Etiqueta: SCJN

  • Lenia Batres en contra de la evasión fiscal de la corrupta SCJN y Salinas Pliego: “en contra de permitir a la empresa deducir pagos que hizo por subcontratar a otra firma del mismo consorcio.”

    Lenia Batres en contra de la evasión fiscal de la corrupta SCJN y Salinas Pliego: “en contra de permitir a la empresa deducir pagos que hizo por subcontratar a otra firma del mismo consorcio.”

    Luego de que Antonio Martínez Dagnino, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), diera cuenta de las irregularidades en los esquemas de deducción de impuestos de las empresas de Salinas Pliego, la Suprema Corte de Justicia de la Nación  revisó el caso y comprobó que la empresa omitió pagar impuestos por cinco rubros, los hizo pasar por pérdidas y reportó ganancias menores. Después de nueve años de litigio, la empresa no ha cumplido con el pago de sus impuestos.

    La SCJN concluyó que el contribuyente debe hacer la corrección de más de mil 500 millones de pesos que no debió declarar como pérdidas fiscales y que el Estado tiene derecho a cobrar. Cabe mencionar que esta batalla entre TotalPlay y el SAT lleva al rededor de una década

    Al respecto, la ministra de la SCJN, LeniaBatres, se posiconó en redes sociales y dijo haber votado en contra de la evasión fiscal de Totalplay

  • El titular del SAT y la Procuradora Fiscal de la Federación exhiben las mañas y trampas con la que Salinas Pliego logró que la corrupta SCJN le descontaran impuestos a Totalplay (VIDEOS)

    El titular del SAT y la Procuradora Fiscal de la Federación exhiben las mañas y trampas con la que Salinas Pliego logró que la corrupta SCJN le descontaran impuestos a Totalplay (VIDEOS)

    La mañana de este viernes, desde Baja California Sur, Antonio Martínez Dagnino, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), detalló los irregulares esquemas de deducciones excesivas de impuestos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación .

    Mencionó que en el SAT, “vemos operaciones contables que tienen estas repercusiones fiscales y que tienen que cumplir con la legislación” y que en 2014 se realizó una auditoría del ejercicio fiscal de 2011 a Total Play y se observó que “esta no contaba con información adecuada y completa, que debía respaldar su operación principalmente en sus gastos”.

    Agregó que la empresa de internet “no pudo justificar la información que acreditara que los gastos fueran indispensables para el negocio”, por lo que la oficina de recaudación resolvió que la empresa reportaba 1.4 más de gastos que los ingresos totales que había obtenido.

    El SAT comunicó en 2015 a Total Play que debía realizar el pago de ISR, por lo que la empresa se fue a un litigio desde 2015.

    Fiscalía de la Federación insta a que la SCJN resuelva adeudos de Salinas Pliego con el SAT

    Por su parte, Grisel Galeano García, procuradora Fiscal de la Federación, detalló las acciones realizadas por las empresas de Salinas Pliego sobre un adeudo fiscal:

    • En 2015 la empresa “no estuvo de acuerdo con la resolución de la autoridad fiscal y procedió a impugnarla en un juicio de nulidad en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa
    • En 2017 el Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que “el SAT había actuado conforme a derecho y que la empresa debía de pagar”, por lo que la empresa impugnó en amparo directo.
    • En 2020 el asunto se llevó a la SCJN con “la finalidad de que se resolviera de forma contundente y buscando el mayor grado de imparcialidad”
    • En 2022 la SCJN decidió atraer el caso y el asunto se asignó al ministro Luis María Aguilar Morales que en 2024 presentó un par de proyectos de resolución, “siendo el último el que esta semana fue puesto en sesión”.

    “La empresa de Salinas Pliego debatía 6 rubros por los que el SAT le informó que debía pagar ISR por el año 2011, y el resultado de la SCJN fue, en realidad, confirmar que se tuvo la razón por el SAT al haberle cobrado 5 de los 6 rubros que la empresa se negaba a pagar y solamente por uno de los rubros en litigio fue que se determino como justificable [que] habían sido gastos para la operación de la empresa, de tal suerte que aunque la Corte considerara que 1 de esos 6 puntos fue objeto de comprobación por parte de la empresa, también confirmó que esta empresa omitió pagar impuestos por 5 rubros más y los hizo pasar por pérdidas y reportó ganancias menores”.

