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  • INE podría sancionar a Movimiento Ciudadano

    INE podría sancionar a Movimiento Ciudadano

    El Instituto Nacional Electoral (INE), está considerando aplicar una sanción al partido Movimiento Ciudadano (MC), por no cumplir en forma los lineamientos y obligaciones que tiene en materia de paridad sustantiva y violencia política contra las mujeres, a partir de los lineamientos establecidos por el Poder Legislativo y el consejo general del INE.

    Ya pasó año y medio desde que el INE ordenó al partido la inclusión de una estructura para prevenir, atender y sancionar los casos de violencia política contra las mujeres. De igual forma, se solicitó que garantizara la postulación de candidatas en puestos competitivos, lo que el partido sólo ha cumplido de manera parcial.

    Este martes fue aprobado el anteproyecto y será revisado por el consejo general. En él se establece la orden al partido Movimiento Ciudadano, de que en un plazo no mayor a 15 días, a partir de la aprobación del consejo, modifique sus reglas y estructura interna para garantizar la paridad sustantiva dentro del partido, además de establecer los lineamientos pertinentes contra la violencia política.

    La consejera Carla Humpfrey, en sesión de la comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, se expresó respecto a la falta de acción del partido:

    “Ya van casi seis años que un partido político, MC, ha sido reticente para cumplir con esta obligación para prevenir, atender y erradicar la violencia política contra las mujeres; no basta la referencia a leyes generales sino que tiene que estar expresa y concretamente recogida en sus documentos básicos”.

    Y es que Movimiento Ciudadano sólo ha dado largas con respecto al tema, ya que esta modificación le fue solicitada desde enero del año pasado y hasta la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) del INE, se lo recordó, a lo que el partido respondió que lo iban a hacer hasta su convención, en diciembre también del año pasado.

    La encargada de despacho de la DEPPP, Yessica Alarcón, dijo que tanto en la declaración de principios como en el programa de acción de Movimiento Ciudadano, falta aclarar los mecanismos de promoción, acceso y sanción frente a los casos de violencia política contra las mujeres; el garantizar la paridad de género y la competitividad dentro del partido.

  • Por multa de la CRE, Iberdrola pagará 9 mil 145 mdp

    Por multa de la CRE, Iberdrola pagará 9 mil 145 mdp

    Poco más de 9 mil 145 millones de pesos es la sanción que aprobó la Comisión Reguladora de Energía a Iberdrola Energía Monterrey.

    Esto debido a que dicha filial incurrió en la venta de electricidad bajo esquema de abastecimiento, en el transcurso de estos días, el órgano de gobierno, aprobó tres proyectos de resolución de procedimientos administrativos de sanción en materia de electricidad e hidrocarburos.

    Fue este día que se publicó la resolución RES/466/2022, donde se detalla la multa impuesta a IEM, titular del permiso de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/205/AUT/2002.

    Se determinó una sanción por 9 mil 145 millones 388 mil pesos, monto equivalente a 100 veces el salario mínimo general vigente para la Ciudad de México durante 2020 por cada kilovatio de capacidad de la planta que fue vendido o consumido por la venta de energía en el esquema de autoabastecimiento.

    Dicha cantidad es el monto más alto impuesto por este órgano, la CRE encontró que IEM incurrió en la venta de energía eléctrica a terceros, acción que no está permitida por la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE).

    “Iberdrola ha incurrido en la venta de energía generada en la planta ubicada en Pesquería, Nuevo León, a más de 400 empresas, entre las que se encuentra Cervecería Cuauhtémoc-Moctezuma, Cemex”

    Esto pudo ser comprobado a través de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) emitidos por IEM entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de agosto de 2020.

    “Se concluye que la conducta de la permisionaria fue de carácter grave, ya que a sabiendas que, tiene la obligación de no vender, revender o enajenar por ningún título, directa o indirectamente, capacidad o energía eléctrica, salvo los casos autorizados por la ley, inobservó la norma llevando a cabo la conducta prohibida por la misma”