Después de que se publicara una supuesta investigación alegando que Claudia Sheinbaum, candidata presidencial por la 4T, estaba recibiendo sueldo por parte de la UNAM a pesar de no estar activa en sus funciones desde hace años, la candidata ha desmentido las acusaciones de manera contundente.
La investigación afirmaba que Sheinbaum, exjefa de Gobierno de la Ciudad de México, estaba envuelta en una red de corrupción que le permitía recibir pagos de la universidad mientras ejercía sus funciones públicas. Sin embargo, Sheinbaum presentó un documento oficial que renovaba su licencia sin goce de sueldo por motivos personales, demostrando que no ha recibido ningún pago de la UNAM durante su tiempo en el cargo público.
Como está establecido en el Estatuto de Personal Académico de la UNAM, es factible tener licencia sin goce de sueldo. Adjunto la copia que se me envió, que certifica que no he recibido sueldo alguno, desde que fui jefa de Gobierno de la Ciudad de México. pic.twitter.com/ZQ67DFQWFV
— Dra. Claudia Sheinbaum (@Claudiashein) May 18, 2024
El documento, un oficio emitido por la UNAM, confirma que Sheinbaum ha mantenido su licencia sin goce de sueldo, lo que refuta las alegaciones de la investigación.
La publicación de la supuesta investigación generó una ola de críticas y cuestionamientos hacia la candidata, pero con la presentación del oficio, Sheinbaum ha logrado disipar las dudas y reafirmar su compromiso con la transparencia y la honestidad en su carrera política.
Este incidente pone de relieve la importancia de verificar la información antes de difundir acusaciones infundadas, especialmente en un contexto electoral tan crucial. La UNAM, por su parte, ha respaldado la autenticidad del documento presentado por Sheinbaum, cerrando así el capítulo sobre estas alegaciones de corrupción.
Samuel García, gobernador de Nuevo León rechazó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León; que le impide hacer uso de la licencia que solicitó para dejar el cargo; afirmó que el órgano judicial carece de competencia para hacerlo.
A través de sus redes sociales, García también resaltó que no puede negársele su derecho de separarse del gobierno neoleonés.
“Mi licencia es un derecho, no está sujeta a interpretación de ningún juez”, indicó García desde su cuenta de X.
Sobre la resolución del Tribunal del Estado, controlado por el PRIAN, quiero decirles dos cosas:
1.- El Tribunal no tiene competencia para detener mi licencia.
2.- Mi licencia es un derecho, no está sujeta a interpretación de ningún juez.
Esto ocurre horas después de que el Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León dictaminó que el gobernador Samuel García Sepúlveda no puede hacer uso de la licencia que le fue otorgada para separarse del cargo ni salir del estado hasta que se resuelva quién será el gobernador interino de Nuevo León.
El magistrado Alberto Ortega Peza, de la Primera Sala del Tribunal Superior, emitió la resolución que establece que García que implica que no podrá retomar su campaña presidencial este sábado, ya que la licencia que solicitó desde el 2 de diciembre hasta el 2 de junio del 2024 inicia a la medianoche.
La controversia de inconstitucionalidad 25/2023, resuelta por el magistrado Ortega Peza, anula la designación publicada por García en el Periódico Oficial del Estado para dejar a Javier Navarro como encargado del despacho durante su ausencia.
La sentencia ordena específicamente: “Mientras no se surtan dichas condiciones, se ordena al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León que deberá abstenerse de abandonar sus funciones o el territorio del Estado, sin causa justificada previamente calificada por este Tribunal Superior de Justicia”.
Además, el juez establece que el interino designado por el Congreso, Luis Enrique Orozco Suárez, deberá ocupar el cargo en lugar de Samuel García de inmediato.
La suspensión concedida también ordena al gobernador y al Secretario General de Gobierno que no obstaculicen la entrada en funciones del interino e instruye a todas las policías estatales y municipales del estado a salvaguardar la facultad del Congreso Local de nombrar al interino designado por ellos.
