos.
De acuerdo a gente al interior del club, algunos partidos de Xolos se han han jugado a esas horas en el pasado y también otros jugadores menores de edad en otros equipos han competido por lo que no se ha encendido ninguna alarma al respecto

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