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  • Por caso Odebrecht, procedimiento es infundado contra EPN y del Mazo: TEPJF

    Por caso Odebrecht, procedimiento es infundado contra EPN y del Mazo: TEPJF

    La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJFconfirmó el miércoles por la noche que los procedimientos contra el expresidente Enrique Peña Nieto y el actual Gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo, por posible financiación ilegal de campañas dentro del caso Odebrecht, es “infundado”.

    Por unanimidad de votos, los magistrados confirmaron la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE), que ya había declarado infundado el procedimiento sancionador, en materia de fiscalización, en contra de Peña Nieto y Del Mazo Maza, por recibir supuestas aportaciones en beneficio del Partido Revolucionario Institucional (PRI) durante sus campañas como candidatos a la presidencia del 2012 y la gubernatura del Estado de México del 2017, respectivamente.

    Dicha controversia se originó en la presentación de diversas quejas en las cuales, se señaló que la empresa brasileña Odebrecht financió diversas campañas de candidaturas del PRI, a través de Emilio Lozoya Austin, durante los procesos electorales 2011-2012 y 2016-2017.

    El INE declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador en materia de fiscalización, al considerar que “no se demostraron las infracciones denunciadas”.

    Por esto, el pleno del TEPJF confirmó la decisión y consideró que la autoridad electoral valoró correctamente las pruebas allegadas.

    Tampoco se encontraron elementos que corroboraran la existencia de recursos de procedencia ilícita en los procesos denunciados, aseguró la Sala Superior, y no se identificó el traspaso de estos por parte de la empresa Odebrecht a Emilio Ricardo Lozoya Austin o alguna persona vinculada con los procesos electorales. “Por esa razón, no fue posible acreditar infracción alguna”, indicó el Tribunal Electoral en un comunicado donde informó de la votación

    Se le acusa a EPN de varios delitos

    La FGR informó que en agosto de 2022, se abrió una carpeta de investigación en contra del ex presidente Enrique Peña Nieto por diversos delitos federales, como su presunta participación en el caso de las denuncias de sobornos de la transnacional española OHL y enriquecimiento ilícito.

    La institución, a través de un comunicado, dio a conocer que la primera carpeta por delito federal abierta en contra del ex priista fue por denuncias en las que se encuentra la empresa OHL, tanto en delitos de carácter electoral, como patrimoniales.

    “Además, se está integrando una carpeta de investigación por lavado de dinero y transferencias internacionales ilegales, para las cuales ya se han solicitado pruebas tales como dictámenes periciales hacendarios y fiscales”, informó la FGR.

    A esto se suma otra carpeta de investigación por enriquecimiento ilícito, para la cual ya se encuentran en proceso de desahogarse dictámenes fiscales y patrimoniales con las instituciones correspondientes y los peritos especializados en la materia.

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  • PAN impugna ante el TEPJF que AMLO promocione el ‘Plan C’

    PAN impugna ante el TEPJF que AMLO promocione el ‘Plan C’

    Este jueves 18 de mayo el Partido Acción Nacional (PAN) impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la determinación de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral de validar los llamados al voto del presidente Andrés Manuel López Obrador con su Plan C.

    Víctor Hugo Sondón, representante electoral del PAN, precisó que pedirán al Tribunal Electoral ordenar al INE y a sus nuevas consejerías que se respete la Constitución, así como ejercer sus facultades legales.

    “Advertimos que con la determinación de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, se permite que desde Palacio Nacional se legitime una estrategia electoral ilegal en favor del movimiento que promueve de manera facciosa el titular del Ejecutivo federal, quien ha ignorado de manera evidente su obligación constitucional de salvaguardar el principio de neutralidad e imparcialidad”

    “Por ello pediremos al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación corrija esta injusticia y se ordene al Instituto Nacional Electoral ejercer sus facultades constitucionales y legales para que se restablezca el Estado de derecho, por el que se debe regir esta institución”.

    ¿Qué es el Plan C?

    El pasado 27 de marzo, el presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer que en caso de que la Corte declarara inconstitucional el ‘Plan B’ de la reforma electoral, él ya tiene preparado un ‘Plan C’.

