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  • SCJN suspende juicio político contra Samuel García

    SCJN suspende juicio político contra Samuel García

    La Suprema Corte concedió una suspensión que impide ejecutar una eventual separación del cargo o inhabilitación del gobernador de Nuevo León, aunque el procedimiento impulsado por el Congreso local continuará.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó una suspensión al gobernador de Nuevo León, Samuel García, para impedir que sea destituido o inhabilitado como resultado del juicio político promovido en su contra por la Comisión Anticorrupción del Congreso estatal. Sin embargo, el máximo tribunal dejó claro que el procedimiento no queda suspendido y podrá continuar hasta su resolución.

    En su determinación, la SCJN precisó que la medida cautelar únicamente evita que se ejecute cualquier sanción derivada del juicio político mientras se resuelve el fondo de la controversia constitucional presentada por el mandatario. De esta forma, el Congreso de Nuevo León podrá seguir con el trámite, pero no podrá hacer efectiva una eventual destitución o inhabilitación.

    La Corte argumentó que permitir la separación inmediata del gobernador podría provocar un daño de difícil reparación, ya que el tiempo en que un funcionario de elección popular deja de ejercer su cargo no puede recuperarse. Además, sostuvo que la suspensión busca garantizar la continuidad del gobierno estatal y preservar el funcionamiento de las instituciones mientras se resuelve el litigio.

    La controversia constitucional fue promovida tras una denuncia presentada por Morena, en la que se señalan presuntas violaciones a la Constitución e irregularidades durante el desarrollo del juicio político. Por su parte, el Gobierno de Nuevo León afirmó que la decisión de la Corte responde a la falta de pruebas suficientes y a que parte del procedimiento se sustentó en notas periodísticas y denuncias que aún no han sido resueltas.

    Desde el Congreso local, el asesor jurídico Ricardo Tamez sostuvo que la resolución de la SCJN no cancela el juicio político, sino que únicamente impide ejecutar una posible sanción contra Samuel García. Recordó además que el gobernador ya había obtenido previamente un amparo para frenar temporalmente la votación del procedimiento, iniciado el pasado 12 de junio, por lo que ahora corresponderá a las autoridades continuar el proceso conforme a los límites fijados por el máximo tribunal.

  • Suprema Corte analizará reconocer a las abejas como sujetos de derechos

    Suprema Corte analizará reconocer a las abejas como sujetos de derechos

    La resolución podría fortalecer la protección de estos polinizadores esenciales para la biodiversidad y reconocer su relación ancestral con los pueblos mayas.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará un caso sin precedentes en el que comunidades mayas de Hopelchén, Campeche, buscan que las abejas sean reconocidas como sujetos de derechos, una figura jurídica que permitiría defenderlas legalmente frente a amenazas que ponen en riesgo su supervivencia. El máximo tribunal analizará si las comunidades indígenas pueden actuar como guardianas de la naturaleza y promover acciones judiciales en favor de estos polinizadores.

    La importancia del caso trasciende el ámbito legal, pues las abejas desempeñan un papel fundamental en el equilibrio de los ecosistemas al polinizar cerca de tres cuartas partes de los cultivos y plantas con flores que sustentan la producción de alimentos y la biodiversidad. Su disminución representa un riesgo para la seguridad alimentaria, la conservación de especies vegetales y la estabilidad ambiental.

    Durante la discusión, el ministro Irving Espinosa Betanzo señaló que el expediente permitirá estudiar la relación ancestral entre el pueblo maya y las abejas, mientras que el ministro Arístides Guerrero García destacó la relevancia de la abeja melipona como parte de la identidad económica, cultural y ambiental de las comunidades indígenas, que durante generaciones han contribuido a su preservación.

    Además del caso sobre las abejas, la Corte también revisará dos recursos promovidos por habitantes mayas de Homún, Yucatán, para proteger la Reserva Geohidrológica Anillo de los Cenotes frente a la expansión de granjas porcícolas. Ambos asuntos podrían sentar precedentes sobre el reconocimiento de derechos de la naturaleza y reforzar la defensa de ecosistemas estratégicos y del patrimonio biocultural de los pueblos originarios.

