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  • 49 mil millones de Salinas Pliego, agua para Ecatepec, autogobierno indígena: a un año de la nueva SCJN

    49 mil millones de Salinas Pliego, agua para Ecatepec, autogobierno indígena: a un año de la nueva SCJN

    A un año de la primera Suprema Corte de Justicia de la Nación electa por voto popular se han dado ejemplos de transformación, menos protección a los usureros deudores, así como más cercanía a las comunidades históricamente excluidas. 

    El 1 de septiembre de 2025 tomaron posesión los nueve ministros y ministras que, por primera vez en la historia de México, llegaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación por elección popular y no por designación presidencial ratificada en el Senado.

    El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, abogado indígena mixteco, primer presidente de la Corte con esa identidad, ha propuesto acercar la justicia al pueblo.

    Durante casi dos décadas, Grupo Salinas del usurero deudor Ricardo Salinas Pliego, acumuló decenas de amparos y recursos para evitar el pago de créditos fiscales determinados por el Servicio de Administración Tributaria correspondientes a los ejercicios fiscales entre 2008-2013. Solo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ricardo Salinas Pliego llegó a promover 93 procedimientos distintos.

    El 13 de noviembre de 2025, el Pleno desechó por unanimidad siete de los nueve amparos de Grupo Salinas, en una sesión que tomó poco más de una hora. Días después se sumó un fallo adicional sobre facultades del SAT para revisar directamente a una de sus empresas controladas.

    El 5 de marzo de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró sin materia los dos últimos recursos pendientes, dando por cerrado el bloque completo: los créditos fiscales confirmados suman una deuda de 49 mil millones de pesos.

    La ministra Lenia Batres Guadarrama subrayó que el proceso llevaba “destrabándose” desde inicios de 2025 y que, con la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación, se avanzó en la resolución de fondo hasta confirmar íntegramente los adeudos.

    El Servicio de Administración Tributaria notificó formalmente el cobro en enero de 2026 al deudor Ricardo Salinas Pliego, quién calificó el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como “persecución política” e incluso acudió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para terminar declarando públicamente su disposición a pagar.

    El 26 de febrero de 2026, por primera vez en la época contemporánea, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sesionó fuera de su sede, para hacerlo en Tenejapa, Chiapas, tercer estado con mayor población indígena del país, donde cerca del 70% de los habitantes vive en pobreza. Más de dos mil personas de la comunidad de La Candelaria y del municipio de Tenejapa presenciaron la sesión, con traducción simultánea a tsotsil y tzeltal.

    El asunto resuelto, presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf y aprobado por mayoría de ocho votos, reconoció que el Congreso de Chiapas ha incurrido en una omisión legislativa al no reglamentar el derecho al autogobierno de las comunidades indígenas, pese a que la reforma constitucional de 2024 al artículo 2° ya las reconoce como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó al gobierno de Chiapas y al ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas garantizar, en un plazo de 90 días, el acceso directo de la comunidad a recursos públicos para su administración, y exigió al Congreso local legislar en 180 días para dar reconocimiento formal a los gobiernos comunitarios indígenas.

    El ministro presidente Hugo Aguilar resumió el espíritu de la sesión: “la justicia debe caminar con el pueblo”. La Suprema Corte de Justicia de la Nación explicó que la resolución de Tenejapa respondió al peso demográfico indígena de la región y a sus rezagos históricos al acceso a derechos.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dictado resoluciones en materia de derechos sociales, como el amparo concedido en mayo de 2026 a un estudiante de posgrado de la Universidad de Guanajuato para garantizar su derecho a la educación superior gratuita, revirtiendo la cancelación de su beca por un pago extemporáneo.

    De igual manera, la Corte ha fijado un estándar reforzado para investigar casos de desaparición forzada de mujeres defensoras de derechos humanos, exigiendo análisis de contexto y perspectiva de género sin invertir la carga de la prueba a las víctimas, y validó el tope a los incrementos anuales de renta de vivienda en la Ciudad de México a la inflación, en beneficio de los inquilinos.

