Etiqueta: Jueza Amarande Riojas Orozco

  • DOS AÑOS DE UNA PRESIDENTA, OCHO AÑOS DE UN MÉXICO QUE CAMBIA

    DOS AÑOS DE UNA PRESIDENTA, OCHO AÑOS DE UN MÉXICO QUE CAMBIA

    Hay gobiernos que simplemente administran el calendario y hay momentos políticos que terminan por definir una época. México vive uno de esos instantes decisivos: por primera vez en más de dos siglos de historia independiente, una mujer encabeza el Poder Ejecutivo Federal. El dato sacude nuestra memoria histórica, pero su verdadero valor rebasa la anécdota biográfica o la fecha electoral; habla de un país que transformó la manera en que entiende el poder y, sobre todo, a quienes les pertenece ejercerlo. Para las mujeres que consagramos nuestra vida a la función pública y al servicio de la nación, este parteaguas marca una ruta sin retorno.

    La llegada de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo a la Presidencia de la República no fue un hecho aislado ni un regalo de quienes durante años concentraron las decisiones del país. Es parte de un cambio que comenzó hace ocho años y que puso en el centro otras prioridades y una idea distinta de gobierno: escuchar y atender a las mayorías. Durante décadas, los espacios donde se tomaban las decisiones más importantes estuvieron alejados de muchas mexicanas y mexicanos. Hoy, que una niña mexicana pueda crecer sabiendo que la Presidencia de la República también puede ser ocupada por una mujer, rompe con una idea que durante generaciones parecía inamovible. No se trata solamente de quién ocupa la banda presidencial, sino de que las nuevas generaciones sepan que ningún cargo, por importante que sea, tiene dueño y que las mujeres también pueden llegar a los lugares donde se decide el rumbo de México.

    Reconocer con orgullo que hoy una mujer ocupa la Presidencia de México no significa darle un cheque en blanco ni dejar de señalar lo que debe hacerse mejor. La igualdad no necesita elogios por el simple hecho de ser mujer; necesita mujeres capaces de gobernar con firmeza, tomar decisiones difíciles, rendir cuentas y responder ante quienes les dieron su confianza, sin olvidar jamás la verdad, la honestidad, el respeto y la lealtad al pueblo de México.

    A una Presidenta no se le demuestra lealtad con silencios ni con aplausos incondicionales, sino acompañando el proyecto de país, señalando lo que debe corregirse y exigiendo resultados. Al final, su legado no dependerá solamente de haber abierto una puerta que durante mucho tiempo estuvo cerrada para las mujeres, sino de lo que logre hacer desde ella: defender la soberanía de México, cuidar el dinero público y conseguir que las decisiones del gobierno se traduzcan en mejores condiciones de vida para las familias.

    Para entender si ese cambio existe, hay que mirar más allá de los discursos y revisar los resultados. De acuerdo con el Segundo Informe de Gobierno, entre 2018 y 2024 alrededor de 13.4 millones de personas salieron de la pobreza, mientras la población en situación de pobreza pasó de 41.9 a 29.5 por ciento. También 13 millones de mexicanos se incorporaron a la clase media. Estas son cifras que pueden parecer lejanas detrás de una pantalla, pero estas se traducen en familias que hoy tienen mayores posibilidades de cubrir sus necesidades y construir un patrimonio.

    El salario mínimo pasó de 248.93 pesos en 2024 a 315 pesos en 2026 y acumula, según el informe, un incremento real de 153% desde 2019. A ello se suma una red de programas de bienestar que en 2026 alcanza a 42 millones de personas y un sistema de becas que beneficia a 19.5 millones de estudiantes de escuelas públicas. Pero para millones de familias, esto representa un ingreso adicional, una oportunidad educativa o la posibilidad de que un hijo permanezca en la escuela.

    En cuanto hace a un aspecto económico, México registró una inversión extranjera directa de 41 mil millones de dólares en 2025, alcanzó 22.8 millones de empleos formales en julio de 2026 y mantuvo niveles de desempleo históricamente bajos. Las exportaciones llegaron a cerca de 665 mil millones de dólares en 2025 y el Plan México contempla 14 Polos de Desarrollo Económico para impulsar inversión, industria y empleo. El reto ahora es que ese crecimiento no se quede en los indicadores macroeconómicos y termine reflejándose en mejores salarios, más oportunidades y mayor bienestar para las comunidades.

    En el sector salud también existen avances, ya que durante estos dos primeros años se pusieron en operación 32 hospitales, además de nuevas obras y ampliaciones que buscan aumentar la capacidad de atención. De igual forma en cuanto hace a vivienda, se reportan 518 mil casas contratadas, así como la reestructuración de créditos que durante años resultaron prácticamente impagables para millones de familias. Estas son medidas que se toman para que el Estado vuelva a ser capaz de responder cuando una familia necesita atención médica, una vivienda o una oportunidad para salir adelante.

    Pero ningún proyecto de transformación puede considerarse completo si la gente no puede vivir tranquila. Por eso en el tema de seguridad, el Gobierno reporta una reducción de 51 por ciento en el promedio diario de homicidios dolosos entre septiembre de 2024 y julio de 2026, además de miles de personas detenidas y armas aseguradas. Y claro que son resultados importantes, pero no suficientes para un México, donde todavía hay regiones sometidas por la violencia y muchas familias que viven con temor. La seguridad no se mide únicamente en estadísticas: se mide cuando una madre puede dejar salir a su hija, cuando un comerciante puede abrir su negocio, cuando una persona puede regresar a casa sin preguntarse si llegará con vida, cuando la gente camina tranquila sin temor a ser violentada.

    Como jueza lo constato todos los días: la legitimidad de un régimen no se defiende con discursos ni con buenas voluntades, sino con hechos y resoluciones que transformen la vida diaria de la gente común. Detrás de cada expediente, de cada audiencia, de cada resolución, hay familias mexicanas que no piden favores ni dádivas, sino estricto debido proceso, respuesta pronta de sus autoridades y castigo efectivo a los culpables.

    El verdadero patriotismo dentro de la función pública exige que las garantías consagradas en el texto constitucional dejen de ser postulados teóricos y se conviertan en realidades materiales que protejan al débil frente al abusivo.

    Por eso, reconocer lo avanzado no significa cerrar los ojos frente a lo que falta. La violencia que persiste en distintas regiones, la impunidad, los delitos cometidos contra las mujeres y la necesidad de fortalecer nuestro sistema de justicia siguen siendo deudas que no pueden esperar. Una transformación verdadera necesita instituciones fuertes, operadores honestos y decisiones técnicamente sólidas. Necesita también ciudadanos que no renuncien a su derecho de exigir cuentas, incluso cuando coincidan con el rumbo del gobierno.

    Una mujer en Palacio Nacional adquiere su máxima dimensión histórica cuando ese liderazgo se traduce en ministerios públicos eficaces, en una disminución real de la violencia contra las mujeres, en acceso equitativo a la salud y la educación y en oportunidades que permitan a las familias vivir con dignidad. Porque el mayor triunfo de este tiempo histórico no radica únicamente en contar con una primera Presidenta, sino en lograr que, después de su sexenio, el ejercicio del poder en manos de una mujer se asuma como una normalidad democrática indiscutible.

    Sí, son dos años de una Presidencia firme, ocho años de una transformación que modificó la conversación pública y una patria que todavía tiene deudas históricas por saldar. Apoyar lo que ha funcionado no obliga a callar frente a lo que debe corregirse. Al contrario: exigir mejores resultados también es una forma de defender a México.

    Porque la verdadera transformación no termina cuando cambia quien ocupa la Presidencia. Apenas comienza cuando los ciudadanos pueden mirar a su gobierno y decir, mi vida ha cambiado para bien. Ya que como bien sentenció la jurista Ruth Bader Ginsburg: “Las mujeres pertenecen a todos los lugares donde se toman decisiones”.