  • Poder Judicial y FGR unen fuerzas para mejorar la justicia penal en México

    Poder Judicial y FGR unen fuerzas para mejorar la justicia penal en México

    Hugo Aguilar Ortiz y Ernestina Godoy firmaron un convenio de capacitación conjunta que busca fortalecer al sistema de justicia sin comprometer la autonomía de ambas instituciones.

    Este jueves, el Poder Judicial de la Federación y la Fiscalía General de la República firmaron un convenio de colaboración. El acuerdo busca construir un mejor sistema de justicia penal mediante capacitación y proyectos conjuntos.

    Durante la firma, el ministro presidente de la Suprema Corte, Hugo Aguilar Ortiz, contó que al llegar al cargo en septiembre de 2025 recibió una propuesta de capacitación de la FGR. En ese momento la rechazó, pues temía que afectara la percepción de imparcialidad del sistema judicial.

    No obstante, Aguilar Ortiz reconsideró esa postura con el tiempo. El ministro explicó que la verdadera autonomía requiere coordinación entre instituciones que sirven al mismo pueblo y a la misma nación.

    Por otro lado, el ministro anunció que la Suprema Corte inició una evaluación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio. El mecanismo cumple 18 años de funcionamiento en el país.

    Aguilar Ortiz confía en que sistematizar la experiencia acumulada permitirá perfeccionar el sistema actual. Esta revisión abarca tanto la procuración como la administración de justicia en México.

    En su turno, la fiscal general Ernestina Godoy Ramos aseguró que la justicia empieza mucho antes de una audiencia judicial. Godoy destacó que todo comienza con la formación de los servidores públicos y el intercambio de buenas prácticas.

    Asimismo, la fiscal insistió en que esta colaboración institucional no vulnera la autonomía constitucional de ninguna de las partes. Godoy llamó a formar nuevas generaciones de fiscales y jueces con un enfoque humanista y cercano a la gente.

    Finalmente, el titular del Órgano de Administración Judicial, Néstor Vargas Solano, detalló los alcances del convenio. La SCJN, la FGR y el INACIPE trabajarán juntos en formación jurídica y proyectos de investigación compartidos.

    Vargas Solano añadió que las instituciones se comprometieron a fortalecer el conocimiento jurídico entre su personal. El objetivo final es actualizar constantemente a jueces, fiscales y ministerios públicos en ciencias penales.

  • SCJN debate amparo sobre exportación definitiva de obras de Frida Kahlo

    SCJN debate amparo sobre exportación definitiva de obras de Frida Kahlo

    Los ministros acordaron atraer amparo que cuestiona la validez de un decreto presidencial, mediante el cual, la obra de Kahlo fue declarada monumento artístico y se prohibió su exportación definitiva

    -Mateo Segura

    Por una mayoría de 8 votos, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordaron atraer un amparo que cuestiona la validez del decreto presidencial de 1984. Este ordenamiento declaró a toda la obra de Frida Kahlo como Monumento Artístico de la Nación, prohibiendo su exportación definitiva independientemente de si las piezas pertenecen al Estado o a coleccionistas privados.

    Al respecto, el ministro Giovanni Figueroa señaló que este proceso representa una oportunidad fundamental para que la nueva integración de la Suprema Corte se pronuncie sobre la tensión jurídica entre el derecho a la cultura y el derecho de propiedad. Según el ministro, el fallo será decisivo para determinar si es viable que obras en manos de particulares puedan abandonar México permanentemente, citando como caso relevante el óleo conocido como Autorretrato con medallón.

    Actualmente, la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, mediante su Artículo 33, restringe la exportación permanente de estos bienes. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) ha permitido únicamente traslados temporales para exhibiciones internacionales, con plazos renovables de 90 días. De fallar a favor del amparo, la Primera Sala de la SCJN podría permitir la venta y salida definitiva de estas piezas al mercado extranjero.

    La resolución que emita la Corte sentará un precedente jurídico crítico, no solo para la obra de Frida Kahlo, sino para otros 9 creadores mexicanos bajo la misma protección patrimonial, entre ellos Diego Rivera, David Alfaro Siqueiros y José Clemente Orozco.