    El 24 de agosto de 2026, tras más de cinco años de litigio iniciado en pandemia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió dos amparos a favor de 806 habitantes de 38 colonias de la Quinta Zona de Ecatepec, Estado de México, que denunciaban desde 2020 la falta de suministro regular de agua potable.

    El ministro presidente Hugo Aguilar sostuvo que el derecho al “mínimo vital de agua” impone al Estado una obligación de cumplimiento inmediato que no puede postergarse bajo el argumento de progresividad. El fallo ordena a los tres niveles de gobierno garantizar de inmediato al menos 100 litros diarios por persona y coordinar inversión en infraestructura.

    También, la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación ha construido una línea de criterios en derechos de las mujeres y de la comunidad LGBT+.

    En julio de 2026, el Pleno determinó que la pérdida automática de la patria potestad por violencia vicaria es inconstitucional cuando se aplica sin un análisis integral caso por caso, ordenando ponderar siempre el interés superior de niñas, niños y adolescentes en lugar de una sanción automática.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional exigir cinco años de convivencia para acreditar el concubinato en el acceso a servicios de salud y pensiones del ISSSTE, y avaló la retención de una parte del ahorro para el retiro de trabajadores del Estado cuando se destina a garantizar pensiones alimenticias de personas deudoras desempleadas.

    En junio de 2026, en un conversatorio sobre diversidad sexual, el tribunal reafirmó criterios en materia de reconocimiento de la identidad de género y orientación sexual, subrayando que la función jurisdiccional debe responder a las transformaciones sociales y que ninguna orientación sexual o identidad de género puede tratarse como una amenaza social, para mayor protección contra la discriminación en el ámbito laboral, educativo y de salud.

  • La Corte ordena a jueces vigilar la usura en créditos

    La Corte ordena a jueces vigilar la usura en créditos

    Los ministros de la SCJN resolvieron dos amparos y establecieron que cualquier juez del país debe revisar si las tasas de interés de un préstamo son abusivas, sin importar quién sea el deudor.

    El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión que protege a quienes piden préstamos. A partir de ahora, todos los jueces del país deben revisar si las empresas o instituciones que otorgan créditos cobran tasas de interés abusivas. La medida aplica en cualquier juicio donde se exija el pago de una deuda.

    La resolución surge de dos amparos en revisión que llegaron a la Corte en 2025. En ambos casos, los demandantes argumentaron que los jueces originales y los magistrados de apelación ignoraron las tasas de interés del contrato. Los afectados consideraron que esas tasas eran excesivas y constituían usura.

    Los ministros concluyeron que la usura viola los derechos humanos. Así lo establece el artículo 21.3 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que prohíbe cualquier forma de explotación de una persona sobre otra. Bajo ese criterio, cobrar intereses desproporcionados entra en esa categoría.

    Por ello, la SCJN revocó las sentencias dictadas en ambos casos. Ahora, los jueces y magistrados correspondientes deberán hacer un análisis exhaustivo de las tasas de interés, siguiendo los proyectos presentados por la ministra Sara Irene Herrerías. Esta obligación aplica incluso cuando el deudor es una empresa y no una persona física.

    El ministro Hugo Aguilar fue quien advirtió, de manera preliminar, que los casos tenían un fondo constitucional y un interés excepcional en materia de derechos humanos. Esa valoración fue la que derivó en que los amparos se turnaran al pleno para su análisis y resolución.

  • Telemundo condenado a pagar a Sandra Ávila

    Telemundo condenado a pagar a Sandra Ávila

    La SCJN falló a favor de Sandra Ávila tras el uso no autorizado de su imagen por Telemundo.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión importante respecto a la demanda de Sandra Ávila, conocida como la Reina del Pacífico. Telemundo deberá pagar 448 mil pesos por utilizar su imagen sin autorización.

    La controversia comenzó hace varios años, cuando Ávila Beltrán alegó que la cadena estadounidense usó su imagen para promocionar la serie “La Reina del Sur”. Esta serie, aunque inspirada en su vida, también se basa en la obra del escritor Arturo Pérez-Reverte. Ávila ha defendido su derecho a proteger su imagen y su historia.

