Etiqueta: Giovanni Figueroa Mejía

  • La Corte revoca sanción millonaria a Actinver

    La Corte revoca sanción millonaria a Actinver

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ampara a Banco Actinver y anula una sanción de 1.1 mil millones de pesos que debía pagar a Rafael Zaga Tawil.  

    Este 3 de junio de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión importante al amparar a Banco Actinver. La Corte revocó una condena que obligaba al banco a pagar 1.1 mil millones de pesos a Rafael Zaga Tawil. Este empresario había acusado a la institución de incumplir sus obligaciones fiduciarias al bloquear su acceso a recursos de un fideicomiso.  

    El conflicto surgió tras una orden de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que restringió las operaciones de Zaga Tawil. Hasta el momento, él se encuentra detenido en Estados Unidos por no contar con una visa vigente. Además, está siendo investigado por la Fiscalía General de la República (FGR) por su supuesta participación en un fraude al Infonavit que supera los 5 mil millones de pesos.  

    Bajo la dirección del ministro Irving Espinosa Betanzos, la Corte concluyó que Actinver actuó con la diligencia legal requerida al administrar el fideicomiso. Asimismo, la Corte determinó que el banco tomó medidas adecuadas al seguir las instrucciones de la UIF y al solicitar protección judicial. Por ello, no había fundamento para las sanciones impuestas previamente.  

    Esta decisión no solo afecta al caso específico de Actinver, sino que establece nuevos criterios para el sistema financiero en México. La SCJN redefinió el concepto de “buen padre de familia”, que debe ser entendido como un estándar objetivo de diligencia. Esta interpretación es fundamental para las fiduciarias, que deberán actuar con prudencia y conforme a la ley.  

    Aunque la mayoría de los ministros apoyó el proyecto, Giovanni Figueroa Mejía expresó su preocupación. Argumentó que esta decisión podría poner en riesgo a los usuarios de servicios financieros y facilitar un actuar indebido de las instituciones. En respuesta, el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, defendió la postura de la Corte. Señaló que Actinver no tomó decisiones por su cuenta, sino que cumplió con órdenes de la UIF.  

    El amparo directo 9/2024 nace de un juicio oral mercantil presentado por Zaga Tawil. En diciembre de 2022, un juzgado había determinado que Actinver era responsable de daños y perjuicios, lo que dio pie a la sanción millonaria. Ante esa resolución, el banco promovió un juicio de amparo que finalmente llegó a la SCJN. La resolución de hoy representa un cambio significativo en la interpretación de las responsabilidades fiduciarias en México.

  • Corte invalida acuerdo que endurecía controles ganaderos en Chihuahua

    Corte invalida acuerdo que endurecía controles ganaderos en Chihuahua

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad el Acuerdo 156/2024, emitido por la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos. Este acuerdo, que había endurecido los controles e inspecciones ganaderas en la entidad desde noviembre de 2024, fue considerado una invasión a la competencia federal en materia de salud y control sanitario.

    La impugnación se presentó a través de la controversia constitucional 374/2024, interpuesta por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal bajo la administración de Claudia Sheinbaum. El ministro Irving Espinosa Betanzos fue el encargado de presentar el proyecto que llevó a esta decisión.

    El acuerdo, según explicó el ponente, no solo se limitaba a la supervisión. En realidad, establecía un sistema completo para regular la movilización de ganado y productos pecuarios en el estado. Esto incluía revisiones obligatorias, documentos específicos y sanciones impuestas por la Secretaría de Desarrollo Rural.

    El ministro Giovanni Figueroa Mejía subrayó que el control sanitario, incluida la movilización de ganado, es competencia exclusiva de la federación. Las entidades estatales solo pueden colaborar en funciones de vigilancia y verificación, siempre dentro del marco del sistema federal.

    Además, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz analizó si existía algún convenio que justificara las acciones de Maru Campos. Dijo que hay un Convenio de Coordinación para acciones de verificación en el control agropecuario, pero este no otorgó al estado las atribuciones necesarias para llevar a cabo las medidas del acuerdo impugnado.

    La decisión de la Corte destaca la importancia de mantener las competencias claras entre los distintos niveles de gobierno, sobre todo en materia de salud pública animal. Con esta medida, se refuerza la estructura de control sanitario a nivel federal.

  • SCJN rechaza denuncia del PAN sobre “sobrerrepresentación” de Morena

    SCJN rechaza denuncia del PAN sobre “sobrerrepresentación” de Morena

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación desestima la queja del PAN que cuestionaba la asignación de curules plurinominales a Morena y sus aliados.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la denuncia del Partido Acción Nacional (PAN) por la “sobrerrepresentación” de Morena en el Congreso. Este recurso, presentado por Marko Cortés en agosto de 2024, intentaba revertir la asignación de curules plurinominales a los diputados federales de Morena y sus aliados.

    El PAN argumentaba que existía una contradicción de criterios entre la SCJN y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) en relación con la representación proporcional. Sin embargo, el tribunal consideró que no había tal conflicto, pues cada instancia analizó situaciones jurídicas distintas.

    En su sentencia, la SCJN recordó que en la Acción de Inconstitucionalidad 6/98 estableció que la asignación de diputaciones debe basarse en los votos obtenidos, no en las constancias de mayoría. Por su parte, el Tepjf abordó los límites de sobrerrepresentación en las elecciones por coalición, determinando que el cálculo se debe realizar por partido y no en bloque.

    El ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien presentó la propuesta de desechamiento, enfatizó que el PAN malinterpretó un fragmento de un estudio doctrinal de la Corte. Esta confusión provocó que el partido sacara de contexto el análisis sobre la representación proporcional.

    Inicialmente, el caso fue asignado al ahora exministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Tras su salida, el asunto recayó en Figueroa Mejía, quien aclaró que no existe un conflicto de criterios entre las dos instancias.

    La decisión refuerza la posición de Morena en el Congreso y genera un nuevo capítulo en la dinámica política mexicana, donde se discuten las reglas de la representación legislativa. La SCJN continúa siendo un actor clave en la interpretación de los derechos políticos en el país.