  • SCJN da luz verde a Profeco para sancionar abusos de escuelas privadas

    SCJN da luz verde a Profeco para sancionar abusos de escuelas privadas

    La Corte confirmó que Profeco podrá actuar contra cobros indebidos, incumplimientos de contrato y condicionamiento de certificados o trámites en escuelas privadas.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene plenas facultades para recibir quejas, investigar y sancionar a escuelas particulares que incumplan sus obligaciones con alumnos, madres, padres y tutores. El fallo establece que el cobro de colegiaturas constituye una relación de consumo, por lo que los planteles privados están sujetos a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

    Entre las prácticas que la Profeco podrá sancionar se encuentran los cobros indebidos, cuotas que no fueron informadas desde el inicio, incumplimientos de contrato, publicidad engañosa y el condicionamiento de certificados, documentos o trámites de titulación al pago de cargos extras. Este tipo de irregularidades han sido motivo de constantes quejas de familias que, además de pagar colegiaturas, enfrentan pagos adicionales o trabas para obtener documentos escolares. 

    Foto: Ivan Aleksic/ Unsplash

    La resolución pone fin a un juicio que duró cerca de 10 años, luego de que una escuela impugnó una multa impuesta por la Profeco por no acudir a una audiencia de conciliación. A partir de este fallo, las instituciones educativas privadas ya no podrán argumentar que la Procuraduría no tiene facultades para intervenir cuando exista una queja por parte de los consumidores. 

    La Procuraduría recordó que desde 1992 cuenta con atribuciones para supervisar que las escuelas particulares informen de manera clara sus costos, tarifas, términos y condiciones; sin embargo, la resolución de la Corte representa el primer pronunciamiento expreso del máximo tribunal sobre el tema. Además, el convenio firmado con la Secretaría de Educación Pública permitirá compartir información sobre posibles irregularidades administrativas detectadas en los planteles.

    Con esta decisión, las escuelas privadas quedan sujetas a una vigilancia más estricta y ya no podrán escudarse en interpretaciones legales para evitar la actuación de la Profeco. La autoridad federal reiteró que los usuarios de servicios educativos son también consumidores con derechos, por lo que recomendó comparar opciones, revisar cuidadosamente los contratos y denunciar cualquier práctica abusiva o cobro irregular.

  • SCJN rechaza atraer amparo de Fofo Márquez tras agresión a mujer

    SCJN rechaza atraer amparo de Fofo Márquez tras agresión a mujer

    Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó no atraer el amparo interpuesto por el creador de contenido, quien busca anular su sentencia por tentativa de feminicidio.

    -Mateo Segura

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió rechazar la atracción del amparo directo promovido por la defensa del influencer Rodolfo Márquez, mejor conocido en el entorno digital como Fofo Márquez. Con este recurso legal, el creador de contenido buscaba anular o reducir la sentencia a 17 años y seis meses de prisión que le fue dictada en enero de 2025 por el delito de tentativa de feminicidio.

    El caso había llegado al máximo tribunal después de que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito solicitara su intervención para establecer criterios claros sobre cuándo una agLaresión física debe ser considerada formalmente como tentativa de feminicidio. Tras la negativa de las autoridades, el procedimiento judicial continuará su curso en el tribunal correspondiente y la condena impuesta permanecerá vigente.

    El proceso en su contra inició tras su detención en abril de 2024 por haber agredido a una mujer de nombre Edith en el estacionamiento de una plaza comercial en Naucalpan. Además de la pena privativa de la libertad que cumple actualmente en el penal, el juzgado ordenó el pago de una multa superior a los 277 mil pesos como medida de reparación del daño.

  • Reabren caso Guardería ABC: FGR podría abrir carpeta contra prima de Margarita Zavala

    Reabren caso Guardería ABC: FGR podría abrir carpeta contra prima de Margarita Zavala

    La SCJN ordenó que el caso no prescribe al tratarse de violaciones graves a derechos humanos; el incendio de 2009 dejó 49 menores muertos

    La Fiscalía General de la República (FGR) podría reabrir una línea de investigación dentro del caso de la Guardería ABC, incluida la posible carpeta contra Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo, prima de Margarita Zavala, luego de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

    El máximo tribunal determinó que los hechos ocurridos el 5 de junio de 2009 en Hermosillo, Sonora, constituyen violaciones graves a derechos humanos, por lo que no están sujetos a prescripción, lo que abre la puerta a nuevas acciones penales incluso después de 17 años.

