Etiqueta: Constitución

  • La panista Natalia Torres, profesora en derecho de la UP, asegura que no todos deben votar

    La panista Natalia Torres, profesora en derecho de la UP, asegura que no todos deben votar

    La abogada vinculada al PAN y docente de la Universidad Panamericana desató críticas al afirmar que no todos los mexicanos deberían tener derecho al voto, pese a que el sufragio universal está garantizado por la Constitución.

    Las declaraciones de la abogada panista y profesora de la Universidad Panamericana, Natalia Torres, abrieron un intenso debate en redes sociales y en el ámbito político, luego de sostener que no todos los mexicanos deberían tener derecho a votar. Sus palabras generaron cuestionamientos sobre si una institución educativa que forma a futuros profesionistas comparte o respalda una visión que contradice uno de los principios fundamentales de la democracia mexicana.

    El artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el voto como un derecho universal de todas las personas ciudadanas mayores de edad, sin establecer requisitos relacionados con el nivel educativo, la condición económica o cualquier otra característica. Por ello, especialistas y usuarios en redes señalaron que cualquier propuesta para limitar ese derecho representaría un retroceso democrático.

    La controversia también colocó bajo los reflectores a la Universidad Panamericana, donde Natalia Torres se desempeña como docente. Hasta el momento, la institución no ha emitido un posicionamiento para aclarar si las opiniones expresadas por la académica corresponden exclusivamente a una postura personal o si existe algún pronunciamiento institucional respecto al derecho constitucional al voto.

    Las declaraciones también reavivaron el debate sobre los discursos que buscan condicionar la participación ciudadana con base en criterios como el nivel de estudios o la situación económica. Diversas voces advirtieron que este tipo de planteamientos contradicen los avances democráticos alcanzados en México, donde el sufragio universal ha sido resultado de décadas de lucha por ampliar los derechos políticos de toda la población.

    Más allá de la polémica, el caso ha puesto nuevamente sobre la mesa una pregunta que ha generado amplia discusión: ¿es compatible que una profesora universitaria cuestione un derecho constitucional como el voto universal? Mientras la conversación continúa, crece la expectativa de conocer si la Universidad Panamericana fijará una postura sobre las declaraciones de una de sus docentes o mantendrá silencio ante la controversia.

  • Armenta pide a los 217 alcaldes de Puebla reforzar servicios públicos y asumir  responsabilidad

    Armenta pide a los 217 alcaldes de Puebla reforzar servicios públicos y asumir responsabilidad

    Exhortó a los ayuntamientos a asumir plenamente las funciones que les otorga la Constitución y a fortalecer la coordinación con gobiernos estatal y federal .

    El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, convocó a las y los 217 presidentes municipales del estado a cumplir con sus responsabilidades y a reforzar la coordinación con los gobiernos estatal y federal para garantizar mejores servicios públicos, infraestructura y bienestar para la población.

    Durante una conferencia de prensa, el mandatario informó que su administración impulsa un programa histórico de pavimentación que contempla la rehabilitación de 28 mil calles, de las cuales 13 mil se ubican en la capital poblana y 15 mil en el resto del estado. Además, señaló que se da mantenimiento a más de 4 mil 500 kilómetros de carreteras estatales e intermunicipales en coordinación con el Gobierno de México.

    Armenta recordó que corresponde a los ayuntamientos atender funciones esenciales como la pavimentación y mantenimiento de calles, el suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, alumbrado público, parques, jardines, panteones, rastros y la recolección de residuos sólidos. Asimismo, los exhortó a reforzar las acciones preventivas durante la temporada de lluvias para brindar una atención oportuna a la ciudadanía.

    El gobernador aseguró que el Gobierno del Estado continuará respaldando a los municipios con obras estratégicas cuando sea necesario, aunque subrayó que cada autoridad debe asumir las responsabilidades que le competen. En ese sentido, llamó a las y los alcaldes a mantener cercanía con la población y a trabajar de manera coordinada para mejorar la infraestructura y los servicios públicos en todo el estado.