  • La reforma judicial: un año después, lo que ya cambió y lo que todavía nos corresponde transformar

    La reforma judicial: un año después, lo que ya cambió y lo que todavía nos corresponde transformar

    Hablar de la reforma al Poder Judicial de la Federación exige honestidad. Porque detrás de cada juzgado y cada sentencia hay personas que esperan ser escuchadas, que llegan con miedo, dolor, incertidumbre y confían en encontrar justicia.

    A un año de la toma de protesta de quienes hoy somos los primeros jueces y magistrados electos, no sería serio afirmar que todos los problemas están resueltos; tampoco sería justo decir que nada ha cambiado. Una transformación de esta dimensión debe juzgarse por sus resultados y por la forma en que mejora la vida de quienes acuden a un tribunal.

    Uno de los cambios está en la administración de los recursos públicos. El Poder Judicial destina nueve de cada diez pesos de su presupuesto a nómina. Por eso, implementar políticas de austeridad exige responsabilidad y disciplina. En 2026, el PJF opera con alrededor de 70 mil millones de pesos, el mismo monto autorizado por la Cámara de Diputados para el último año del extinto Consejo de la Judicatura Federal. Cada peso público proviene del esfuerzo de millones de mexicanas y mexicanos; administrarlo bien es una obligación ética.

    La austeridad no debe significar precariedad, se debe eliminar privilegios y dirigir los recursos donde hacen falta. La austeridad no significa quitar derechos a quienes trabajan en el Poder Judicial. Para entenderlo mejor: los niveles 2 al 11 corresponden a los puestos de mayor jerarquía y responsabilidad; los niveles 12 al 34 comprenden al personal de confianza y sindicalizado que sostiene gran parte del trabajo cotidiano de los tribunales. Se ajustaron las remuneraciones de los puestos superiores y hoy nadie, de ministros para abajo, gana más que la Presidenta de la República. Al mismo tiempo, se respetaron los salarios y prestaciones de las personas trabajadoras que hacen posible que los tribunales funcionen todos los días.

    Hablamos de más de 50 mil servidoras y servidores públicos y trabajadores en los cuatro órganos jurisdiccionales del nuevo PJF. La transformación institucional también debe respetar a quienes todos los días hacen posible que los tribunales funcionen.

    Otro reto es el rezago. Los juzgadores han mejorado su productividad y recientemente la mayoría adoptó un acuerdo del Pleno del Órgano de Administración Judicial para abatir el rezago heredado de expedientes. Pero ojo un expediente penal nunca es solamente un número: detrás hay una víctima que espera justicia, una persona imputada con derecho a un proceso sin dilaciones y familias que necesitan certeza.

    Medir resultados es necesario; convertir los juzgados en fábricas de sentencias, no. La verdadera productividad exige resolver oportunamente sin sacrificar la calidad de las decisiones, ni olvidar en todo momento el respeto a los derechos humanos, recordemos que una justicia que llega tarde puede ser injusticia.

    También está cambiando nuestra relación con la sociedad. Actualmente la mayoría de los juzgadores recibimos a las partes interesadas y a ciudadanos que buscan conocer y entender cómo funciona la justicia. Las puertas deben permanecer abiertas, inclusive me atrevería a decir que es necesario, llevar la justicia a territorio, a las calles, universidades, comunidades y colonos. A cualquier foro que pueda ayudar a la gente a comprender qué fue y qué es la reforma judicial , que función tenemos como juzgadores y cómo pueden defender su derechos.

    Soy una jueza electa y lo digo con orgullo, pero también con plena conciencia de lo que significa. La elección directa sí cambió la forma en que las personas juzgadoras nos relacionamos con la sociedad. El voto, sin embargo, no sustituye la preparación jurídica, ni determina el sentido de una sentencia. Nuestra obligación es juzgar con independencia e imparcialidad, conforme a la Constitución, los tratados internacionales, las leyes y los derechos humanos, incluso cuando una decisión no sea popular. O no se logre comprender a simple vista por la mayoría.

    El voto nos dio una responsabilidad frente al pueblo; el Estado constitucional nos impone límites frente a cualquier forma de poder.

    Acercar la justicia también significa explicar los derechos y hacerlos comprensibles. Una persona que conoce sus derechos tiene más herramientas para defenderlos, esta justicia debe ser intercultural e incluyente: nadie debe quedar lejos de ella por su lengua, origen, condición económica o lugar donde vive.

    Falta mucho, pero queremos trabajar para mejorar cada día. Sabemos que  tenemos que fortalecer la preparación y la carrera judicial, evaluar con rigor, reducir tiempos, combatir la corrupción y preservar la independencia judicial. Reconocer lo que funciona y corregir lo que no, también es parte de transformar la impartición de justicia.

    Ya que como jueza, mi obligación no es defender una reforma ciegamente. Es reconocer sus aciertos, señalar sus pendientes y trabajar para mejorarla. Juzgar significa estudiar, escuchar, decidir con independencia y respetar los derechos humanos. La ley no es una herramienta de poder: es el límite del poder.

    Debemos eliminar los privilegios y recuperar los ideales que deben guiar nuestra función: justicia, honestidad, defensa de quien se encuentra en mayor vulnerabilidad y transparencia. Esos son los jueces y magistrados que México merece y debe tener.

    Amo a mi país y por eso no creo que México necesite instituciones perfectas, necesita instituciones honestas, responsables y capaces de reconocer sus errores para corregirlos. Ya que quienes fuimos electos tenemos una responsabilidad mayor: demostrar con nuestro trabajo que la confianza recibida, es un compromiso que debemos honrar todos los días.

    La transformación judicial no se demuestra en los discursos. Se demuestra en cada expediente, audiencia y sentencia; en la víctima que encuentra respuesta, en quien no tiene recursos y logra ser escuchado, en quien llega hablando otra lengua y encuentra comprensión, en la persona imputada cuyos derechos son respetados.

    Porque una reforma no cambia la justicia por sí sola. La cambian quienes tienen la responsabilidad de impartirla. Y ahí, frente a quien espera justicia, es donde debemos demostrar que estamos construyendo el Poder Judicial que México merece: sin privilegios, con independencia, con honestidad y con las puertas abiertas para todos.

  • Cuando la medicina no llega, el amparo no puede esperar

    Cuando la medicina no llega, el amparo no puede esperar

    Hay interrogantes que la dogmática jurídica suele abordar con tratados y jurisprudencia, pero que en la realidad social se formulan desde la angustia más elemental: ¿qué camino le queda a una persona cuando su salud depende de un medicamento y las instituciones simplemente no se lo proporcionan?

    Mi trayectoria previa como abogada litigante en materia penal me permitió conocer de primera mano las dinámicas cotidianas que rodean al proceso penal. Ese contacto directo con la realidad social y procesal me dio una perspectiva práctica sobre el impacto de las decisiones judiciales en la libertad y la dignidad de las personas.

    A partir de esa experiencia, entiendo la función jurisdiccional como un equilibrio necesario: la solidez del análisis jurídico debe dialogar permanentemente con la sensibilidad práctica, reconociendo que cada expediente representa circunstancias humanas concretas.

    En la Constitución el artículo 4º consagra el derecho humano a la protección de la salud como una obligación directa para el Estado. Sin embargo, para miles de familias, el juicio de amparo se ha transformado en el último recurso disponible frente a tratamientos suspendidos, cirugías postergadas o recetas no surtidas.

    Esta realidad nos obliga a plantear una profunda reflexión: ¿por qué un ciudadano tiene que acudir a la vía judicial federal para acceder a aquello que la Constitución ya le garantiza?

    El amparo es un mecanismo de tutela extraordinaria frente a las omisiones de la autoridad. De ninguna manera debería normalizarse como el conducto ordinario para ingresar al sistema de salud pública.

    En el ámbito médico, el factor tiempo resulta determinante y no admite demoras burocráticas. Un fármaco suministrado oportunamente salvaguarda la vida; el mismo tratamiento recibido semanas después puede resultar inútil.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido consistente al determinar que, en observancia al principio de progresividad, la atención médica debe brindarse de forma continua, oportuna y sin retrocesos arbitrarios. Esto cobra especial relevancia en padecimientos crónicos o degenerativos, donde cualquier interrupción genera secuelas irreparables.