    “Hay un ‘plan c’, que no estén pensando que es todo, que no se vote por los conservadores, ni un voto a los conservadores, todos por la transformación, eso ya lo aplicamos en 2018, fue el pueblo el que dijo basta y se inició la transformación”, expresó.

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  • TEPJF señala a AMLO de difundir propaganda política durante Revocación de Mandato

    TEPJF señala a AMLO de difundir propaganda política durante Revocación de Mandato

    El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este miércoles 10 de mayo que el Presidente, Andrés Manuel López Obrador, es responsable de difundir propaganda política en periodo prohibido durante el periodo de la Revocación de Mandato.

    Miembros de la Sala Superior determinaron por unanimidad que al no impedir que los titulares de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como el de Petróleos Mexicanos (PEMEX) mencionaran programas de gobierno en ‘la mañanera’, López Obrador también incurre en responsabilidad.

    Bajo este contexto, el TEPJF resolvió los recursos que presentaron el PAN y el PRD en contra de los funcionarios federales por las declaraciones que hicieron el pasado 7 de abril de 2022, donde violaron la prohibición constitucional de difundir propaganda gubernamental durante el proceso de Revocación de Mandato.

    Antes, la Sala Regional Especializada precisó que tanto los servidores públicos mencionados como la concesionaria del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano cometieron la infracción que se mencionó anteriormente. Sin embargo, en un primer momento, la Sala Superior le ordenó a la Sala Especializada que evaluara si el mandatario era responsable de manera indirecta en el asunto, así como si la concesionaria también era responsable.

    En cumplimiento, la Sala Regional Especializada emitió otra sentencia y determinó que el presidente de la República no tenía responsabilidad indirecta, pero reiteró la responsabilidad de la concesionaria, por lo que los partidos impugnaron dicha sentencia.

    Ante esto, el pleno a propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada y exhortó al presidente de la República a no difundir propaganda gubernamental y a mantener una postura neutral en las próximas elecciones.

    Lo anterior, debido a que se determinó que tuvo conocimiento previo de que el tema de los fertilizantes sería abordado en la conferencia matutina y estuvo en posibilidad de asegurar que no se difundiera propaganda gubernamental, sin haberlo hecho.

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  • TEPJF da luz verde a la mayoría del Plan B de la reforma electoral

    TEPJF da luz verde a la mayoría del Plan B de la reforma electoral

    La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEJF) envió al ministro instructor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Javier Laynez, la opinión a considerar para resolver de fondo la inconstitucionalidad de la segunda parte del llamado Plan B de la reforma electoral.

    El documento determina que, de acuerdo a un análisis electoral realizado por la Sala Superior del TEJF, de los 34 artículos y temas recurridos por diversos partidos de oposición, solamente seis pueden ser considerados inconstitucionales, mientras que otros 12 simplemente no requieren una opinión electoral por ser de otro ámbito y los restantes 16 son constitucionales.

    Así, la reestructura que el Plan B ordena al Instituto Nacional Electoral (INE), la que ordena la fusión de algunas áreas y la reubicación de trabajadores, así como retrasar el proceso electoral presidencial del 1 de septiembre a la última semana de noviembre, son cambios que se inscriben dentro de la libertad legislativa prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Estos cambios, señalan los magistrados José Luis Vargas, Mónica Soto, Indalfer Infante y Reyes Rodríguez Mondragón, “son parte de la libertad de configuración legal de que goza el legislador nacional sin que dicha facultad o libertad definitoria se traduzca, per sé, en una vulneración a los principios de autonomía e independencia conferidos constitucionalmente a las autoridades electorales”.

    Y es por eso que, concluyen los magistrados, “no se advierte alguna modificación normativa tendente a vulnerar, alterar o menoscabar la autonomía del INE o de los OPLES en general” y que incluso, la reforma “no incide en la atribución del INE de decidir”, pues se preservan los 32 órganos locales y hasta 300 distritales “que podrán ser permanentes o temporales”.

    “La inconstitucionalidad que alegan, la hacen depender del supuesto de que la autoridad electoral no contará con el personal especializado y suficiente, pero estos planteamientos derivan de aspectos fácticos que dependen de cuestiones futuras e inciertas y depende de múltiples factores que ni siquiera se han actualizado o materializado. No se advierte que las fusiones, supresiones y creaciones tengan como efectos la imposibilidad de acción o la desarticulación orgánica que torne disfuncional a las autoridades comiciales”, finaliza el documento.