    Detalló

    “Consideramos que este suceso, lejos de ser ganancia para el contribuyente, lo dejó al descubierto una vez más, pues después de 9 años de litigio, es evidente que la empresa no ha cumplido con el pago de sus impuestos y que aplicó el mismo esquema que se ha encontrado en diversas empresas del grupo”

    Grisel Galeano

    Martínez Dagnino mencionó que gracias a la resolución del máximo tribunal del país, es claro que la empresa de Salinas Pliego “incurrió en diversos errores, así que lo correcto es que el contribuyente realice la corrección por más de 1,500 millones de pesos que incorrectamente declaró como pérdida fiscal y que la Corte nos ha dado el derecho a cobrar”.

    Finalmente en la participación de ambos funcionarios, Grisel Galeano pidió, “con respeto y firmeza a los magistrados que tienen en sus manos todos estos asuntos [de adeudos fiscales] para que los resuelvan con prontitud, pues estos altos montos de contribuciones son recursos del Estado y, en consecuencia, son recursos del pueblo”. “Retrasar su cobro sin fundamentos sería complicidad”, sería una injusticia, sentenció.

  • Que no cante victoria el deudor de impuestos: AMLO aclara que el magnate Ricardo Salinas Pliego aún tiene deudas fiscales pendientes de resolver; tendría que desembolsar 1 mil 700 mdp (VIDEO)

    Que no cante victoria el deudor de impuestos: AMLO aclara que el magnate Ricardo Salinas Pliego aún tiene deudas fiscales pendientes de resolver; tendría que desembolsar 1 mil 700 mdp (VIDEO)

    Este jueves el Presidente López Obrador fue cuestionado este jueves sobre el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para condonar impuestos al magnate y deudor de impuestos, Ricardo Salinas Pliego, y evitar que Grupo Salinas y Totalplay, paguen sus adeudos con el pueblo de México.

    AMLO mencionó que la corte resolvió una operación de pago de impuestos por 2,366 millones de pesos, donde de seis temas discutidos, cinco resultaron a favor del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y uno a favor de la empresa de Ricardo Salinas Pliego.

    Pese a que se le condonaron 545 millones de pesos, el tabasqueño precisó que la empresa aún debe pagar mil 700 millones de pesos. AMLO señaló que la resolución no está completamente clara y prometió proporcionar más información al día siguiente. Aclarando que este caso no está relacionado con otro asunto pendiente de Salinas Pliego de aproximadamente 22 mil millones de pesos que data del gobierno de Vicente Fox.

    La SCJN de Norma Piña ampara a Salinas Pliego de pagar impuestos

    La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó conceder un amparo directo, bajo el número  29/2020, a la empresa Totalplay en contra de los intentos de cobranza por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), por supuestas irregularidades constitucionales.

    A pesar de que el proyecto inicial, elaborado por el ministro ponente Luis María Aguilar, negada el otorgamiento del amparo a la empresa del magnate Ricardo Salinas Pliego, por “insuficiente, inoperante e infundado”, el amparo fue otorgado con tres votos a favor y dos en contra de los miembros de la Segunda Sala.

    Los ministros que votaron a favor fueron Yasmin Esquivel, Alberto Pérez Dayan y Javier Laynez, mientras que la ministra Lenia Batres y Luis María Aguilar votaron en contra.

    Ante el fallo de la SCJN, Ricardo Salinas Pliego lo celebró en su cuenta X, antes Twitter, “voy a dejar esto por aquí y me iré lentamente. Si van a empezar a chillar me avisan, las lágrimas de chairo y de ardilla son deliciosas”, en tono de burla escribió el magnate al compartir un comunicado de Grupo Salinas. 

    En dicho desplegado, Grupo Salinas señaló que el fallo confirma que el SAT se ha conducido con arbitrariedad en contra de las empresas de Salinas Pliego. Además de sostener cínicamente que continuarán ganando amparos para evitar pagar sus impuestos y destacar la supuesta imparcialidad del Poder Judicial.

    Debes leer:

  • La supuesta imparcialidad del Poder Judicial: La SCJN otorga amparo a Totalplay, empresa de Ricardo Salinas Pliego, para evitar el pago de 640 millones de pesos en impuestos al SAT

    La supuesta imparcialidad del Poder Judicial: La SCJN otorga amparo a Totalplay, empresa de Ricardo Salinas Pliego, para evitar el pago de 640 millones de pesos en impuestos al SAT

    La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó conceder un amparo directo, bajo el número  29/2020, a la empresa Totalplay en contra de los intentos de cobranza por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), por supuestas irregularidades constitucionales.