  • SCJN avala que comunidades indígenas se gobiernen con sus propias reglas

    SCJN avala que comunidades indígenas se gobiernen con sus propias reglas

    La Suprema Corte respaldó el derecho de los pueblos originarios a sancionar a sus integrantes y recuperar tierras comunales conforme a sus tradiciones.

    El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso firme en favor de los pueblos indígenas. Este lunes ratificó su derecho a organizarse, resolver conflictos y aplicar sanciones según sus propias normas y tradiciones.

    El caso surgió en San Juan Atepec, Oaxaca. Ahí, una asamblea de la comunidad zapoteca sancionó a uno de sus integrantes por incumplir obligaciones colectivas y generar gastos y conflictos a la comunidad. La decisión incluyó recuperar un predio comunal y demoler la vivienda levantada en ese terreno para convertir el espacio en una escuela de música.

    Años después, una sala especializada en justicia indígena de Oaxaca reconoció la validez de esa sanción. Aun así, ordenó también una compensación económica para el afectado, con el fin de proteger sus derechos patrimoniales.

    El asunto llegó por primera vez a la Corte, que avaló la medida comunitaria por considerarla compatible con la Constitución. En ese momento, los ministros señalaron que las decisiones de las asambleas indígenas deben respetar los derechos humanos. Por esa razón, ordenaron que la compensación fuera suficiente para garantizar al afectado una vivienda digna.

    El caso regresó al tribunal porque una de las partes impugnó la nueva sentencia. Alegó que el fallo no cumplió correctamente con lo ordenado por la Corte. Este lunes, el pleno cerró el debate y determinó que no hubo error en el cumplimiento.

    La SCJN mantuvo la validez de la sanción comunitaria y ordenó revisar únicamente el monto de la compensación. El objetivo es asegurar que el afectado cuente con recursos suficientes para construir una vivienda con condiciones básicas: techo, agua, electricidad, drenaje, ventilación y espacio para vivir con dignidad.

  • TV Azteca lleva a la Suprema Corte su pelea contra la ley de réplica

    TV Azteca lleva a la Suprema Corte su pelea contra la ley de réplica

    La televisora del usurero, Ricardo Salinas Pliego impugna una norma que obliga a los medios a distinguir entre noticias y opiniones. El caso podría fijar un precedente clave para la libertad de prensa en México.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó bajo su tutela un amparo que TV Azteca presentó contra la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. El litigio cuestiona una disposición que obliga a las televisoras a marcar con claridad cuándo transmiten noticias y cuándo transmiten opiniones.

    El punto de conflicto es el artículo 250, fracción V, de esa ley, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum y promulgada en julio de 2025. La norma exige que las concesionarias de radio y televisión faciliten a su audiencia elementos para distinguir la información noticiosa de los espacios de opinión, como parte del ejercicio del derecho de réplica.

    TV Azteca considera que esa obligación va demasiado lejos. En su demanda, la empresa argumenta que la medida viola los artículos 6 y 7 de la Constitución, que protegen la libertad de expresión y de información. Además, sostiene que la norma interfiere en sus decisiones editoriales y en la forma en que presenta sus contenidos al público.

    El caso tuvo un camino largo antes de llegar al máximo tribunal. La empresa presentó el amparo el 27 de agosto de 2025. Un juzgado de distrito lo desechó días después, pero un tribunal colegiado ordenó admitirlo en noviembre. En febrero de 2026, el juzgado volvió a cerrar el caso al estimar que la norma aún no estaba en plena vigencia cuando TV Azteca presentó su demanda, pues la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones no quedó integrada sino hasta el 16 de octubre de 2025.

    La televisora no aceptó esa decisión y presentó un recurso de revisión en febrero pasado. La presidencia de la República también se sumó al proceso con una revisión adhesiva en marzo. Tras ese recorrido, un tribunal colegiado pidió a la Corte atraer el asunto, solicitud que fue aceptada el pasado 15 de junio.