El periodista, Juan Becerra Acosta compartió en redes sociales un fragmentó de una resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con la cual el organismo obliga a los aspirantes del Frente Conservador, Xóchitl Gálvez y Santiago Creer a separarse de sus cargos para poder contender a la candidatura.
“Además, las personas servidoras pública deberán abstenerse de participar en ellos en cualquier medida que pudiera implicar una vulneración a la equidad de la contienda en los términos de la línea jurisprudencial definida por el Tribunal Electoral y los lineamientos que emita el Consejo General del INE”, se lee en el documento.
Senadores de Morena y sus aliados insistieron en que Xóchitl Gálvez, Santiago Creel y los demás legisladores que participan en el proceso interno para elegir al candidato del frente opositor deben pedir licencia, para no usar los recursos públicos con fines electorales.
La Cofepris y la DGCES informaron sobre la detección de falsas maestrías de cirugía estética en el estado de Veracruz, las cuales son ofertadas en el Instituto de Estudios Superiores en Medicina y la Universidad del Conde.
A través de un comunicado, las dependencias informaron que se logró identificar personal médico egresado de los centros académicos mencionados en diversos casos de pacientes que han sufrido daños graves a la salud e incluso les han causado la muerte dentro de hospitales privados en distintas entidades del país, debido a que realizan procedimientos de cirugía plástica, estética y reconstructiva sin contar con la certificación que establece la legislación sanitaria vigente.
Por estos hechos, se informó que, para la realización de este tipo de procedimientos quirúrgicos, la persona especialista deberá ser egresada de instituciones de salud oficialmente reconocidas, y acreditar ante el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas (Conacem) su entrenamiento, habilidades, destrezas y pericia para obtener la certificación y recertificación correspondiente.
“Se precisa que toda especialidad en el ámbito de la medicina corresponde y es equivalente a estudios de posgrado, que generalmente se realizan en hospitales o clínicas del sector Salud, mediante el Sistema Nacional de Residencias. Por lo tanto, Cofepris y DGCES enfatizan que el grado académico de maestría en cirugía estética no faculta al personal de la salud a realizar procedimientos médicos quirúrgicos de especialidad”, se puede leer en el documento.
Recomendaciones
Asimismo, se recomendó a la población que pretenda someterse a este tipo de cirugías a asegurarse que el establecimiento cuente con licencia sanitaria vigente expedida por Cofepris para realizar actos quirúrgicos la cual deberá estar a la vista del público.
Sumado a lo anterior, se deberá verificar que el personal médico que realizará el procedimiento cuente con la especialidad en Cirugía Plástica y Reconstructiva, la cual se puede consultar en https://bit.ly/3NwQRwM y con certificado vigente emitido por los consejos de la especialidad correspondiente, que puede consultarse en conacem.org.mx y cmcper.org/directorio.
Otra de las recomendaciones es que debe de ver a vista el título profesional del médico cirujano plástico y diploma de especialidad quirúrgica. En caso de detectar establecimientos que no cumplan estos requisitos se exhorta a realizar la denuncia sanitaria a través de la página electrónica de Cofepris.
Aunado a lo anterior, los establecimientos que ofertan servicios de cirugía plástica estética o reconstructiva deberán acreditar que los médicos cuenten con los requisitos que establece la legislación sanitaria y que se describen en el Aviso de Riesgo emitido por Cofepris y DGCES, así como dar cumplimiento a lo establecido en la legislación sanitaria aplicable vigente y en el Alta Directiva para establecimientos de atención médica con procedimientos estéticos, obstétricos y/o quirúrgicos, publicada por Cofepris en diciembre de 2022.
Finalmente, se precisa que los servicios ofertados a través de medios informativos —sean impresos, electrónicos u otros— por profesionistas que ejerzan cirugía plástica, estética o reconstructiva, así como establecimientos o unidades médicas en que se practiquen dichas cirugías deberán prever y contener con claridad en su publicidad los requisitos que se mencionan en los artículos 83, 272 Bis, 272 Bis 1 y demás artículos aplicables de la Ley General de Salud.