SCJN invalida delito de “ciberasedio” en Puebla por ambigüedad

La Suprema Corte invalidó un artículo del Código Penal de Puebla por falta de claridad jurídica; la ministra Yasmín Esquivel advirtió que las normas penales deben ser precisas para evitar abusos.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa fue una de las voces determinantes en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que resolvió invalidar el artículo 480 del Código Penal de Puebla. La disposición, que tipificaba el delito de ciberasedio, fue considerada inconstitucional por su redacción ambigua e imprecisa.

Durante su intervención, Esquivel enfatizó que en materia penal no basta con que una norma sea comprensible en abstracto, sino que debe ofrecer certeza sobre qué conductas específicas pueden ser sancionadas. Señaló que términos como “vigilar”, “hostigar” o “ofender” son demasiado abiertos, lo que puede derivar en interpretaciones arbitrarias.

La ministra también subrayó que no existe un vacío legal, ya que el Código Penal estatal contempla otros delitos relacionados con tecnologías digitales. Con su postura, Esquivel reforzó el criterio de que las leyes penales deben ser claras, estrictas y sin margen para la discrecionalidad.

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