    En el ejercicio de la judicatura, resulta indispensable recordar que una resolución cautelar o una sentencia pueden contar con una técnica impecable, no obstante, si se dictan o se cumplen de manera tardía, el sentido verdadero de la protección constitucional se habrá desvanecido, será inútil.

    Superar esta problemática exige una visión que trascienda las sedes judiciales y alcance la esfera de la planeación y la administración pública. El artículo 134 constitucional exige que el ejercicio del gasto se conduzca bajo directrices de eficiencia, eficacia, economía y absoluta transparencia.

    El desabasto y la falta de distribución oportuna no son únicamente deficiencias operativas; constituyen vulneraciones directas a los derechos humanos.

    Urge consolidar mecanismos modernos de trazabilidad que permitan transparentar cada eslabón de la cadena de suministro: saber con precisión qué insumos se adquieren, en qué almacenes se resguardan, cuáles son sus vigencias y los motivos específicos por los cuales no se encuentran disponibles para el paciente en el momento en que se requieren.

    Las y los juzgadores asumimos con estricta responsabilidad la tutela de estos derechos cuando los asuntos llegan a nuestra potestad. Sin embargo, la respuesta integral compete a la totalidad de las dependencias encargadas de la gestión de la salud en el país.

    El juicio de amparo es un salvavidas cuando el sistema falla, pero nadie debería tener que recurrir a un juez para recibir la atención médica que por derecho le corresponde. La justicia no se queda en un papel firmado; la verdadera justicia ocurre cuando la medicina llega a las manos del paciente. Y cuando se trata de la salud, llegar tarde es simplemente no llegar.

  • Cuando la justicia habla una lengua que no entiendes

    Cuando la justicia habla una lengua que no entiendes

    Imaginemos por un momento que estamos sentados frente a una jueza. Escuchamos que hablan de una acusación, de pruebas, de nuestra libertad y de nuestro futuro, pero no entendemos lo que dicen. Queremos explicar lo ocurrido, responder las preguntas y defendernos, pero nadie habla nuestra lengua. La audiencia continúa y las decisiones se toman. ¿Podríamos llamar justicia a un procedimiento en el que la persona no puede comprender lo que está sucediendo? En mi criterio como juzgadora,  no puede existir una defensa adecuada cuando primero no se garantiza que una persona pueda comprender un procedimiento legal.

    Por eso considero relevante el Convenio Marco de Colaboración “Por la Defensa y Promoción de los Derechos Electorales de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas”, recientemente suscrito por instituciones como el Instituto Nacional Electoral, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Órgano de Administración Judicial, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

    El convenio busca fortalecer el ejercicio de los derechos político electorales y contempla, la formación, evaluación y certificación de intérpretes y traductores. Pero su importancia va más allá de la materia electoral: nos recuerda que una persona no debería tener que renunciar a su lengua para poder ejercer sus derechos frente al Estado.

    En el ámbito penal, esto adquiere una dimensión todavía más delicada. Las palabras tienen consecuencias. Una pregunta que no se comprende puede afectar una declaración; una resolución que no se entiende difícilmente puede ser impugnada; y una persona que no puede comunicarse adecuadamente con su defensa se encuentra en una situación de evidente desventaja. Por eso, el artículo 2° de nuestra Constitución reconoce a las personas indígenas, el derecho a acceder plenamente a la jurisdicción del Estado y a ser asistidas por intérpretes y defensores que conozcan su lengua y su cultura. No es un privilegio ni una concesión: es una condición para que la igualdad procesal sea real.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha tenido que resolver casos que muestran las consecuencias que puede tener ignorar esta garantía. En el Amparo Directo 77/2012, la Primera Sala ordenó la inmediata libertad de una persona indígena que había sido sentenciada a 40 años de prisión, al advertir violaciones relacionadas con su defensa adecuada y la falta de un intérprete que conociera su lengua y cultura. En otro asunto, el Amparo Directo en Revisión 2434/2013, una persona indígena mazateca, había recibido una sentencia de 21 años de prisión por homicidio y la Corte determinó que debía reponerse el procedimiento, entre otras razones, porque no había contado con un intérprete que conociera su lengua y cultura. Son casos que deberían obligarnos a detenernos: detrás de un expediente hay una persona y detrás de una deficiencia procesal puede arruinarle la vida a una persona.

    Además, la Corte ha sido clara en que no basta con decir que la persona “habla español”. En el Amparo Directo en Revisión 4034/2013, la Primera Sala estableció que el derecho a contar con intérprete no puede condicionarse simplemente al grado de castellanización. Una persona puede comunicarse en español y, al mismo tiempo, no comprender el lenguaje jurídico, las consecuencias de una decisión o la complejidad de un proceso penal.

    Porque un intérprete no es simplemente alguien que cambia palabras de una lengua a otra. En un proceso penal, su función permite que exista una comunicación efectiva entre la persona, su defensa y la autoridad. Y esto es especialmente importante porque la Suprema Corte ha reconocido que el intérprete forma parte de la garantía de defensa adecuada y que recurrir a un intérprete práctico debe ser una medida de último recurso, después de agotar las posibilidades de contar con una persona intérprete profesional o certificada que conozca la lengua y la cultura correspondiente.

    El reto tampoco corresponde únicamente a los juzgadores, una persona indígena puede tener contacto con el Estado primero a través de una policía, una fiscalía, una defensoría pública o una autoridad administrativa. Por ello necesitamos instituciones preparadas para identificar estas necesidades desde el primer momento, intérpretes suficientes y profesionalizados, mecanismos para localizarlos oportunamente y servidores públicos capacitados para comprender que la perspectiva intercultural no significa favorecer a una persona, sino impedir que sus circunstancias culturales o lingüísticas se conviertan en una desventaja para ejercer sus derechos.

    México no habla una sola lengua. México tiene muchas voces y todas forman parte de este país. Cuando hablamos de derechos lingüísticos, no hablamos solamente de traducción: hablamos de igualdad, de defensa, de debido proceso y de dignidad; hablamos del derecho de una persona a contar su historia en la lengua que aprendió de sus padres y a defender su libertad sin que el idioma se convierta en un obstáculo frente al Estado.

    La justicia no debe pedirle a nadie que cambie su voz para ser escuchado. Debe aprender a escuchar todas las voces de México.

    Porque cuando una persona pueda entrar a un juzgado, hablar en la lengua de sus raíces y saber que el Estado hará todo lo necesario para comprenderla, no habremos cumplido simplemente con una formalidad procesal. Habremos dado un paso para que la justicia deje de ser una institución que habla desde arriba y se convierta en una institución que verdaderamente escucha al pueblo al que sirve.

  • La falacia de la censura: Cuando el victimismo mediático atenta contra el derecho a la verdad

    La falacia de la censura: Cuando el victimismo mediático atenta contra el derecho a la verdad

    Los grandes imperios de la comunicación y sus voceros de turno construyeron un criterio inamovible, derivado de sus intereses, pretender que el derecho a informar era propiedad privada de quienes poseían un micrófono, una cámara o una red con millones de seguidores. Durante años se instaló un patrón en el que se esperaba que la ciudadanía escuchara, consumiera y guardara silencio. Hoy en un México soberano donde la verdad y la rendición de cuentas han recuperado su lugar en el espacio público, somos testigos de la incomodidad de quienes no toleran el escrutinio. El episodio reciente en el que la influencer y abogada Natalia Torres acusa una supuesta «censura» tras ser evidenciada en la conferencia matutina de la Presidenta de la República, no es más que una burda maniobra de manipulación mediática, disfrazada con el ropaje del victimismo.