    Lo que intensificó el caso fue que Telemundo usó imágenes de la detención de Ávila en 2007 como parte de su promoción para la segunda temporada de la serie. La SCJN argumentó que el uso de su imagen no tenía fines periodísticos. En cambio, se trataba de una explotación comercial.

    El fallo de la SCJN representó un revés significativo para Telemundo. La corte, por unanimidad, negó el amparo que la cadena solicitó para evitar la multa impuesta por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) en diciembre de 2021. Esta sanción se basa en la explotación de su imagen sin el consentimiento necesario.

    El ministro presidente, Hugo Aguilar, destacó la importancia de proteger el derecho a la propia imagen. Según él, la decisión de la corte busca salvaguardar los derechos de las personas frente a los usos comerciales no autorizados. También indicó que es fundamental que las empresas reconozcan su responsabilidad al difundir el contenido que involucra a personas.

    Por su parte, la ministra Lenia Batres recalcó que ninguna imagen puede utilizarse sin consentir, especialmente con fines comerciales. Insistió en la necesidad de proteger los derechos personales ante el uso que puede lucrar con sus historias.

    Este caso sentará un precedente en el ámbito de los derechos de imagen en México. La lucha de Sandra Ávila no solo tiene impacto en su vida, sino que también aboga por el respeto a la intimidad y la dignidad de otros.

  • Ministros renuncian a bunkers con ruedas

    Ministros renuncian a bunkers con ruedas

    Por Ricardo Sevilla 


    Hace unos días, apenas iniciado el ciclo fiscal 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se vio envuelta en una vertiginosa controversia administrativa, tras la adquisición de una nueva flota de vehículos blindados. 

    Hasta la Presidenta Claudia Sheinbaum, a finales de la semana pasada, tuvo que salir y elevar una crítica airada.

    Los ministros acusaron de recibo, por lo que esta mañana, el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, tuvo que salir en conferencia de prensa a anunciar la devolución total de las costosas unidades.

    Pero analicemos las cosas a fondo: la compra original respondía a protocolos de seguridad estándar para altos funcionarios. No obstante, el análisis de riesgo actual —realizado tras la adquisición— determinó que no existen amenazas activas que justifiquen el despliegue de activos de alta protección. El costo de mantenimiento, combustible y personal especializado de estos vehículos representa una carga millonaria al erario que ahora será cancelada.

    Es importante decir que no se trata sólo de un mero movimiento administrativo, sino de una política de “Austeridad Jurisprudencial”. ¿A qué me refiero? A que la devolución de las camionetas lujosas marca un importantísimo presidente en la gestión de recursos del nuevo Poder Judicial, buscando cerrar la brecha de percepción entre los juzgadores y la ciudadanía en un contexto de alta vigilancia social sobre el gasto público.

    Históricamente, el auto blindado ha funcionado como un “capelo de cristal” que separa físicamente al funcionario del entorno social. Al renunciar a él, la SCJN busca una rehumanización de la justicia, eliminando los símbolos de estatus y privilegio que alimentan el resentimiento social.

    Bien por los ministros, pero no es mérito exclusivo de ellos: tuvo que salir la Presidenta a golpear la mesa y, en cierto sentido, enmendarles la plana.

  • Grupo Salinas retrasó cinco años juicios fiscales ante la SCJN; adeuda más de 49 mil millones de pesos

    Grupo Salinas retrasó cinco años juicios fiscales ante la SCJN; adeuda más de 49 mil millones de pesos

    Más de 100 recursos interpuestos por Grupo Salinas han retrasado el pago de 49 mil millones de pesos en créditos fiscales; este jueves la Corte prevé zanjar siete de nueve juicios pendientes.

    Durante los últimos cinco años, empresas de Grupo Salinas han promovido 102 recursos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dilatando la resolución de nueve juicios relacionados con créditos fiscales por más de 49 mil millones de pesos, correspondientes a ISR, recargos y multas.