    El caso quedó asignado al ministro Irving Espinosa Betanzo, quien elaborará el proyecto de resolución que luego discutirá el Pleno. Lo que decida la Corte podría definir hasta dónde puede llegar el Estado para regular la forma en que los medios presentan su contenido informativo.

  • Alessandra Rojo de la Vega enfrenta investigación por promoción indebida

    Alessandra Rojo de la Vega enfrenta investigación por promoción indebida

    El Instituto Electoral de la Ciudad de México abre un procedimiento en contra de la alcaldesa de Cuauhtémoc por actos anticipados de campaña.

    La alcaldesa de Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega, se encuentra bajo la mira del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM). El organismo ha iniciado una investigación por presuntos actos de promoción personalizada y campañas anticipadas.

    La controversia surgió cuando se detectaron lonas en diferentes puntos de la alcaldía. Estas lonas, además de informar sobre sus labores de gobierno, incluían su nombre, lo que va en contra de las normas electorales. La Constitución y el Código Electoral establecen que la propaganda pública debe ser institucional, evitando cualquier promoción individual.

    Una de las lonas, ubicada en la esquina de Tehuantepec y Manzanillo, en la colonia Roma Sur, llamó la atención por su alto tráfico peatonal. En ella se podía leer el mensaje “una obra al día”, acompañando la imagen del gobierno de la alcaldesa.

    El concejal José Emilio Villar y el representante de Morena en el IECM, Guillermo Rafael Santiago, presentaron la denuncia. Ellos argumentan que esta publicidad muestra un uso indebido del cargo y de los recursos, buscando crear una conexión entre su gestión y su figura personal.

    El IECM aclara que los actos anticipados de campaña son aquellos que hacen llamados al voto. Este tipo de promociones pueden dar ventajas injustas a ciertos candidatos, alterando así la equidad en las elecciones.

    Es importante señalar que este procedimiento no implica un juicio sobre la culpabilidad de Rojo de la Vega. La investigación se centra en examinar si hay elementos suficientes para avanzar en el análisis. Por ahora, el IECM sólo evalúa los indicios presentados en la queja.

    La actuación del Instituto Electoral es un recordatorio de la importancia de la transparencia y la equidad en el proceso electoral. La ciudadanía seguirá de cerca esta situación mientras se desarrolla la investigación.

  • SCJN frena abusos en rentas de la CDMX: aumentos no podrán superar la inflación

    SCJN frena abusos en rentas de la CDMX: aumentos no podrán superar la inflación

    La Suprema Corte avaló el tope anual a los alquileres en la capital; la medida busca contener la gentrificación y proteger el derecho a la vivienda.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el decreto del Gobierno de la Ciudad de México que limita el aumento anual de las rentas al índice de inflación, cerrando la puerta a incrementos discrecionales que disparaban el costo de la vivienda en la capital.

    Durante la discusión, el Máximo Tribunal subrayó que la medida protege un derecho humano consagrado en la Constitución: el acceso a la vivienda, el cual se ha visto amenazado por la falta de regulación en los precios y el avance de la gentrificación.

    La ministra Lenia Batres advirtió que en los últimos 20 años el costo del suelo en la Ciudad de México aumentó hasta 800 por ciento, fenómeno que ha impactado directamente en los alquileres. Además, señaló la caída en la vivienda propia: mientras en 2000 el 71% de los capitalinos habitaba casa propia, para 2020 la cifra bajó al 50%.

    Con el fallo, por ejemplo, una renta de 10 mil pesos sólo podría incrementarse hasta 369 pesos anuales, conforme a la inflación, evitando alzas arbitrarias por encima del crecimiento general de precios.

    Sin embargo, el tema del Registro de contratos de arrendamiento quedó pendiente, ya que el ministro presidente Hugo Aguilar presentará un nuevo proyecto con ajustes.

    Por su parte, el doctor en Políticas Públicas del CIDE, Víctor Aramburú Cano, cuestionó la medida y sostuvo que el verdadero problema radica en la especulación inmobiliaria. Consideró que el gobierno capitalino debería aumentar la oferta de vivienda pública asequible y frenar la construcción destinada a la especulación, pues —dijo— la inflación nacional no refleja con precisión la dinámica del mercado inmobiliario en la CDMX.