    Como juzgadora penal federal y como mexicana comprometida con la justicia social y el Estado de Derecho, no puedo permanecer en silencio frente a la tergiversación de nuestra Constitución. Mi responsabilidad con la patria y con el pueblo me exige hablar con absoluta claridad jurídica: la narrativa de Torres no solo es falsa desde el punto de vista legal, sino que representa un ataque directo a los verdaderos derechos de las audiencias.

    En el marco de nuestra Constitución, de los tratados internacionales y de los Derechos Humanos, la censura previa tiene una definición clara. Ocurre únicamente cuando la autoridad impone medidas coercitivas para prohibir, decomisar, vetar o impedir con carácter previo la difusión de una idea o información (artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos).

    Para que realmente exista censura, debe mediar la fuerza del Estado cancelando el mensaje antes o durante su emisión. Contrastar una cifra, desmentir una afirmación engañosa o exhibir la inconsistencia de una postura pública jamás será censura. Es, por el contrario, el ejercicio pleno de la libertad de expresión, la transparencia y el derecho de réplica en una democracia viva.

    Ahora la narrativa de Natalia Torres parte de una premisa equivocada o de una conveniente estrategia discursiva al intentar equiparar la confrontación con datos al silenciamiento.

    Primero, el derecho a la información no constituye un privilegio exclusivo de quien comunica; es una garantía pensada para proteger a la sociedad y su derecho a recibir información veraz, plural y oportuna.

    Segundo, la verdad no admite concesiones. Tener un micrófono de amplio alcance no otorga inmunidad frente a la responsabilidad de informar con rigor. La verdad es un bien público que pertenece a todas y todos los mexicanos.

    Tercero, la rendición de cuentas es un principio universal; exigir precisión y sustento a quienes difunden información no restringe su libertad de expresión, sino que fortalece el derecho de la ciudadanía a no ser víctima de la desinformación ni del engaño deliberado.

    Existe una profunda carga clasista en la presunción de que el pueblo de México carece del discernimiento necesario para comprender el alcance de las leyes, identificar los sesgos en los contenidos informativos o formarse un juicio propio sobre los asuntos públicos. Sostener que la réplica de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, vulnera los derechos de la influencer Torres, constituye un insulto a la inteligencia de nuestra sociedad, pues parte de la premisa de que la ciudadanía es incapaz de valorar por sí misma los argumentos que escucha y las evidencias que se le presentan. Más aún, esa equiparación banaliza el verdadero significado de la censura y representa una falta de respeto a la memoria histórica de quienes sí padecieron el autoritarismo, fueron perseguidos, silenciados o incluso perdieron la vida por ejercer su libertad de expresión y defender la verdad.

    Como juzgadora de la Nación lo afirmo categóricamente: las aulas de la justicia y los espacios de discusión pública le pertenecen al pueblo soberano, no a las élites ni a los mercaderes de la información. Defender la verdad y el derecho de réplica no es un acto partidista; es la defensa firme de nuestro texto constitucional frente a quienes buscan sustituir el rigor informativo por el titular vendido.

    La función jurisdiccional se ejerce de cara a la ciudadanía, no de espaldas a ella. En un Estado democrático, la justicia trasciende la mera resolución de un expediente y asume una función social: comunica sus razones, fortalece la confianza pública y contribuye a la consolidación de una auténtica cultura jurídica. Una justicia que explica con claridad el fundamento de sus decisiones y se somete al escrutinio de la sociedad no debilita su autoridad; por el contrario, la legitima, la fortalece y la acerca a quienes está llamada a servir, el pueblo de México.

    El verdadero peligro para la democracia no surge cuando un gobernante ejerce su derecho de réplica; el peligro real radica en la normalización de la mentira disfrazada de periodismo. Si permitimos que el victimismo, la manipulación y las mentiras prevalezcan sobre la verdad, estaremos cediendo las libertades de la ciudadanía a grupos de poder que pretenden confundir la libertad de prensa con el derecho de imponer sus narrativas sin contraste ni responsabilidad. La ética en los medios no es una concesión voluntaria, sino una exigencia constitucional que protege al eslabón más vulnerable de la cadena informativa: el espectador, cuyo derecho a recibir información veraz constituye uno de los pilares esenciales de toda democracia.

    México ha cambiado, y sus instituciones tienen el deber de evolucionar con la misma convicción. La Constitución no es un documento inerte, ni un refugio para preservar privilegios o resistirse a la transformación democrática; es el pacto fundamental que da origen a las legítimas exigencias de una sociedad que reclama el pleno respeto al Estado de Derecho. La ciudadanía mexicana dejó atrás el papel de espectadora pasiva para afirmarse como una sociedad crítica, informada y plenamente consciente de sus derechos. Por ello, no puede permitirse que el victimismo, ni las narrativas construidas desde posiciones de poder confundan a quienes hoy exigen un debate público sustentado en hechos, responsabilidad y verdad.

    La verdadera libertad de expresión florece en la confrontación abierta de ideas, en el rigor jurídico y en el apego siempre a la verdad; el engaño y el mercantilismo mediático, por más que se revistan de causa noble o de persecución imaginaria, jamás serán un derecho.

    Porque lo que está en juego no es la narrativa de unos cuantos, sino el derecho de toda una nación a vivir informada con verdad. Y mientras exista una Constitución que la ampare, La dignidad de México jamás será negociable.

  • Los jueces también debemos tocar puertas

    Los jueces también debemos tocar puertas

    Durante décadas, el pueblo tocó las puertas de los juzgados para buscar justicia. Hoy las cosas han cambiado, hoy nos corresponde a los y las juzgadoras tocar las puertas del pueblo para explicar nuestra función como jueces y nuestra vocación por el servicio y justicia, así como rendir cuentas sobre nuestro labor.

    A lo largo del tiempo, se construyó la idea de que el Poder Judicial debía hablar únicamente a través de sus sentencias. Y es cierto que una resolución judicial, es la expresión más importante de la función jurisdiccional y que ningún discurso puede sustituir la fuerza de una decisión fundada en la Constitución y los Derechos Humanos.

    Pero también es cierto que, si la justicia nunca se explica, termina siendo una justicia distante, y una justicia distante difícilmente puede generar la confianza, el respeto y la autoridad, que legitima y necesita cualquier servidor público, para el correcto desempeño de su labor.

    La independencia judicial no significa vivir aislados de la sociedad. Significa resolver sin presiones, sin intereses ajenos al derecho y sin deberle favores a nadie. Esa independencia no se debilita cuando un juzgador escucha a la ciudadanía, explica el alcance de sus funciones o informa sobre los resultados de su trabajo. Al contrario, se fortalece, porque la legitimidad de las instituciones también se construye con transparencia, con empatía y generando una confianza directa con las personas.

    Sin embargo, durante muchos años se alimentó una percepción equivocada y que no tiene futuro en lo que hoy exige y necesita México: que los jueces sólo aparecíamos cuando dictábamos una sentencia o cuando alguna resolución ocupaba los titulares de los medios de comunicación. Ya que entre un expediente y otro parecía existir un muro infranqueable entre la sociedad y quienes impartían justicia. Ese muro no siempre fue producto de la desconfianza; muchas veces también fue consecuencia de la falta de comunicación. Esa realidad debe cambiar.

    No para convertir a los juzgadores en actores políticos, ni para buscar popularidad, ni mucho menos para someter nuestras decisiones ante la presión mediática. Una autoridad judicial, jamás puede decidir por aplausos o por encuestas. Pero sí puede  y debe, explicar cuál es su función jurisdiccional, cómo desempeña su engargo, que criterios jurídicos tiene, cuales son los resultados que ha tenido es su trabajo y por qué el respeto a la Constitución y a los Derechos Humanos protege a todas las personas, incluso cuando una resolución resulte incómoda o impopular a simple vista.

    Como jueza de Distrito en materia penal he asumido esa responsabilidad con absoluta convicción. He participado en diversos foros ciudadanos, universidades, he salido a las calles y he regresado a Azcapotzalco, una de las alcaldías que me otorgó su confianza mediante el voto para desempeñar esta enorme responsabilidad constitucional. Y No regresé para hacer campaña, tampoco para buscar reconocimiento personal. Regresé para rendir cuentas y cumplir con un compromiso que adquirí en mi campaña, el estar cerca de la gente, el generar en la medida de mis posibilidades y sin afectar mis funciones jurisdiccionales cultura jurídica en las y los mexicanos.