    A pesar de que el proyecto inicial, elaborado por el ministro ponente Luis María Aguilar, negada el otorgamiento del amparo a la empresa del magnate Ricardo Salinas Pliego, por “insuficiente, inoperante e infundado”, el amparo fue otorgado con tres votos a favor y dos en contra de los miembros de la Segunda Sala.

    Los ministros que votaron a favor fueron Yasmin Esquivel, Alberto Pérez Dayan y Javier Laynez, mientras que la ministra Lenia Batres y Luis María Aguilar votaron en contra.

    Ante el fallo de la SCJN, Ricardo Salinas Pliego lo celebró en su cuenta X, antes Twitter, “voy a dejar esto por aquí y me iré lentamente. Si van a empezar a chillar me avisan, las lágrimas de chairo y de ardilla son deliciosas”, en tono de burla escribió el magnate al compartir un comunicado de Grupo Salinas. 

    En dicho desplegado, Grupo Salinas señaló que el fallo confirma que el SAT se ha conducido con arbitrariedad en contra de las empresas de Salinas Pliego. Además de sostener cínicamente que continuarán ganando amparos para evitar pagar sus impuestos y destacar la supuesta imparcialidad del Poder Judicial.

    Te puede interesar:

  • Gobernadoras y gobernadores de la 4T hacen un llamado a la SCJN sobre la prisión preventiva; decisión del máximo tribunal afectará la seguridad y gobernabilidad, aseguran

    Gobernadoras y gobernadores de la 4T hacen un llamado a la SCJN sobre la prisión preventiva; decisión del máximo tribunal afectará la seguridad y gobernabilidad, aseguran

    Las y los gobernadores de los estados de la República y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México pertenecientes a la Cuarta Transformación, formularon algunas consideraciones respecto de la resolución que deberá emitir el máximo tribunal constitucional del país respecto de la prisión preventiva oficiosa.

    “Este tema fundamental en la vida jurídico-política de nuestro país y de protección a su soberanía constitucional, hacemos un llamado respetuoso para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considere lo aquí expuesto, ya que se trata de una decisión que impactará directamente en la seguridad pública y gobernabilidad del país y con ello en la de las entidades federativas, de cuyos gobiernos somos responsables”.

    Las y los mandatario de la 4T, se pronunciaron en favor de Amicus Curiae, con absoluto respeto a la figura que representa la SCJN, a efecto de que se considere el principio de supremacía constitucional atendiendo siempre a los derechos de las víctimas del delito, puesto que son ellas quienes resienten directamente las consecuencias de las conductas antisociales.

    Es necesario enfatizar que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son en efecto vinculantes; sin embargo, éstas deben estar armonizadas y no transgredir el contenido de nuestra Constitución previo pronunciamiento de la propia Suprema Corte. Es decir, resulta de suma importancia mantener un equilibrio entre el respeto a los derechos humanos y el respeto a nuestra soberanía y ordenamiento jurídico interno, mencionan en la misiva.

    “La figura de la prisión preventiva oficiosa responde a una politica de combate al crimen que permite garantizar una adecuada conducción del proceso penal y lograr el esclarecimiento de los hechos, proteger a las víctimas de los delitos, procurar que el responsable no quede impune, asi como lograr que sean reparados los daños causados por el delito”.

    Puntualizaron que la restricción que se pretende declarar inconstitucional se refiere a delitos de alto impacto y de clara repercusión social que en su momento fueron considerados como graves, y en los que el ministerio público sólo puede solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no resulten suficientes para garantizar la comparecencia del imputado a juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad; así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. Por lo tanto, solo en esas condiciones precisas, el juez ordenaría la prisión preventiva de forma oficiosa.

    “Por lo anterior, con base en lo dispuesto en el articulo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos. Mexicanos, que dispone que la “…Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma…serán la Ley Suprema de toda la Unión”, es válido concluir que, de otorgársele preferencia a una norma de carácter internacional sobre el derecho interno, se traduciría en afirmar que un tribunal contencioso del ámbito internacional tendría el alcance de inaplicar en sentido práctico una norma de rango constitucional, lo que llevaría a vulnerar a la propia Constitución, emanada de la voluntad del constituyente permanente y no de un acuerdo de voluntades entre Estados miembros de la comunidad internacional”.

    Finalmente, es pertinente señalar que en la misma, se establece el procedimiento constitucional para modificar o enmendar su contenido, por lo que les pedimos observancia estricta al artículo 135.