    Este jueves, la Corte tiene previsto resolver siete de los nueve litigios pendientes, mediante proyectos que incluyen amparos directos en revisión, recursos de reclamación e impedimentos, los cuales podrían confirmar sentencias de tribunales colegiados que obligan a Grupo Elektra y Tv Azteca a pagar 48,3 mil millones de pesos, por ejercicios de 2009 a 2015.

    El caso más complejo es el amparo 6321/2024 de Elektra, vinculado al crédito fiscal más elevado, originalmente calculado en 18,4 mil millones de pesos, pero que con recargos y multas asciende a 33,3 mil millones. La empresa interpuso 28 recursos, incluyendo solicitudes de atracción y recusaciones de ministros, principalmente contra Lenia Batres Guadarrama.

    El ministro ponente Arístides García Guerrero propone desechar el amparo, argumentando que carece de “interés excepcional”, ya que la Corte ha resuelto previamente los temas de constitucionalidad planteados. De aprobarse los proyectos, se desecharían al menos 15 recursos de recusación pendientes. Fuentes de la Corte advierten que podrían imponerse multas por estrategia dilatoria, conforme a la Ley de Amparo.

    Solo quedarían dos juicios pendientes, a cargo de Lenia Batres, por más de 712 millones de pesos.

    Paralelamente, en Nueva York, la Corte Suprema fijó hasta el 12 de noviembre el plazo para que Tv Azteca y 39 filiales presenten moción de desestimación o suspensión de acusaciones, en espera de un arbitraje privado con acreedores, liderados por The Bank of New York Mellon. La empresa enfrenta además adeudos por bonos emitidos en 2017, que hoy suman más de 10 mil millones de pesos por intereses y retrasos, y un procedimiento de arbitraje ante el Banco Mundial.

    El panorama para Ricardo Salinas Pliego y sus empresas combina juicios fiscales históricos y conflictos financieros internacionales, mientras la SCJN se prepara para resolver los casos que podrían marcar un antes y un después en la estrategia legal del conglomerado.

    Con información de La Jornada

  • Gilberto Bátiz asume liderazgo del TEPJF con un compromiso de unidad

    Gilberto Bátiz asume liderazgo del TEPJF con un compromiso de unidad

    El nuevo presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se compromete a cerrar divisiones internas y promover una justicia más accesible.

    Gilberto Bátiz García tomó protesta como presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). En su ceremonia de asunción, prometió cerrar las divisiones que han marcado la institución desde 2019. Con el apoyo de destacados funcionarios y ministros, Bátiz lanzó cinco compromisos para su período, que va del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2027.

    “Un tribunal dividido no sirve a México”, indicó Bátiz durante su discurso. Él buscará ser un facilitador de soluciones en lugar de un generador de conflictos. Para lograr sus objetivos, destacó la importancia de contar con el apoyo de sus colegas magistradas y magistrados.

    Los compromisos que Bátiz presentó incluyen el establecimiento de un tribunal cercano a la ciudadanía. Propone recorrer el país, explicar decisiones y fomentar la educación cívica. Además, busca tomar decisiones que fortalezcan la estabilidad y gobernabilidad del país. Otro de sus objetivos es implementar un manejo administrativo ordenado y racional, así como ofrecer una justicia más humana.

    Felipe Fuentes Barrera, magistrado del TEPJF, señaló que Bátiz es el primer magistrado en ocupar este cargo por mandato popular. Asimismo, enfatizó que su gestión estará marcada por la reforma electoral de 2026 y la compleja elección de 2027.

    “Debemos cuidar cada paso de la elección de 2027 y trabajar para construir un tribunal cercano y eficiente”, mencionó Fuentes. Durante la ceremonia, el ministro Hugo Aguilar también expresó su apoyo y resaltó que los magistrados ahora responderán a la ciudadanía, no a intereses de partidos o élites.

    Con este enfoque, Gilberto Bátiz García comienza su labor al frente del TEPJF, buscando avanzar en un sistema electoral más justo y equilibrado.