    Les expliqué a las y los ciudadanos cuál es la función de un juzgado de distrito en materia penal; cómo se protege el debido proceso; por qué un juez está obligado a respetar los derechos tanto de las víctimas como de las personas imputadas; cuál es significado real del juicio de amparo indirecto, cuáles han sido los avances del Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Penal, etc. La ciudadanía tiene derecho a conocer esos resultados, a saber, quienes somos, a conocer nuestra vocación de servicio, a que les expliquemos porque los juzgadores tienen una función trascendental en sus vidas.

    Durante el mes de marzo, el Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Penal registró 194 egresos, colocándose entre los órganos jurisdiccionales con mejores resultados en productividad. Pero detrás de ese dato que puede parecer sin importancia, frívolo, o que son simples estadísticas administrativas. Se traduce en un esfuerzo enorme y muchos retos que enfrentaron los titulares para obtener buenos resultados; pero aún más importante, hay justiciables que dejaron de esperar una resolución, familias que obtuvieron una respuesta del Estado, víctimas que recibieron una decisión y personas sujetas a proceso que pudieron conocer oportunamente el sentido de una resolución judicial y llevar un adecuado proceso.

    La productividad no consiste únicamente en resolver más asuntos. Consiste en comprender que detrás de cada expediente hay una historia humana que no puede permanecer indefinidamente en espera de justicia.

    Sin embargo, esos resultados, por importantes que sean, no bastan por sí solos para fortalecer la confianza ciudadana. Las personas tienen derecho a saber cómo trabaja el Poder Judicial, cuáles son sus límites, qué puede resolver un juez y qué corresponde a otras autoridades. Una sociedad informada es mucho menos vulnerable a la desinformación y mucho más capaz de defender el Estado de derecho y sobre poder proteger sus derechos.

    Por ello celebro que cada vez más juezas, jueces, magistradas y magistrados estemos convencidos de que la impartición de justicia también requiere presencia en el territorio. No para sustituir el trabajo jurisdiccional, sino para acercar el conocimiento jurídico a quienes durante muchos años vieron al Poder Judicial como una institución lejana e inaccesible.

    La justicia de territorio no significa resolver fuera de los tribunales. Significa llevar cultura jurídica a las personas, donde antes sólo llegaban rumores, prejuicios o información incompleta. El generar cultura jurídica puede comenzar con visitar universidades, colonias, espacios comunitarios y foros ciudadanos para explicar qué hacemos y por qué lo hacemos.

    México necesita una ciudadanía que conozca sus derechos antes de que le sean vulnerados; que entienda qué hace un juez federal antes de emitir un juicio sobre su trabajo; que sepa distinguir entre una resolución que puede ser impopular y una resolución que es ilegal. Esas distinciones no son menores, ya que la confianza, el respeto y la confianza de las personas es indispensable para que exista, la fortaleza que necesitan nuestras instituciones.

    Muchos jueces y magistrados seguiremos recorriendo las calles, asistiendo a foros y estando en contacto con los justiciables, para dialogar con la ciudadanía y construir una auténtica cultura jurídica. Será un esfuerzo permanente, compatible con nuestra independencia y con el deber de imparcialidad que impone la Constitución. Ya que escuchar a la sociedad no significa decidir conforme a la opinión pública; significa entender mejor la realidad sobre la que el derecho despliega sus efectos. El derecho siempre va un paso atrás de la realidad.

    México atraviesa una etapa inédita para el Poder Judicial, por ello, la cercanía con la ciudadanía debe convertirse en una práctica institucional. La confianza pública no puede exigirse; debe ganarse todos los días con trabajo, transparencia y resultados.

    Como jueza penal federal he aprendido que la legitimidad de una resolución no depende de la cantidad de elogios o críticas que reciba. Depende de que pueda sostenerse jurídicamente, de que respete los derechos humanos y de que encuentre siempre sustento en la Constitución. Pero también he aprendido que una sentencia que nadie entiende difícilmente fortalece la confianza en las instituciones.

    Los jueces no podemos conformarnos con impartir justicia; también debemos contribuir a que las personas comprendan por qué esa justicia existe y cómo protege su libertad. La cultura jurídica no puede solo pertenecer a los abogados y especialistas. Debe convertirse en una herramienta de ciudadanía, porque un pueblo que conoce sus derechos también sabe defenderlos.

    La grandeza de México no depende únicamente de sus leyes. Depende de que sus instituciones sean capaces de acercarse a la gente sin perder su independencia, de rendir cuentas sin renunciar a su autonomía y de ejercer el poder con la humildad de quien nunca olvida que toda autoridad existe para servir a la Nación.

  • ¿Por qué la verdadera justicia solo puede ser de izquierda?

    ¿Por qué la verdadera justicia solo puede ser de izquierda?

    Después de muchos años dedicada al derecho penal y hoy desde mi responsabilidad como jueza penal federal, he llegado a una convicción que, estoy segura, provocará debate: los expedientes penales también cuentan la historia de un país. No hablan de partidos políticos ni de campañas electorales, pero sí revelan cómo viven las personas, cuáles fueron sus oportunidades y, muchas veces, qué tan cerca o qué tan lejos estuvo el Estado cuando más lo necesitaban.

    Detrás de una carpeta de investigación existen víctimas que esperan justicia, personas imputadas que enfrentan el poder punitivo del Estado y familias enteras cuya vida cambia a partir de una resolución judicial. Con el paso de los años he aprendido que un expediente rara vez trata únicamente sobre un delito. También refleja desigualdad, abandono, abuso de poder o, en el otro extremo, privilegios que permiten enfrentar el sistema de justicia en condiciones muy distintas. Esa realidad alimenta lo que muchas personas identifican como un derecho selectivo, uno de los mayores desafíos para la credibilidad de nuestras instituciones.

    La Constitución establece que todas las personas somos iguales ante la ley. Como jueza, ese principio guía cada una de mis decisiones y no admite excepciones. Sin embargo, la propia Constitución también reconoce que la igualdad no puede quedarse en una declaración escrita. Al proteger la dignidad humana, los derechos sociales y el principio de igualdad sustantiva, nos recuerda que la justicia no consiste únicamente en aplicar una norma, sino en garantizar que todas las personas puedan ejercer realmente los derechos que esa norma reconoce.

    Esa diferencia entre igualdad formal e igualdad real se aprecia todos los días en materia penal. No enfrenta un proceso en las mismas condiciones quien puede contratar una defensa altamente especializada, ofrecer peritajes privados y sostener un litigio durante años, que quien depende exclusivamente de una defensoría pública con una enorme carga de trabajo o incluso llega a una audiencia sin comprender plenamente el procedimiento que enfrenta. La ley es la misma para ambos; las condiciones para ejercer sus derechos, no.

    Quienes trabajamos todos los días en un juzgado penal terminamos advirtiendo una realidad incómoda: el delito no surge en el vacío. Con frecuencia aparece en contextos marcados por la pobreza, la desintegración familiar, el abandono escolar, las adicciones o la ausencia de oportunidades. Reconocer esa realidad no significa justificar la conducta delictiva ni desconocer el derecho de las víctimas a obtener justicia. Quien comete un delito debe responder conforme a la ley. Pero si el Estado únicamente interviene cuando el delito ya ocurrió y no analiza las condiciones que favorecieron su aparición, difícilmente podrá construir una justicia completa. Cuando la ciudadanía percibe que la justicia responde dependiendo del poder económico o político de quienes son investigados, la confianza en el Estado de derecho se debilita.