    No te pierdas:

  • La SCJN quiere un Ejecutivo a modo: Denuncian que en las oficinas del Poder Judicial en todo el país se han colocado carteles para ir a la marcha de la derecha

    La SCJN quiere un Ejecutivo a modo: Denuncian que en las oficinas del Poder Judicial en todo el país se han colocado carteles para ir a la marcha de la derecha

    El ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, publicó en su cuenta de X una foto denunciando que en las oficinas del Poder Judicial de la Federación de todo el país, se han colocado carteles para “invitar” a la marcha que la derecha organizó para este próximo domingo 18 de febrero.

    “Me dicen que en las oficinas del Poder Judicial de la Federación de todo el país hay carteles convocando a la marcha de la oposición del domingo. ¿En dónde quedó aquello de que la Corte y el PJF no se meten en política?”.

    Para los usuarios de redes, las intenciones de los altos mandos del Poder Judicial son claras, y es que buscan un Ejecutivo a modo para poder volver a la época de privilegios, donde la división de poderes era nula.

    También denuncian que claramente debe estar en marcha un amplio acarreo de trabajadores y sus familias, quienes usualmente son presionados para ir a este tipo de movilizaciones.

    Este nuevo y desesperado intento de movilizar a los conservadores, rápidamente fue desestimado por los usuarios de las redes sociales, que refieren que aunque logren acarrear a 15 personas, no podrán ganar en las urnas el próximo 2 de junio.

    Debes leer:

  • Lenia Batres exhibe que la SCJN determinó invalidar el delito de corrupción en la CDMX; asegura que solo beneficia a los corruptos

    Lenia Batres exhibe que la SCJN determinó invalidar el delito de corrupción en la CDMX; asegura que solo beneficia a los corruptos

    Lenia Batres Guadarrama, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), exhibió a este órgano, luego de que determinó invalidar el delito de corrupción, del artículo 256 del Código Penal local que lo sancionaba.

    Esto fue anunciado por la ministra, a través de redes sociales el pasado martes 13 de febrero, en su cuenta oficial de X.

    Detalló que la Ciudad de México era la primera entidad federativa en tipificar el delito de corrupción.

    Indicó que el mismo martes, la SCJN determinó invalidar el articulo 256 del Código Penal local que lo sancionaba.

    Agregó que se trata de algo curioso, ya que lo resolvió tres años después cuando en 2021 se impugnó.

    Enfatizó que la resolución va a favorecer a quienes hubieran sido sancionados por el delito de corrupción.

    “Ni siquiera estuvieron de acuerdo quienes anularon el delito. Su argumentación dejó sin claridad la supuesta causa de la inconstitucionalidad”,

    expresó Batres.

    En una nota publicada en la misma red social de Lenia Batres, expuso algunos puntos sobre la invalidación del delito de corrupción, del articulo 256:

    Limitará el alcance del combate a la corrupción.

    -Permitía sancionar penalmente a los directivos o administradores de las asociaciones civiles que incurran en las irregularidades al manejar fondos, recursos de apoyo o apoyos públicos.

    -Batres expuso que la propia Ley de Amparo reconoce que los particulares pueden tener el carácter de autoridad y es por ello congruente que se puedan sancionar por corrupción, a quienes, al mando de una asociación civil, utilicen de manera indebida recursos públicos.

    No te pierdas:

  • Lenia Batres lamenta que la SCJN haya invalidado una porción del artículo 256 del Código Penal de la CDMX; con ello se limita el combate a la corrupción

    Lenia Batres lamenta que la SCJN haya invalidado una porción del artículo 256 del Código Penal de la CDMX; con ello se limita el combate a la corrupción

    La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres, se pronunció en contra de la decisión del pleno y lamentó que se determinara invalidar una porción del Artículo 256 del Código Penal de la Ciudad de México, lo que limitaría el alcance del combate a la corrupción.

    A través de su cuenta de X, antes Twitter, la ministra del pueblo compartió una nota informativa en las que explica que dicha normativa permitía sancionar penalmente a directivos o administradores de las asociaciones civiles que incurran en irregularidades al manejar fondos, recursos o apoyos públicos.

    Al razonar su voto en contra del dictamen la ministra Lenia Batres, señaló que la Ley de Amparo reconoce que “los particulares pueden tener el carácter de autoridad”, hecho que es congruente con que puedan ser sancionados por corrupción. 

    En ese sentido, señaló que el artículo 108 de la Constitución Federal permite extender el concepto de servidor público a quienes no desempeñen un empleo, cargo o comisión dentro de la estructura del Estado.