  • Mario Delgado y Citlalli Hernández se mantienen al frente de Morena: TEPJF valida su extensión de mandato

    Mario Delgado y Citlalli Hernández se mantienen al frente de Morena: TEPJF valida su extensión de mandato

    El Tribunal Electoral determinó  que sí es válida la ampliación de la dirigencia de Mario Delgado en Morena, al concluir que el partido ejerció su libertad de establecer estrategias políticas y electorales rumbo al 2024, aprobadas, además, por su máximo órgano de decisión.

    El proyecto que proponía invalidar la dirigencia de Mario Delgado en Morena fracasó en la Sala Superior, donde la magistrada Janine Otálora se quedó sólo con el respaldo del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, con la propuesta que planteaba que la ampliación de estos cargos rompía los principios democráticos y violaban los derechos de la militancia a elecciones internas libres, transparentes y periódicas.

    El debate se prologó por varias horas y algunas magistraturas denunciaron que debatían este caso bajo presión.

    El magistrado Felipe de la Mata Pizaña comenzó su intervención reconociendo la imparcialidad de la magistrada Otálora y su labor como jueza, y aunque no compartió el proyecto por considerar que la prórroga es razonable y necesaria ante las necesidades políticas de Morena, exhibió que recibieron presiones en este caso.

    “Las decisiones de jueces y magistrados deben ser justas e imparciales, nada, salvo la Constitución y las leyes, deben influir en el ánimo de quien juzga un asunto, es necesario decirlo con todas sus letras: los actores políticos pretenden crear un ambiente de hostigamiento social hacia los juzgadores y generar efecto social intimidatorio con lo que pretenden, cambiar el sentido de una votación incluso cuando tienen la razón”.

    Minutos antes de esta denuncia, varios de los asistentes que se encontraban en el pleno acompañando a John Ackerman, quien interpuso este juicio en contra de la prórroga de la presidencia de Mario Delgado y la secretaría general Citlalli Hernández, interrumpieron la sesión gritando a las magistraturas: “¡Son una vergüenza! ¡Son la corrupción y la vergüenza de México!”.

    Tras estos hechos, el dirigente nacional de Morea, Mario Delgado celebró la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), respecto a la vigencia de su periodo en el cargo partidista.

    “Celebramos que por mayoría de votos el TEPJF determinó respetar las decisiones tomadas de manera democrática y transparente en el III Congreso Nacional Ordinario por parte de nuestra militancia, en pleno ejercicio del derecho a la libertad de autoorganización y autodeterminación de nuestro movimiento”, escribió en Twitter. 

    Por otra parte, la secretaria general del partido, Citlalli Hernández también celebró la decisión de los magistrados y agradeció a los militantes del partido por respaldarlos.

  • Congresistas de Morena cierran filas con los dirigentes del movimiento, Mario Delgado y Citlalli Hernández, ante embestidas del TEPJF 

    Congresistas de Morena cierran filas con los dirigentes del movimiento, Mario Delgado y Citlalli Hernández, ante embestidas del TEPJF 

    En horas recientes la gran mayoría de las y los congresistas y dirigentes de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) han emitido un comunicado en conjunto en donde cierran filas con su dirigencia nacional, y es que gracias a la construcción de confianza que generó Rafael Estrada Cano, Secretario Técnico de la presidencia del CEN de Morena, se logró en consenso entre los militantes para apoyar a Mario Delgado Carrillo, Presidente Nacional del movimiento y Citlalli Hernández Mora, Secretaria General del partido guinda.

    En el comunicado en respuesta a las embestidas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Morena aclara que su partido-movimiento, es de mujeres y hombrs libres que basados en valores, buscan la transformación de México.

    “Después de siete años, logramos organizar un Congreso Nacional Ordinario, integrado por 3 mil congresistas que fuimos electos en un proceso inédito y democrático, en donde más de 2.5 millones de mexicanos y mexicanas votaron de manera libre en las principales plazas públicas de todo el país”.

    Se detalla

    Agregan que hoy en día se cuenta con un Consejo Nacional, con 32 Comités Ejecutivos Estatales y 32 Consejos Estatales sólidos, así como un Comité Ejecutivo Nacional renovado y un padrón actualizado de 2.5 millones de militantes.