    La experiencia dentro de un juzgado deja una enseñanza difícil de ignorar: la pobreza no constituye un delito, pero la desigualdad aparece una y otra vez en los expedientes. Esto no significa que las personas con menos recursos sean más propensas a delinquir, ni que quienes cuentan con mayores posibilidades económicas estén al margen de la ley. Significa que las condiciones sociales también influyen en la manera en que las personas llegan al sistema de justicia y en los recursos con los que cuentan para enfrentarlo.

    Por eso considero insuficiente entender la justicia únicamente como la aplicación idéntica de una norma. Nadie elige el lugar donde nace, la educación que recibe, el entorno en el que crece o las oportunidades que tendrá para desarrollar su proyecto de vida. Ignorar esas diferencias puede conducir a una igualdad meramente formal, incapaz de responder a las profundas brechas que todavía existen en nuestro país.

    En materia penal, esta visión constitucional se refleja en principios como la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho a una defensa adecuada y la proporcionalidad de las penas. Ninguno de ellos existe para favorecer la impunidad. Existen para recordar que el poder del Estado también debe tener límites y que la justicia pierde legitimidad cuando olvida la dignidad de las personas.

    En estos primeros meses impartiendo justicia, estoy convencida de que un juez no sólo debe conocer la ley; también debe comprender la realidad sobre la que esa ley actúa. La imparcialidad no consiste en ignorar el contexto, sino en aplicar el derecho con objetividad, teniendo siempre presente que detrás de cada expediente hay personas, no estadísticas.

    Una justicia auténticamente transformadora busca reducir desigualdades, ampliar el acceso a los derechos y colocar la dignidad humana en el centro de toda decisión pública. Si esos principios han sido históricamente identificados con una visión progresista o de izquierda, no es porque pertenezcan exclusivamente a una ideología, sino porque expresan una convicción profundamente constitucional: que el derecho debe servir para proteger a las personas y construir una sociedad más igualitaria, no únicamente para administrar las diferencias existentes.

    En el ámbito penal, la presunción de inocencia, el derecho a un debido proceso y el juicio justo no fueron creados para proteger delincuentes; fueron establecidos para impedir que el Estado utilice su poder de manera arbitraria contra cualquier persona. El respeto a estas garantías no protege al delito: protege a la ciudadanía frente al abuso de autoridad.

    Como jueza penal federal jamás dictaré una sentencia basada en ideologías. Mis decisiones se fundamentan y se fundamentarán siempre en la Constitución, los tratados internacionales y la ley. Pero mi trabajo también me ha enseñado que para impartir justicia es necesario mantener los ojos abiertos frente a la realidad social. Ignorar la desigualdad no vuelve imparcial a un juez; simplemente limita su capacidad para comprender el contexto en el que aplica el derecho.

    La verdadera justicia no consiste en aplicar la ley de manera automática sin observar las consecuencias humanas de las decisiones. Consiste en construir un país donde la libertad no sea un privilegio, donde la igualdad deje de ser una aspiración y donde la dignidad humana tenga más valor que el dinero o las influencias.

    La justicia deja de ser justa cuando se limita a tratar como iguales a quienes la vida ha colocado en condiciones profundamente desiguales. La verdadera justicia no puede ser una simple operación mecánica de aplicar normas; debe tener la capacidad de mirar la realidad, reconocer las brechas existentes y actuar para que los derechos dejen de ser privilegios reservados para unos cuantos.

    Porque una sociedad no se mide únicamente por la fuerza con la que castiga a quien infringe la ley, sino por la capacidad que tiene para proteger a quienes históricamente han quedado atrás, para limitar los abusos del poder y para garantizar que la dignidad humana esté por encima del dinero, los privilegios o las influencias.

    Como jueza penal federal sé que la justicia no puede tener partido, pero también sé que la Constitución mexicana nació de una profunda convicción social: que el Estado no puede ser indiferente frente a la desigualdad. Que la libertad sin igualdad real puede convertirse en una promesa vacía. Que los derechos sólo tienen sentido cuando alcanzan a todas las personas, especialmente a quienes durante décadas han tenido menos oportunidades para hacerlos valer.

    Por eso, cuando hablamos de una justicia verdaderamente transformadora, hablamos de una justicia que no administra las desigualdades, sino que busca superarlas; que no protege privilegios, sino derechos; que no observa la injusticia desde la distancia, sino que trabaja para corregirla.

    Por ello sostengo que la verdadera justicia siempre camina hacia la izquierda: porque en su esencia más profunda no busca conservar las diferencias que existen, sino construir las condiciones para que todas las personas puedan vivir con la misma dignidad.

  • La verdadera transformación también se mide por los derechos de las mujeres

    La verdadera transformación también se mide por los derechos de las mujeres

    Cuando se habla de la Cuarta Transformación, casi siempre la conversación gira alrededor de la política, los programas sociales, las obras públicas o las elecciones. Es normal, son temas que ocupan los titulares todos los días. Sin embargo, pocas veces nos detenemos a hacer una pregunta mucho más sencilla y, al mismo tiempo, mucho más importante: ¿cómo sabemos si un país realmente está cambiando?

    Desde mi perspectiva, la respuesta no está solamente en los indicadores económicos ni en los discursos de quienes gobiernan. Una transformación verdadera se refleja en la vida cotidiana de las personas, especialmente de aquellas que durante muchos años permanecieron invisibles para el Estado.

    Por eso, si queremos evaluar con honestidad y objetividad cualquier proyecto de nación, incluida la Cuarta Transformación, inevitablemente tenemos que hablar de las mujeres y de las niñas.

    Es justo reconocer que durante los últimos años este tema adquirió una relevancia que antes no tenía. La igualdad sustantiva dejó de ser una conversación exclusiva de especialistas y comenzó a ocupar un lugar en el debate público. Hoy se habla con mayor claridad de violencia de género, de feminicidio, de violencia vicaria, de brechas salariales y de derechos reproductivos, pero solo hablarlo o estar conscientes no significa que el problema desaparezca. Por otro lado, también se fortalecieron políticas públicas dirigidas a salvaguardar a las mujeres, que históricamente habían permanecido al margen de muchas decisiones del Estado. Ese avance existe y negarlo sería injusto.

    Pero reconocerlo tampoco significa cerrar los ojos frente a lo mucho que aún falta por hacer.

    Porque la verdadera transformación no ocurre cuando una causa llega al discurso político. Ocurre cuando esa causa llega a las instituciones y cambia la vida de las personas. Ahí todavía existe una enorme deuda.

    Como jueza en materia penal he aprendido que los expedientes nunca cuentan únicamente una historia jurídica. Detrás de cada carpeta de investigación, de cada expediente judicial, hay personas, hay niñas cuya infancia terminó demasiado pronto; mujeres que soportaron años de violencia antes de encontrar el valor para denunciar; madres que siguen buscando justicia para sus hijas y familias que depositan en las instituciones la esperanza de encontrar una respuesta, que muchas veces no llega.

    Es imposible conocer esas historias y pensar que el problema ya está resuelto.

    Durante décadas normalizamos conductas que jamás debieron parecer normales. Se minimizó la violencia familiar, se cuestionó la palabra de las víctimas de violencia sexual y se les exigieron explicaciones que nunca se les habrían pedido a otros. Poco a poco esa cultura ha comenzado a cambiar, pero todavía persiste en muchos espacios. Y aún más cuando vemos en nuestras instituciones que prevalece el derecho selectivo y no la real, efectiva y verdadera justicia para todas.

    Precisamente por eso existe la perspectiva de género.

    Lamentablemente, todavía hay quienes creen que se trata de un privilegio para las mujeres o de una herramienta para favorecerlas automáticamente en un juicio. Nada más alejado de la realidad.

    La perspectiva de género no sustituye las pruebas, no elimina la presunción de inocencia, ni autoriza sentencias arbitrarias. Lo que exige es que quienes impartimos justicia seamos capaces de advertir cuándo una desigualdad histórica puede influir en la forma en que valoramos los hechos o aplicamos la ley.

    No se trata de dejar de ser imparciales. Se trata, justamente, de alcanzar una imparcialidad real.