  • SCJN le corta el show a Salinas Pliego: no habrá aplazamiento de sus multimillonarios juicios

    SCJN le corta el show a Salinas Pliego: no habrá aplazamiento de sus multimillonarios juicios

    El máximo tribunal del país rechazó la petición de Grupo Elektra y TV Azteca de suspender siete litigios por más de 33 mil millones de pesos pese a la oferta de “ajuste” de deuda.

    El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar, negó este martes la solicitud de Grupo Elektra y TV Azteca, empresas de Ricardo Salinas Pliego, para aplazar siete litigios fiscales que suman más de 33 mil millones de pesos, luego de que el empresario ofreciera “ajustar” sus adeudos ante el SAT.

    “No existe disposición legal que faculte al Ministro Presidente suspender el dictado del fallo”, resolvió Aguilar en los siete expedientes, dejando en claro que ni los millones ni los show de televisión detendrán la justicia fiscal.

    Las empresas pretendían frenar el proceso mientras el Gobierno analizaba una carta enviada el 16 de octubre con dos opciones de pago: 5 mil 691 millones de pesos o 8 mil 964 millones de pesos. La Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) rechazó la propuesta, señalando que podría ser una maniobra para dilatar los juicios.

    A pesar de ello, Elektra interpuso un amparo el 29 de octubre, admitido a trámite por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa, mientras la SCJN aún no calendariza la discusión de los recursos. Cinco de los créditos fiscales corresponden a Elektra y dos a TV Azteca, todos confirmados previamente por tribunales colegiados en cuanto a legalidad, quedando la Corte únicamente con cuestiones de constitucionalidad.

    En un último intento por frenar los fallos, Salinas Pliego incluso quiso impedir que los nueve ministros analizaran los casos, alegando un supuesto “ambiente adverso” por críticas de la presidenta Claudia Sheinbaum, solicitud que fue desechada de inmediato.

    El conflicto fiscal entre el SAT y las empresas de Salinas Pliego suma más de una década, con adeudos que el empresario califica de “excesivos” mientras el fisco los considera legítimos. Una resolución definitiva de la SCJN podría sentar un precedente histórico en litigios fiscales corporativos y, de paso, recordarle a Salinas Pliego que ni todos sus canales de TV pueden comprar tiempo ante la justicia.

  • SCJN confirma obligación de compartir infraestructura en telecomunicaciones

    SCJN confirma obligación de compartir infraestructura en telecomunicaciones

    La Suprema Corte aprueba la reforma de 2014 que obliga a empresas como Televisa a compartir sus redes, buscando ampliar la cobertura y beneficiar a la población.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó este jueves una parte clave de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR) de 2014. La decisión reafirma que las empresas de telecomunicaciones, como Televisa, deben compartir su infraestructura con otros operadores.

    La filial de Televisa, Televimex, había presentado un amparo contra el artículo 139 de la ley, argumentando que compartir sus redes violaba su derecho a la propiedad privada y generaba inseguridad jurídica. Sin embargo, la SCJN desestimó esa petición y confirmó la constitucionalidad de la obligación.

    La ministra Lenia Batres Guadarrama explicó que compartir infraestructura no equivale a perder la propiedad. “Se trata de una medida que no impide usar los bienes y que tiene un fin social importante”, comentó. La decisión busca ampliar la cobertura en zonas donde actualmente no hay acceso a servicios de telecomunicaciones.

    El presidente del tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió en que la reforma es constitucional, aunque admitió que limita el derecho a la propiedad. “Es una restricción que busca beneficiar a más personas”, señaló. Él agregó que la decisión sería más sólida si se reforzaran los argumentos sobre la proporcionalidad de la medida.

    Finalmente, la Corte envió el expediente a un tribunal colegiado, que resolverá los detalles legales pendientes. La decisión reafirma que el objetivo principal es ampliar la cobertura en todo el país, beneficiando a millones de mexicanos que aún no tienen acceso a internet o telefonía.

    Este fallo representa un paso importante para que las telecomunicaciones en México sean más accesibles y justas para todos.

