SCJN frena alternancia de género para gubernaturas en Durango y San Luis Potosí

La Suprema Corte determinó que los congresos locales no pueden establecer de forma anticipada qué género debe encabezar las candidaturas, al considerar que la regla restringía el derecho a ser votado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las disposiciones que obligaban a los partidos políticos a aplicar una alternancia de género en las candidaturas a las gubernaturas de Durango y San Luis Potosí. El Pleno consideró que los congresos estatales excedieron sus atribuciones al determinar de manera automática el género de quienes podrían contender.

De acuerdo con la Corte, estas reglas podían excluir, dependiendo del proceso electoral, a personas de uno u otro género de la posibilidad de competir por la gubernatura. Por ello, determinó que las disposiciones vulneraban el derecho a ser votado, además de afectar la autodeterminación de los partidos políticos y el pluralismo democrático.

La resolución, sin embargo, no elimina el principio de paridad de género ni las acciones afirmativas destinadas a impulsar la participación política de las mujeres. La SCJN señaló que estas medidas deben armonizarse con la obligación de garantizar la participación en condiciones de igualdad, respetando al mismo tiempo los derechos político-electorales y la autonomía partidista.

En San Luis Potosí, la disposición había sido aprobada mediante el Decreto 0539, que establecía que partidos y coaliciones debían observar la alternancia de género para las candidaturas a la gubernatura. La medida se dio en el contexto de la preparación del proceso electoral de 2027, en el que se renovará el Poder Ejecutivo estatal.

En Durango, el Congreso local incorporó una regla similar mediante el Decreto 427, con la que buscaba obligar a los partidos a respetar la alternancia de género en la elección de gobernador. La SCJN determinó que ambas normas no podían establecer de antemano qué género tendría permitido competir, al considerar que esa decisión corresponde al proceso electoral y debe garantizar los derechos de todas las personas.

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