    El caso involucra a dos exfuncionarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) acusados de homicidio y lesiones culposas por comisión por omisión, por presuntas omisiones en la supervisión y operación de la estancia infantil subrogada, donde murieron 49 niñas y niños y decenas resultaron lesionados.

    Dentro del expediente también figura la figura de Gómez del Campo, señalada en investigaciones previas como una de las personas vinculadas a la administración de la guardería. Aunque en su momento fue exonerada durante el sexenio de Felipe Calderón, la reapertura del criterio jurídico podría permitir que su caso vuelva a ser revisado.

    El incendio se originó en una bodega contigua de la Secretaría de Hacienda de Sonora y se propagó rápidamente a la guardería, revelando fallas estructurales, administrativas y de supervisión que detonaron una de las tragedias infantiles más graves en la historia reciente del país.

    Con la determinación de la SCJN, la FGR mantiene abierta la posibilidad de reanudar procesos y ampliar responsabilidades, mientras los familiares de las víctimas continúan exigiendo justicia total a más de 17 años del siniestro.

  • A 17 años de la tragedia, la Suprema Corte busca juzgar a más exfuncionarios por caso de guardería ABC

    A 17 años de la tragedia, la Suprema Corte busca juzgar a más exfuncionarios por caso de guardería ABC

    Un proyecto de la ministra Loretta Ortiz plantea que los delitos derivados del incendio de la Guardería ABC no prescriben cuando las víctimas son niñas y niños, lo que podría reactivar procesos penales contra exfuncionarios.

    A casi 17 años de la tragedia de la Guardería ABC, donde murieron 49 menores y 106 más resultaron heridos en Hermosillo, Sonora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría dar un paso histórico para combatir la impunidad que ha rodeado el caso. La ministra Loretta Ortiz Ahlf propondrá al pleno declarar que los delitos de homicidio y lesiones culposas por omisión cometidos contra menores de edad son imprescriptibles, lo que abriría la posibilidad de procesar a más exfuncionarios involucrados.

    El proyecto, que será discutido esta semana, sostiene que la magnitud del incendio ocurrido el 5 de junio de 2009 y las fallas en el deber de protección por parte del Estado constituyen violaciones graves a los derechos de la infancia. Bajo este criterio, el paso del tiempo no puede convertirse en un escudo para evitar la rendición de cuentas de quienes pudieron haber tenido responsabilidad en la tragedia.

    La resolución surge a partir del amparo promovido por Sergio Antonio Salazar Salazar, exdirector de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, quien fue vinculado a proceso en 2020 durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador. El exfuncionario argumentó que la acción penal en su contra ya había prescrito desde 2019; sin embargo, tanto un juez federal como ahora la propuesta de la ministra sostienen que los delitos contra niñas y niños no pueden quedar protegidos por los plazos ordinarios de prescripción.

    En su proyecto, Ortiz Ahlf enfatiza que el interés superior de la niñez, respaldado por normas nacionales e internacionales, obliga al Estado mexicano a garantizar el acceso a la verdad y a la justicia. De aprobarse el criterio, la Corte establecería un precedente relevante para casos donde la negligencia institucional afecte gravemente a menores de edad.

    La tragedia de la Guardería ABC se convirtió en uno de los episodios más dolorosos de la historia reciente de México y en símbolo de las consecuencias de la corrupción, la supervisión deficiente y las redes de protección política. Durante años, familiares de las víctimas han denunciado que las investigaciones avanzaron lentamente y que muchos responsables nunca enfrentaron consecuencias penales.

    Si el pleno avala la propuesta, el expediente regresará a un tribunal colegiado para emitir una nueva resolución bajo este criterio. Más allá del aspecto jurídico, la decisión podría representar una nueva oportunidad para que las familias de las víctimas obtengan justicia y para que uno de los casos más emblemáticos de impunidad en México deje de permanecer en el olvido.