    El fallo de la SCJN marca un precedente clave en el debate sobre rentas, inflación y derecho a la vivienda en la Ciudad de México.

  • Diputados podrían aprobar hoy reforma para que Senado ratifique ascensos en la Guardia Nacional

    Diputados podrían aprobar hoy reforma para que Senado ratifique ascensos en la Guardia Nacional

    La iniciativa busca equiparar el control legislativo de los mandos de la GN con el Ejército y la Marina, reforzando transparencia y rendición de cuentas.

    La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados tiene previsto avalar hoy el dictamen que reforma los artículos 76 y 79 de la Constitución, con el objetivo de que el Senado pueda ratificar los ascensos de coroneles y mandos superiores de la Guardia Nacional (GN), tal como ocurre con las fuerzas armadas, de acuerdo con información de Fernando Camacho para La Jornada. 

    El Senado aprobó la enmienda el pasado 10 de septiembre y la envió a San Lázaro, donde los diputados se disponen a corregir un error de técnica legislativa: la omisión de la GN en el artículo 76, que ahora prevé que los nombramientos sean ratificados por el Senado o, en recesos, por la Comisión Permanente. 

    El proyecto de dictamen advierte que la Constitución ya establece que el Senado ratifica los nombramientos de coroneles y jefes superiores del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, por lo que excluir a la GN generaría una incongruencia normativa y la colocaría en un régimen excepcional, debilitando la coherencia del sistema constitucional.

    La reforma busca armonizar la estructura legal tras la incorporación de la GN a la Defensa en 2024, asegurando que todas las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad estén sujetos al mismo control legislativo.

    El dictamen subraya que este procedimiento aporta un filtro mínimo para los nombramientos de altos mandos, indispensable para garantizar transparencia y rendición de cuentas. Además, permite a los legisladores exigir explicaciones y oponerse a perfiles que no cumplan con los estándares profesionales y democráticos requeridos.

    Con esta aprobación, la Guardia Nacional quedaría plenamente integrada al marco de control constitucional que rige al resto de las fuerzas armadas, cerrando vacíos legales y fortaleciendo la supervisión legislativa de sus altos mandos.

  • Senado aprueba en tiempo récord reforma para ratificar mandos de la Guardia Nacional

    Senado aprueba en tiempo récord reforma para ratificar mandos de la Guardia Nacional

    La Cámara alta agiliza el proceso para validar nombramientos de coroneles y jefes superiores; oposición advierte sobre militarización y errores previos

    En fast track, el Senado de la República aprobó la reforma que permite ratificar los nombramientos de personas con jerarquía de coronel y demás con categoría de jefes superiores de la Guardia Nacional (GN). La iniciativa fue avalada primero en las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos y, horas después, en sesión plenaria con 82 votos a favor, 24 en contra y una abstención, para ser enviada a la Cámara de Diputados.

    La reforma modifica los artículos 76 y 78 de la Constitución, armonizando la normativa con los cambios aprobados en septiembre de 2024 y establece que el Senado o la Comisión Permanente pueda ratificar estos nombramientos realizados por la Presidencia de la República, incluyendo lenguaje inclusivo en su redacción.

    Durante el debate, legisladores del PRI y PAN criticaron la medida. La senadora Claudia Anaya Mota (PRI) señaló que la reforma es solo una “reparación” de errores cometidos por el oficialismo en diciembre de 2024 y cuestionó el proceso acelerado: “Una iniciativa que se presenta ayer, se discute hoy y se vota mañana, violando el proceso legislativo”.

    El senador Marko Cortés (PAN) agregó que su voto en contra se basa en tres razones: congruencia, evitar que la seguridad recaiga únicamente en militares y no legitimar la militarización del país. Según Cortés, la reforma busca corregir vacíos legales, pero profundiza la presencia militar en tareas de seguridad.