    Sin embargo, también sería deshonesto afirmar que ese estándar ya se aplica de manera uniforme en todos los órganos encargados de impartir justicia. Sigue existiendo la violencia institucional hacia las mujeres, sin importar su condición o clase social.

    Todavía existen resoluciones que dejan de lado los criterios desarrollados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por los tratados internacionales en materia de protección de los derechos de las mujeres. Todavía encontramos decisiones que reproducen estereotipos, que analizan los casos sin considerar el contexto de violencia o que imponen a las víctimas cargas que la propia jurisprudencia ha considerado inadmisibles.

    Lo digo no solamente desde mi experiencia profesional.

    También desde una experiencia profundamente personal.

    Hace algunos años fui víctima de violencia sexual. Como cualquier otra mujer, acudí a las instituciones esperando que el Derecho me protegiera. Y aun desempeñando hoy el cargo de jueza de Distrito en materia penal, he conocido lo que significa enfrentar resoluciones que, desde mi perspectiva, no aplican plenamente los estándares de perspectiva de género construidos por nuestra Suprema Corte.

    Lo menciono porque demuestra que este problema no distingue profesiones, cargos públicos ni trayectorias. Si una servidora pública puede enfrentar obstáculos para acceder a una tutela judicial con perspectiva de género, resulta inevitable preguntarnos cuántas mujeres viven la misma situación sin contar con conocimientos jurídicos, sin recursos económicos o sin una red de apoyo.

    No escribo estas líneas para hablar de mi caso. Lo hago porque estoy convencida de que las experiencias personales también pueden servir para evidenciar las tareas que el Estado todavía tiene pendientes.

    La justicia no puede depender de la sensibilidad individual de quien resuelve un asunto. Debe descansar en instituciones sólidas, en criterios uniformes y en una capacitación permanente que permita que los principios constitucionales se conviertan en una práctica cotidiana. Ese es uno de los grandes desafíos de nuestro tiempo.

    Las mujeres no necesitan privilegios.

    Necesitan investigaciones profesionales, ministerios públicos capacitados, policías que preserven adecuadamente las pruebas, peritos suficientes, asesoría jurídica de calidad y tribunales independientes que apliquen la Constitución con absoluto rigor, sin permitir que despachos corruptos o autoridades incompetentes, logren manipular el sistema jurídico en contra de mujeres que sufren violencia.

    Necesitan saber que cuando denuncien serán escuchadas, no juzgadas.

    Necesitan confiar en que el acceso a la justicia no dependerá de su condición económica, de su profesión, de su apellido o de la repercusión mediática de su caso.

    Por eso creo que la agenda de los derechos de las mujeres no puede pertenecer a un partido político ni agotarse en un sexenio. Debe convertirse en una política de Estado.

    Reconocer los avances alcanzados durante los últimos años no significa renunciar a la crítica. Al contrario. Las instituciones democráticas se fortalecen cuando existe la capacidad de reconocer aquello que funciona y, al mismo tiempo, aceptar aquello que todavía debe corregirse.

    Porque ninguna transformación está terminada mientras una niña siga teniendo miedo de regresar sola a su casa. Mientras una mujer tenga que pensar dos veces antes de denunciar. Mientras una víctima de violencia deba librar primero una batalla contra los prejuicios del sistema antes que contra su agresor.

    Los derechos de las mujeres no son patrimonio de ningún gobierno, de ningún partido ni de ninguna ideología. Son una conquista constitucional que debe defenderse todos los días.

    Y quizá esa sea la prueba más importante para cualquier proyecto que aspire a transformar a México: no el número de reformas aprobadas, ni el tamaño de las obras construidas, sino la capacidad de lograr que cada mujer y cada niña puedan vivir libres de violencia y con la certeza de que, cuando necesiten justicia, encontrarán instituciones que las escuchen, las protejan y resuelvan conforme a la Constitución, no conforme a prejuicios.

    Solo entonces podremos decir, con toda honestidad, que la transformación dejó de ser una promesa para convertirse en una realidad.

  • EL COMBATE A LA IMPUNIDAD EN EL CASO GILDA LOZOYA: JUSTICIA SIN PRIVILEGIOS Y CON APEGO A LA CONSTITUCIÓN

    EL COMBATE A LA IMPUNIDAD EN EL CASO GILDA LOZOYA: JUSTICIA SIN PRIVILEGIOS Y CON APEGO A LA CONSTITUCIÓN

    Es un caso que confirma que en México hoy se realizan esfuerzos históricos para abatir la impunidad de la que durante años gozaron exfuncionarios y sus cómplices, incluidos familiares, durante la etapa del neoliberalismo en el país. Durante ese periodo, amplios sectores de la sociedad percibieron que el poder político y económico generaba redes de protección que dificultaban la investigación y sanción de actos de corrupción de gran escala. Hoy, independientemente del desenlace judicial que corresponda en cada expediente, el hecho de que las instituciones investiguen y sometan a proceso a personas que durante mucho tiempo parecían intocables constituye un mensaje claro: el combate a la impunidad debe alcanzar a todos, sin distingos, pero siempre dentro de los límites que impone la Constitución.

    El caso de Gilda Lozoya vuelve a poner el dedo en la llaga y pone a prueba la madurez y los avances del sistema penal acusatorio mexicano. Más allá de la relevancia política y mediática del asunto, este proceso refleja que las instituciones de procuración e impartición de justicia hoy enfrentan investigaciones que durante años parecían inalcanzables, incluso cuando involucran a familiares de altos exfuncionarios. Al mismo tiempo, este caso obliga a preguntarnos: ¿para qué sirven realmente las medidas cautelares?

    La hermana del exdirector de Pemex enfrenta una imputación muy delicada por operaciones con recursos de procedencia ilícita dentro del caso Agronitrogenados. De acuerdo con la Fiscalía General de la República, Gilda habría participado presuntamente en una triangulación de aproximadamente 3.4 millones de dólares para la adquisición de un inmueble en la alcaldía Álvaro Obregón. Después de una audiencia inicial de más de diez horas, la jueza electa Norma Ileana García Peralta, respetando los derechos fundamentales de la imputada y con pleno apego al orden constitucional, determinó que Gilda Lozoya continuará su proceso en libertad, pero bajo diversas medidas cautelares: firma periódica ante la autoridad, colocación de un localizador electrónico, entrega del pasaporte y prohibición para salir de la zona metropolitana y del territorio nacional.

    La resolución, que puede resultar hasta cierto punto impopular, generó opiniones encontradas. Para algunos, permitir que una persona imputada por lavado de dinero enfrente el proceso en libertad representa un acto de impunidad o incluso de corrupción. Sin embargo, precisamente porque hoy existe una investigación seria y una imputación formal en un caso de alto impacto, conviene distinguir entre impunidad y respeto al debido proceso. Combatir la impunidad no significa desconocer los derechos fundamentales de quien enfrenta un proceso penal. Por el contrario, significa demostrar que incluso los casos más emblemáticos pueden conducirse conforme a la Constitución y no bajo la lógica de la condena anticipada.

    El artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es muy claro al establecer que la prisión preventiva constituye una medida excepcional y no una regla general. No se trata de una pena anticipada, y esa diferencia debe ser comprendida por toda la sociedad.

    Asimismo, los artículos 155 y 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales disponen que el juez debe privilegiar la medida cautelar menos restrictiva posible, siempre que sea suficiente para garantizar la comparecencia del imputado al proceso, evitar la obstaculización de la investigación, proteger a la víctima, a los testigos o a la comunidad y asegurar el cumplimiento de una eventual sentencia.