  • Asesinan en Guerrero a Sael Silva Cisneros, investigador de la SCJN y defensor de los derechos humanos

    Asesinan en Guerrero a Sael Silva Cisneros, investigador de la SCJN y defensor de los derechos humanos

    El activista LGBTQI+ había participado horas antes en un seminario sobre disidencias afromexicanas y justicia social en la Costa Chica de Guerrero.

    La noche del viernes fue asesinado Sael Silva Cisneros, investigador de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), defensor de los derechos humanos e integrante activo de causas relacionadas con la diversidad sexual y las comunidades afromexicanas. El ataque armado ocurrió en el municipio de Cuajinicuilapa, en la región Costa Chica del estado.

    De acuerdo con los primeros reportes, los hechos se registraron alrededor de las 21:00 horas sobre la carretera federal Acapulco-Pinotepa Nacional, frente a las instalaciones del Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario (CBTA). Un grupo de personas convivía al exterior de un establecimiento cuando sujetos armados arribaron al lugar y abrieron fuego con armas largas contra quienes se encontraban reunidos.

    Tras la agresión, Sael Silva Cisneros perdió la vida, mientras que otra persona resultó herida y fue trasladada a un hospital para recibir atención médica. Autoridades locales informaron además que algunos asistentes sufrieron lesiones menores derivadas del ataque. Hasta el momento no se han reportado personas detenidas por estos hechos.

    La muerte del investigador generó consternación entre organizaciones civiles, colectivos de la comunidad LGBTQI+ y defensores de derechos humanos, quienes expresaron sus condolencias y reconocieron la trayectoria de Silva Cisneros en la promoción de la inclusión, la igualdad y el reconocimiento de las comunidades históricamente discriminadas. Diversos activistas destacaron su compromiso con las luchas sociales en Guerrero y su participación constante en espacios académicos y comunitarios.

    Horas antes del atentado, Silva Cisneros había participado en un seminario dedicado a las disidencias afromexicanas, la justicia y los derechos humanos, realizado en un teatro de Cuajinicuilapa. Su intervención formó parte de las actividades orientadas a visibilizar las problemáticas que enfrentan diversos sectores de la población en la región.

    La Fiscalía General del Estado de Guerrero no ha informado sobre avances en las investigaciones ni sobre la apertura formal de una carpeta relacionada con el asesinato. Organizaciones sociales exigieron una investigación pronta, transparente y exhaustiva para esclarecer el crimen y garantizar justicia para Sael Silva Cisneros y sus familiares.

  • Suprema Corte respalda a Profeco: gasolineras que roben litros podrán ser multadas

    Suprema Corte respalda a Profeco: gasolineras que roben litros podrán ser multadas

    La SCJN confirmó que Profeco sí tiene facultades constitucionales para sancionar y cobrar multas a estaciones de servicio que entreguen menos combustible del que cobran a los consumidores.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó este martes las facultades de la Procuraduría Federal del Consumidor para imponer sanciones económicas a gasolineras que alteren bombas despachadoras o entreguen menos litros de combustible a los clientes. La decisión representa un nuevo respaldo legal a las acciones de vigilancia contra abusos en la venta de gasolina y diésel en México.

    Por unanimidad, el Pleno de la SCJN aprobó el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía y declaró constitucionales los artículos 24, fracción XXVI, y 134 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Con ello, la Corte confirmó que Profeco cuenta con facultades para ejecutar y cobrar multas derivadas de irregularidades detectadas en estaciones de servicio.

    El caso se originó luego de que una gasolinera de Guanajuato fuera sancionada por Profeco en 2019, tras descubrirse que uno de sus dispensadores operaba de manera irregular y entregaba menos combustible del que marcaba al consumidor. La empresa buscó tumbar las sanciones mediante un amparo, argumentando que la dependencia federal no tenía atribuciones constitucionales para imponer ese tipo de castigos económicos.

    Sin embargo, tanto un juez de Distrito como posteriormente un tribunal colegiado rechazaron los argumentos de la empresa y mantuvieron vigente la sanción. Finalmente, el asunto llegó a la Suprema Corte, donde el ministro ponente sostuvo que la Constitución sí otorga a Profeco capacidad sancionadora y facultades para ejecutar coactivamente las multas impuestas a establecimientos que incumplan la ley.