    Con esta aprobación, el Senado asegura que los ascensos y nombramientos en la Guardia Nacional se ratificarán antes del desfile del 20 de noviembre, pero la polémica sobre la militarización y la rapidez del procedimiento mantiene a la oposición y a la sociedad alerta sobre el rumbo de la seguridad en México.

  • Suprema Corte revisará pensiones millonarias de ministros en retiro: algunas superan los 385 mil pesos al mes

    Suprema Corte revisará pensiones millonarias de ministros en retiro: algunas superan los 385 mil pesos al mes

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció que revisará las remuneraciones de los ministros en retiro para ajustarlas a la Constitución General, tras detectar pensiones que van de 205 mil a 385 mil pesos mensuales, muy por encima del salario de la Presidenta Claudia Sheinbaum.

    Esta situación afecta a los ocho ministros que renunciaron a participar en la elección judicial de 2025, así como a todos los que se han jubilado desde 1995. De acuerdo con información de Nancy Gaspar para Sin Embargo, incluso exministros con pocos meses en el cargo, como Diego Valadés, reciben pensión vitalicia. Solo los ocho exministros recientes recibirán en conjunto 27.2 millones de pesos anuales; Luis María Aguilar Morales encabeza la lista con 389 mil pesos mensuales, mientras Ana Margarita Ríos Farjat percibe 249 mil pesos.

    A estos montos se suman los pagos a los ministros jubilados de 1995 a 2024, que representan 36.3 millones de pesos anuales, y los 13 ministros retirados de la reforma Zedillo, con 32.2 millones anuales. Además, los familiares de ministros fallecidos reciben pensiones que van del 80% al 50% del monto original, sumando 29.9 millones de pesos anuales. En total, el gasto anual en pensiones vitalicias supera 129 millones de pesos.

    La ministra Lenia Batres denunció que estas percepciones son exorbitantes y alejadas de los pagos ordinarios que reciben otros servidores públicos, y que derivan de sueldos y compensaciones durante el ejercicio de sus funciones, lo que contraviene la Constitución.

    Con esta revisión, la SCJN busca garantizar que las pensiones de ministros y ministras retirados sean constitucionales, cerrando un capítulo de pagos millonarios que durante décadas permanecieron fuera de control.

  • Matrimonio igualitario en EE. UU. bajo riesgo en el Tribunal Supremo

    Matrimonio igualitario en EE. UU. bajo riesgo en el Tribunal Supremo

    El derecho al matrimonio homosexual en Estados Unidos, vigente desde 2015, podría estar en riesgo si el Tribunal Supremo falla a favor de Kim Davis, exsecretaria del condado de Rowan, Kentucky, quien en su momento se negó a expedir licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo por motivos religiosos. Davis fue sancionada con una multa y seis días de cárcel por desacato, pero ahora busca revertir la histórica sentencia de Obergefell vs. Hodges a través de un recurso que llegará al Supremo este otoño.

    De acuerdo con información de El País, el abogado de Davis sostiene que la decisión de 2015, que estableció el matrimonio igualitario como derecho constitucional bajo la 14ª Enmienda, fue un “error flagrante” y su cliente está protegida por la Primera Enmienda de libertad religiosa. De prosperar, el fallo podría sentar un precedente para que los Estados legislen sobre el matrimonio, retrocediendo décadas de avance en derechos LGTBIQ+.

    Este caso se enmarca en una ofensiva conservadora que busca revertir derechos obtenidos gracias a luchas y sentencias históricas. Organizaciones como Lambda Legal advierten que la apelación de Davis podría catalizar la aprobación de leyes estatales que restrinjan el matrimonio igualitario.

    A pesar de los intentos de Davis, tribunales inferiores han desestimado sus reclamos, argumentando que no puede invocar la Primera Enmienda para eximirse de responsabilidades derivadas de su rol como funcionaria. Mientras tanto, la opinión pública muestra que el apoyo al matrimonio entre personas del mismo sexo, aunque amplio, se ha mantenido en torno al 70% desde 2020, según encuestas de Gallup.

    La decisión del Tribunal Supremo será significativo para el futuro del matrimonio igualitario en Estados Unidos.