La Sala Regional Toluca revocó la resolución que acusaba a Gerardo Fernández Noroña de violencia política de género y ordenó al Tribunal Electoral de Michoacán emitir un nuevo fallo antes del 14 de agosto.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio un revés a la resolución que sancionaba al senador Gerardo Fernández Noroña por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género en contra de la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz García. La Sala Regional Toluca determinó, por unanimidad, revocar la sentencia al considerar que el tribunal local no analizó un aspecto clave del caso: la inviolabilidad parlamentaria.
Con esta decisión, quedó sin efectos la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), que había concluido que los señalamientos realizados por Noroña en redes sociales constituían violencia política de género. Entre las expresiones cuestionadas, el legislador calificó a la presidenta municipal como “irresponsable”, “fascista” y la acusó de actuar por “ambición política”.

Los magistrados federales no determinaron que existiera o no violencia política de género, sino que señalaron que el tribunal michoacano omitió estudiar primero si las declaraciones del senador estaban protegidas por la inmunidad o inviolabilidad parlamentaria, un derecho previsto en el artículo 61 de la Constitución, que protege las opiniones emitidas por legisladores en el ejercicio de sus funciones.
Ahora, el TEEM deberá emitir una nueva resolución antes del 14 de agosto, siguiendo los criterios establecidos por la Sala Regional Toluca. Solo después de resolver si aplica la inviolabilidad parlamentaria podrá analizar nuevamente si las expresiones de Fernández Noroña actualizan o no los elementos de la violencia política en razón de género.
La controversia inició en enero de 2026, cuando Grecia Quiroz presentó una denuncia ante el Instituto Electoral de Michoacán. Desde entonces, el expediente ha pasado por diversas resoluciones e impugnaciones, hasta que el TEPJF ordenó reponer el análisis jurídico del caso. La nueva decisión será determinante para establecer los alcances de la libertad de expresión de los legisladores y los límites de la inviolabilidad parlamentaria en México.

Deja un comentario