    Asimismo, destaca que en ese mismo artículo se indica que las propias entidades federativas pueden definir, dentro de sus facultades constitucionales, el carácter de servidores públicos. 

    Además, de que la propia Constitución de la Ciudad de México en su “artículo 64 otorga la posibilidad de imponer responsabilidades no sólo a los funcionarios sino también a personas que ejerzan actos de autoridad”.

    Cabe mencionar que el proyecto elaborado por el ministro Javier Laynez fue aprobado por mayoría por el que se invalidan porciones del artículo 256 del Código Penal de la Ciudad México, materia de combate a la corrupción. 

    Te puede interesar:

  • Por estar al servicio de particulares y no del pueblo, AMLO consideró adecuado que se haya solicitado un juicio político contra el ministro Pérez Dayán

    Por estar al servicio de particulares y no del pueblo, AMLO consideró adecuado que se haya solicitado un juicio político contra el ministro Pérez Dayán

    El Presidente López Obrador expresó este miércoles que está justificada la solicitud de juicio político propuesta por legisladores de la Cuarta Transformación en contra de Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y responsable de que se echara atrás la Reforma Eléctrica.

    “Sí y yo creo que se justifica, porque pues, cómo un interés particular, el influyentismo, el que una institución del Estado, en vez de servirle al pueblo esté al servicio de particulares. ¿Cuándo se había visto que un ministro, fueron dos ministros, cancelaran una ley? ¿Cuándo? Pero no es cualquier ley, es la que les afecta a los traficantes de influencias”.

    Mencionó

    “Pero no es cualquier ley, es la que le afecta a los traficantes de influencia, pues sí tenemos que volver a insistir ahora con una reforma constitucional para que la CFE, que es una empresa pública, pueda desarrollarse, cumplir con su misión de abastecer de energía eléctrica a los consumidores a precios justos”.

    Agregó

    AMLO fue claro y dijo que las empresas privadas quieren medrar al pueblo, ya que está demostrado que no les importa la gente, mientras que la función del Gobierno debe ser el proteger las empresas públicas en beneficio de los mexicanos.

    “Pero no es cualquier ley, es la que le afecta a los traficantes de influencia, pues sí tenemos que volver a insistir ahora con una reforma constitucional para que la CFE, que es una empresa pública, pueda desarrollarse, cumplir con su misión de abastecer de energía eléctrica a los consumidores a precios justos (…) “No les importó que hayan votado diputados o senadores y hayan aprobado la ley, que es su función de los legisladores, y estos se sitúan por encima de la Constitución y de las leyes y cancelan la ley eléctrica”.

    Puntualizó

    Hace unos días el grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados anunció que  presentará un juicio político contra el ministro de la Suprema Corte Alberto Pérez Dayán al haberse extralimitado en sus funciones, invadiendo atribuciones del Poder Legislativo.

    No te pierdas:

  • Norma Piña asciende a Juan Pablo Gómez Fierro, juez que dio 14 suspensiones definitivas a empresas que se ampararon vs la Ley Eléctrica de AMLO

    Norma Piña asciende a Juan Pablo Gómez Fierro, juez que dio 14 suspensiones definitivas a empresas que se ampararon vs la Ley Eléctrica de AMLO

    Norma Piña, ministra presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ascendió a Juan Pablo Gómez Fierro, quien se desempeñaba como juez de Distrito y pasó a ser magistrado de Circuito.

    Desde este martes 06 de febrero, el antes juez tiene ahora este cargo, por decisión de la Ministra presidente de la SCJN.

    Gómez Fierro compartió la noticia mediante sus redes sociales, donde mostró fotografías de su área de trabajo de lujo, las cuales disfrutó durante nueve años.

    ¿Quién es Juan Pablo Gómez Fierro?

    El Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador ha exhibido a Juan Pablo Gómez Fierro en repetidas ocasiones, debido a sus acciones como juez.

    Ha puesto diferentes trabas y detenido acciones del gobierno de la 4T.

    Juan Pablo se dedicó a otorgar suspensiones definitivas a empresas que se ampararon contra la Ley Eléctrica de AMLO.

    De igual manera, también ha privilegiado a las empresas extranjeras.

    Asimismo, fue el encargado de conceder la primera suspensión provisional contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

    También se encargó de suspender la entrada en vigor de la reforma a la Ley de Hidrocarburos.

    Se une a la lista, la ocasión donde ordenó restablecer por tiempo indefinido los límites al poder dominante de Petróleos Mexicanos (Pemex) en el sector hidrocarburos.


    No te pierdas: