El Senado avaló la reforma a la Ley de Amparo y modificaciones al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La propuesta contempla ampliar a 90 días el plazo para resolver amparos indirectos, restringir las suspensiones fiscales a billetes de depósito autorizados y extender a cinco días el tiempo para presentar garantías en procesos penales.
El Senado de la República aprobó este jueves, en lo general y en lo particular, la reforma a la Ley de Amparo, así como cambios al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La votación terminó con 76 votos a favor y 39 en contra en lo general, y 70 a favor y 39 en contra en lo particular, en medio de una sesión marcada por protestas opositoras y defensa cerrada del bloque oficialista.
El dictamen establece ajustes procesales y fiscales con el argumento de otorgar mayor certeza jurídica y garantizar acceso efectivo a la justicia. Entre las modificaciones destacan:
- Plazos judiciales: los jueces contarán con 90 días en lugar de 60 para resolver amparos indirectos, lo que busca evitar “chicanas legales”.
- Suspensiones fiscales: únicamente se admitirán billetes de depósito de instituciones autorizadas para frenar cobros de créditos firmes.
- Procesos penales: se amplía de tres a cinco días el plazo para que los quejosos presenten garantías en suspensiones relacionadas con la libertad personal.
Morena y sus aliados emitieron un mensaje claro: la reforma no elimina el amparo, sino que lo fortalece. Javier Corral Jurado, presidente de la Comisión de Justicia, aseguró que el dictamen es resultado de un proceso “plural, informado y con participación ciudadana”, y moderniza los juicios con herramientas digitales, plazos claros y sanciones para evitar retrasos.
“El amparo se moderniza sin excluir a nadie; se hace más eficiente sin sacrificar garantías”, afirmó el legislador.

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