    Aclaran que en el III Congreso Nacional Ordinario, que se convocó con 4 meses de anticipación, se acordaron mediante el consenso reformas a los estatutos y documentos básicos del partido.

    “Dentro de estas reformas, un grupo de militantes propuso en el periodo señalado en la convocatoria para tales efectos –del 16 de julio al 10 de septiembre– y fue debidamente publicado, la incorporación de un artículo 3° transitorio, para prorrogar hasta el 31 de octubre del 2024 la presidencia y la secretaría general del partido”.

    Puntualizó

    Destacan que los cambios fueron votados favorablemente por la mayoría de los congresistas, consientes de los buenos resultados que ha tenido Morena en procesos recientes, logrando 15 gubernaturas, la mayoría en la Cámara de Diputados y la mayoría en 19 congresos locales.

    En el mismo sentido advierten que sería riesgoso renovar dirigencias en pleno proceso de encuesats para la selección de candidato o candidata para las elecciones presidenciales de 2024.

    “Afirmamos que nuestra decisión en el Congreso Nacional es constitucional. De aprobarse el proyecto presentado en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se violarían los derechos político-electorales de nuestros millones de militantes y se atentaría contra la autonomía del Partido para decidir”.

    Puntualizó

    Finalmente la misiva respalda la voluntad y soberanía de las y los congresistas que legal y democráticamente determinaron que Mario Delgado y Citlalli Hernández, presidente y secretaria general, sigan encabezando nuestro movimiento hasta después del triunfo electoral del año 2024.

    ¿Quién es Rafael Estrada Cano? Secretaria Técnico de la presidencia del CEN de Morena

    La candidata por la gobernatura del Estado de México, Delfina Gómez, dio a conocer quienes conformarán su equipo de campaña para las próximas elecciones. Entre ellos nombró a Rafael Estrada Cano como su Coordinador de Estructura Electoral, sin embargo ¿quién es Rafael Estrada Cano?

    Rafael Estrada Cano en el Plantón de Andrés Manuel Obrador en 2006

    El Coordinador de Estructura Electoral de Delfina Gómez estudio la Licenciatura en Derecho y realizó su Maestría en Administración de Negocios, además realizó algunos diplomados en la Universidad de las Américas, Puebla (UDLA-P); la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM-I) y en el Centro de Investigación y Docencia Económicas A.C. (CIDE),ahí se especializo en la Negociación y Resolución de conflictos. Así mismo, en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) realizó su especialización en Producción Jurídica y Negociación.

    En el periodo 2020-2021, Estrada Cano fue nombrado delegado del CEN de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y como Representante del Comité Ejecutivo Nacional y de la Comisión Nacional de Elecciones para el proceso intermedio.

    Rafael Estrada Cano es nombrado Representante del Comité Ejecutivo Nacional de Morena

    En ese momento, Rafael Estrada igualmente se encargó del registro de candidaturas, seleccionando los perfiles para elegir a las personas idóneas con el fin de fortalecer la estrategia político electoral de Morena en el país, logrando un importante avance del movimiento a nivel nacional.

    Es Secretario Técnico del CEN de Morena y también ha participado en gran cantidad campañas electorales exitosas como la de la actual gobernadora de Quintana Roo, Mara Lezama Espinoza, la cual ganó con amplia ventaja.

    Rafael Estrada Cano en la campaña de Mara Lezama

    También fue el encargado de tomarle protesta al actual Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernandez, cuando fue elegido candidato a la gubernatura de Tabasco en 2018.

    Diario de Tabasco documento el momento

    Ademas , el Mtro Rafael Estrada Cano, fungió como representante de Mario Delgado ante el INE en el proceso interno de Morena para la selección del presidente del partido , la cual ganaron.

    Cabe decir que Rafael Estrada cuenta con importante experiencia electoral y organizativa en los procesos internos de Morena.