  • SCJN establece que condenas por feminicidio no podrán ser reducidas por reinserción social

    SCJN establece que condenas por feminicidio no podrán ser reducidas por reinserción social

    La Suprema Corte sienta jurisprudencia: ningún juez podrá disminuir la pena de feminicidas alegando derecho a la reinserción social.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que ningún juez del país podrá reducir la condena de una persona sentenciada por feminicidio bajo el argumento de su derecho a la reinserción social. La resolución revoca un fallo que había reducido de 50 a 42 años y medio de prisión la pena de Diego Urik Mañón, condenado por el feminicidio de Jessica González Villaseñor, maestra asesinada en Morelia en 2020.

    El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz señaló que el caso involucró un homicidio brutal: “La víctima murió por traumatismo cráneo encefálico, su cuerpo fue abandonado en un lugar despoblado, lo que obliga a revisar el actuar de la autoridad que redujo la pena”.

    El caso llegó a la Corte mediante el amparo directo en revisión 4872/2024, promovido por la familia de Jessica. Los tribunales de Michoacán habían reducido inicialmente la sentencia, decisión que posteriormente fue confirmada por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito.

    El proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf fue aprobado por unanimidad. Ortiz Ahlf subrayó que el derecho a la reinserción social, previsto en el artículo 18 constitucional, “no es un factor que los jueces deban considerar al individualizar la pena, incluida la determinación del grado de culpabilidad”. Agregó que el tribunal debió sancionar la conducta conforme al contexto de violencia del delito.

    Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa resaltó la importancia de la perspectiva de género en la impartición de justicia: los tribunales anteriores ponderaron la juventud del acusado sobre el derecho de la víctima a ser protegida, lo que “privó a la víctima de su derecho de ser mujer”.

    Ahora, el Pleno ampara a las víctimas indirectas y establece que la reinserción social no puede ser argumento para disminuir la pena en casos de feminicidio. Además, ordena devolver el expediente al Tribunal Colegiado para emitir una nueva resolución debidamente fundamentada.

    Con información de Iván Saldaña para La Jornada

  • Ministro Aguilar advierte: la Ley de Amparo no debe aplicarse de forma retroactiva

    Ministro Aguilar advierte: la Ley de Amparo no debe aplicarse de forma retroactiva

    El presidente de la Suprema Corte, Hugo Aguilar Ortiz, respaldó la modernización del sistema de amparo, pero advirtió que su retroactividad sería inconstitucional y debe corregirse.

    El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, afirmó que la reforma a la Ley de Amparo es necesaria para modernizar el sistema judicial, pero advirtió que no debe tener carácter retroactivo, ya que eso vulneraría principios constitucionales.

    Durante un encuentro con medios, Aguilar calificó como “inadecuado” el artículo transitorio de la enmienda que permite aplicar las nuevas disposiciones de forma retroactiva y señaló que el Congreso deberá ajustarlo antes de su implementación.

    El ministro explicó que el actual proceso de amparo está burocratizado y que los múltiples recursos de impugnación lo vuelven “interminable”. Por ello, respaldó la intención de simplificar los procedimientos y acelerar la ejecución de sentencias, en especial en casos de relevancia social.

    La reforma, aprobada esta semana por el Senado de la República, busca fortalecer el amparo como instrumento de defensa ciudadana y evitar abusos, principalmente en materia fiscal, donde algunos contribuyentes han utilizado este recurso para eludir obligaciones tributarias. Además, se establece que la suspensión podrá negarse cuando se afecte el interés social o el orden público.

    Aguilar Ortiz destacó también que, a un mes del inicio de la nueva administración en la Corte, se ha logrado reducir el rezago histórico de casos. “Pasamos de resolver entre uno y cinco asuntos por sesión a un promedio de 12, lo que representa 116 casos atendidos entre el 11 de septiembre y el 1 de octubre”, informó.

    El titular de la SCJN sostuvo que esta productividad refleja “una Corte más ágil, moderna y enfocada en garantizar el acceso real a la justicia”, aunque insistió en que las reformas deben hacerse sin comprometer la seguridad jurídica ni los derechos fundamentales de los ciudadanos.