  • Reflexión: Iniciativa constitucional para acotar las funciones del TEPJF

    Reflexión: Iniciativa constitucional para acotar las funciones del TEPJF

    La semana pasada se presentó ante el Congreso de la Unión una iniciativa de ley que buscaba acotar o limitar la competencia del TEPJF desde el ámbito constitucional, ésta llamó la atención puesto que todos los partidos políticos ( de derecha e izquierda) estuvieron de acuerdo en un inicio en la aprobación de la reforma que limitaría los alcances jurídicos del Tribunal para la determinación de la toma de decisiones internas en los partidos políticos y en el sentido de la designación de candidaturas con base en el reconocimiento de las acciones afirmativas.

    La pregunta principal para poder entender dicha reforma primero es comprender ¿Cuál es el factor principal para que todos los partidos políticos al interior del congreso de la unión hayan logrado en un principio el consenso para la presentación de dicha reforma? 

    Para responder dicha pregunta es importante señalar que el Tribunal Electoral a exigido a los partidos políticos que se establezcan candidaturas con base en acciones afirmativas y no limitativas, que brinden la protección más amplia, para facilitar la participación de las personas con mayor vulnerabilidad de derechos y que tienen por tanto menor acceso a los encargos de elección popular, de modo tal que se eliminó la figura de cuotas en razón de los grupos de vulnerabilidad para establecer las acciones afirmativas. 

    La reforma establecía limitar las facultades del TEPJF y el INE para fijar medidas afirmativas en favor de grupos vulnerables y para hacer efectiva la paridad de género en el acceso a cargos de elección popular. En ese sentido se hace necesario reconocer que las acciones afirmativas son obligatorias para los partidos políticos, consisten en considerar en primera instancia el registro de personas con vulnerabilidad de derechos para ocupar los espacios de representación popular, cuestión que ha molestado a más de uno al interior de todos los partidos pues los grupos acostumbrados a negociar o traslapar los encargos ven sus intereses trastocados al verse disminuidos en los espacios que estaban acostumbrados a negociar, de tal forma que propusieron limitar en la constitución la cantidad de acciones afirmativas consideras para ser electas en el congreso, con la finalidad según los diputados de garantizar un número mínimo de participación obligatorio, sin embargo el número resulta limitativo y no progresivo. Los derechos fundamentales consagrados constitucionalmente, deben ser ampliados, no restringidos ni mucho menos suprimidos.

    Otro de los puntos más controvertidos, consiste en limitar la intervención de las autoridades electorales en los asuntos internos de los partidos políticos únicamente a los supuestos específicamente señalados literalmente por la Constitución y la ley.

    Este punto se hace referencia a la toma de decisiones que ejercen los partidos políticos basados en su autonomía y gobierno interno, con la finalidad de llevar a cabo sus procedimientos como mejor consideren siempre y cuando sean respetuosos de los principios democráticos y constitucionales que garanticen los derechos de los militantes. 

    Muy probablemente este punto surge ante la controversia presentada en el TEPJF contra Alito Moreno del PRI y la dirigencia morenista en torno a alargar la duración de sus encargos para pasar el proceso electoral 2023-2024. 

    Sin embargo, aun acotando las atribuciones del Tribunal (que cabe destacar que tampoco son blancas palomitas) en la toma de decisiones de la vida interna de los partidos, hay que señalar que  los partidos políticos son entes públicos que perciben un presupuesto de la federación y que por tanto también están obligados a cumplir con los derechos humanos, los principios democráticos de representatividad y los convenios internacionales en torno a los derechos político electorales de militantes y afiliados, a conducirse con legalidad y de manera democrática para tomar decisiones al interior del órgano político.

    Un concepto que se revisó en el congreso y se pretendía incluir en la reforma es el límite literal de la ley, que a todas luces contraviene derechos, pues desde la reforma en materia de derechos humanos en 2011 los limites normativos están establecidos y basados en el principio pro persona y en la obligación de todas las autoridades y funcionarios a garantizar derechos. Además de que la interpretación de la ley debe estar basada en el conocimiento del contexto general y no simple y llanamente en lo literal de la ley, esto en si mismo sería un retroceso en el reconocimiento de derechos, la aplicación de una norma jurídica debe ampliar sus alcances jurídicos para potenciar su ejercicio, siempre que aquélla esté relacionada con un derecho fundamental, garantizando la protección más amplia del derecho de los ciudadanos.

    La reforma actual de aprobarse en los términos planteados, representaría un ejercicio de inconstitucionalidad que limitaría la participación de los grupos más vulnerables y aunque existiese el reconocimiento de sus derechos político electorales en la Carta Magna, no existiría un órgano institucional que resolviera las controversias presentadas por ciudadanos que consideren violentados sus derechos en cuanto a la toma de decisiones al interior de los partidos o bien en un sentido de la garantía de participación más amplia a grupos vulnerables, como son personas con discapacidad, de la diversidad sexual, afromexicanos, jóvenes, etc. 

    Los derechos humanos incluyendo los políticos electorales, siempre deben ser progresivos y las leyes deben ser expedidas con la finalidad de materializar y concretar derechos.

    La reforma que se presentó ante el Congreso, además de resultar inconstitucional llegaría al grado de inconvencionalidad, pues tampoco cumple con los tratados internacionales de los que México forma parte en torno a la garantía de derechos político electorales, como son la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    Con la aprobación de una reforma en este sentido, la única figura jurídica de defensa de los derechos político electorales, ante hechos anti democráticos, imposiciones o negativa al derecho de votar y ser votados, así como del reconocimiento de las acciones afirmativas, solo tendría sustento en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aunque ante la publicación posible de una reforma similar, deberán legisladores, o la CNDH promover un juicio de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia. 

    Queda para la reflexión, el alcance de los derechos político electorales de los ciudadanos y militantes de los partidos políticos, así como el análisis a profundidad de los interesados para proponer con base en la experiencia de la protección de derechos electorales mecanismos jurídicos que limiten los abusos del Tribunal Electoral y combata la falta de democracia al interior de los órganos políticos. 

  • Morena afirma que impugnación en contra de consejeros del INE no procederá

    Morena afirma que impugnación en contra de consejeros del INE no procederá

    El diputado de Morena, Hamlet Almaguer, prevé que se declare improcedente la impugnación del PAN contra la designación de Guadalupe Taddei Zavala, como nueva consejera presidenta del INE, y del consejero Jorge Montaño Ventura.

    Luego de que se dio a conocer que el dirigente nacional del PAN, Marko Cortés, impugnaría ambos nombramientos por su supuestos vínculos con Morena, el representante del partido guinda ante el INE explicó que:

    “La Sala Superior ya resolvió sobre idoneidad de aspirantes” y “sus diputados aprobaron en el pleno el método, lo cual incluye a las quintetas”, señaló. 

    Agregó que los diputados del PAN aprobaron el método de insaculación a través del cual se eligieron a los cuatro nuevos consejeros del INE, y cuyo documento fue firmado por el coordinador de la bancada. 

    Marko Cortés reveló que impugnará ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el nombramiento de Guadalupe Taddei Zavala como consejera presidenta del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), y de Jorge Montaño Ventura como consejero electoral del INE. 

    En el caso específico de Taddei Zavala, el dirigente de Acción Nacional reconoció que la nueva consejera presidenta del INE cuenta con la experiencia electoral necesaria para asumir el cargo que obtuvo por método de insaculación.

    De acuerdo con un comunicado, esto sería “por su falta de idoneidad ya que claramente no cumplen con ese requisito constitucional, porque tienen claros vínculos con Morena, tanto familiar como políticamente”.

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  • TEPJF ordena que INE deberá ser presidido por una mujer

    TEPJF ordena que INE deberá ser presidido por una mujer

    El Instituto Nacional Electoral (INE) deberá ser presidido por una mujer en la siguiente gestión, ordenó el Tribunal Electoral este miércoles 22 de febrero.

    Por cuatro votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral, ordenó a los diputados que la quinteta para designar presidente del INE sea exclusivamente para mujeres.

    Al resolver una impugnación al respecto, las y los magistrados decidieron aplicar el criterio de alternancia para que sea una mujer quien presida el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

    Votaron a favor el presidente Reyes Rodríguez y el magistrado Felipe de la Mata, así como las magistradas Mónica Soto y Janine.

    Esta semana quedó integrado el comité que se encargará de evaluar y proponer a los aspirantes para ocupar los cuatro cargos de consejeros del INE, incluido el de consejero presidente, actualmente ocupado por Lorenzo Córdova Vianello.

    El comité, instalado en la Cámara de Diputados, iniciará labores este 24 de febrero y deberá concluir el 30 de marzo con la votación para elegir a los cuatro consejeros.

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