    Este principio de mínima intervención no representa un beneficio para quien enfrenta un proceso penal; constituye una garantía esencial de todo Estado constitucional de derecho. La prisión preventiva no fue diseñada para satisfacer la exigencia social de castigo, sino para neutralizar riesgos procesales, como la afectación a la víctima, la obstaculización del procedimiento o la posibilidad de fuga de la persona imputada. Sin embargo, evitar esos riesgos no significa que la prisión preventiva deba ser la única opción. Por el contrario, debe ser el último recurso cuando ninguna otra medida resulte suficiente para cumplir con esas finalidades.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la prisión preventiva es la medida cautelar más gravosa dentro del proceso penal y, por ello, únicamente resulta constitucional cuando ninguna otra medida menos restrictiva permite alcanzar los fines del procedimiento. En la misma línea, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado, en asuntos como Suárez Rosero vs. Ecuador, Bayarri vs. Argentina y Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México, que la prisión preventiva no puede utilizarse como una pena anticipada ni justificarse por la presión mediática o por el interés público que genere un caso.

    La autoridad judicial no puede imponer prisión preventiva únicamente porque Gilda Lozoya sea hermana del exdirector de Pemex o por los prejuicios que existan en torno al caso. Resolver conforme a derecho fortalece la legitimidad del combate a la impunidad, pues demuestra que el Estado puede investigar y procesar a personas vinculadas con antiguos círculos de poder sin renunciar a los principios constitucionales que rigen todo proceso penal.

    También queda demostrado que las instituciones de justicia tienen hoy la oportunidad de consolidar una transformación profunda: dejar atrás un sistema en el que durante años coexistieron la impunidad para algunos y el abuso del poder punitivo para otros. La legitimidad de ese cambio dependerá de que las decisiones judiciales se expliquen con claridad y se sustenten siempre en la Constitución, no en presiones políticas o mediáticas.

    El debate jurídico sobre el caso Gilda Lozoya no debería centrarse exclusivamente en determinar si fue correcta o incorrecta la decisión de permitir que enfrentara el proceso en libertad. La verdadera discusión consiste en identificar cuáles son las medidas más eficaces para impedir la sustracción de la justicia, garantizar el desarrollo del proceso y asegurar, en su caso, la reparación del daño.

    En delitos patrimoniales y financieros, como las operaciones con recursos de procedencia ilícita, el riesgo procesal no siempre radica únicamente en la posibilidad física de abandonar el país. Con frecuencia, el mayor riesgo deriva de la capacidad económica de la persona imputada para movilizar recursos, ocultar activos, financiar una eventual evasión, impedir que el Estado recupere los bienes vinculados con la conducta investigada o incluso utilizar estructuras de corrupción para influir indebidamente en las autoridades.

    Por ello, además de las medidas cautelares personales impuestas por la autoridad judicial, resulta fundamental analizar, cuando corresponda, la imposición de medidas cautelares de carácter real, como el aseguramiento de cuentas bancarias, la inmovilización de activos, el embargo precautorio de bienes y la fijación de garantías económicas suficientemente robustas. Estos mecanismos permiten neutralizar el riesgo patrimonial sin afectar de manera desproporcionada el derecho a la libertad personal. Además, no sólo dificultan una eventual fuga, sino que preservan bienes que podrían destinarse a la reparación del daño en caso de una sentencia condenatoria.

    En un país donde durante años prevaleció un modelo que permitió que numerosos casos de corrupción permanecieran impunes y donde la cercanía con el poder político frecuentemente representó un escudo frente a la acción de la justicia, resulta indispensable que el combate a la impunidad alcance también a quienes antes parecían intocables. Ese legado de privilegios, asociado por muchos al periodo neoliberal, sólo podrá superarse mediante instituciones fuertes que investiguen sin excepción y juzguen sin favoritismos. Sin embargo, ese esfuerzo perdería legitimidad si las decisiones judiciales dejaran de responder a criterios constitucionales y legales para atender únicamente la presión mediática. La igualdad ante la ley exige rechazar tanto el populismo punitivo como cualquier trato privilegiado que permita a quienes cuentan con mayor poder económico sustraerse de la acción de la justicia.

    El combate a la impunidad no comienza ni termina con la prisión preventiva. Comienza cuando el Estado es capaz de investigar a quienes durante años permanecieron fuera del alcance de la justicia y continúa cuando ese proceso se desarrolla con pleno respeto a las garantías constitucionales. En investigaciones por operaciones con recursos de procedencia ilícita, esa justicia no necesariamente se alcanza privando de la libertad a la persona imputada, sino asegurando los recursos económicos que podrían facilitar una eventual evasión y preservando el patrimonio que, en su caso, deberá responder frente a la sociedad.

    El verdadero reto no consiste únicamente en decidir quién merece una celda, sino en demostrar que ningún apellido, vínculo familiar o posición política puede colocar a una persona por encima de la ley. La justicia será verdaderamente transformadora cuando sea capaz de romper con las inercias de impunidad heredadas del periodo neoliberal, pero también cuando lo haga respetando escrupulosamente la Constitución, el debido proceso y los derechos humanos. Porque cuando un juez protege los derechos de una persona imputada no está otorgando impunidad; está garantizando que la ley se aplique con la misma fuerza y bajo las mismas reglas para todos.

    Romper con las inercias de impunidad heredadas del periodo neoliberal exige instituciones fuertes, ministerios públicos profesionales y jueces independientes. También exige comprender que el respeto al debido proceso no protege a una persona en particular; protege a todos los ciudadanos frente al ejercicio arbitrario del poder.

    Por: Jueza Amarande Riojas Orozco
    Maestra en Gobierno y Políticas Públicas por la Universidad Panamericana

  • La verdad también debe exigirse a los medios de comunicación

    La verdad también debe exigirse a los medios de comunicación

    En una democracia, los medios de comunicación desempeñan una función indispensable. Informan, cuestionan al poder y contribuyen a la formación de la opinión pública. Precisamente por esa enorme responsabilidad, su principal obligación debería ser una sola: publicar hechos comprobados.

    Lo ocurrido recientemente con El Universal demuestra por qué ese principio nunca puede relajarse. El diario publicó una supuesta entrevista de Carlos Monsiváis con expresiones atribuidas al escritor sobre el expresidente Andrés Manuel López Obrador y, posteriormente, tuvo que retirarla al reconocer que no podía acreditar su autenticidad.

    No se trató únicamente de una rectificación editorial. Vale la pena preguntarnos cuántas personas ya habían leído, compartido y dado por cierta esa información antes de que el propio medio admitiera que no podía sostenerla. Para entonces, el daño ya estaba hecho.

    Este episodio confirma que la desinformación no proviene únicamente de cuentas anónimas en redes sociales. También puede originarse en medios tradicionales de enorme alcance, cuando el afán de sostener una narrativa termina desplazando la obligación elemental de verificar los hechos antes de publicarlos.

    Desde hace años, diversos medios con una línea editorial conservadora han mantenido una postura particularmente crítica frente a los gobiernos de izquierda. Esa posición es legítima y forma parte del pluralismo democrático. Lo que deja de ser aceptable es que la línea editorial prevalezca sobre el rigor periodístico. Una democracia necesita medios críticos, pero también responsables; medios que cuestionen al poder sin renunciar a la verdad.

    La crítica nunca debe construirse sobre información cuya autenticidad no puede demostrarse. Cuando eso ocurre, el periodismo pierde autoridad moral y la ciudadanía pierde confianza. Las consecuencias de una publicación falsa, incompleta o insuficientemente corroborada pueden ser profundas e irreversibles.

    Como jueza electa en materia penal, conozco bien el valor de la prueba. En un tribunal nadie puede ser condenado con rumores, percepciones o documentos cuya autenticidad no está acreditada. La presunción de inocencia es uno de los pilares del Estado de Derecho y constituye una garantía frente al abuso del poder. Ese mismo principio de prudencia y responsabilidad debería inspirar el ejercicio periodístico. Antes de afirmar, es indispensable corroborar.

    Lo digo también desde la experiencia personal, ya que fui objeto de publicaciones en las que algunos medios afirmaron o insinuaron que había dejado en libertad a un feminicida. Esa versión se difundió ampliamente y generó una percepción equivocada sobre mi actuación como jueza electa. Sin embargo, omitía un hecho fundamental: esa persona nunca recuperó su libertad y actualmente existe una sentencia condenatoria de 45 años de prisión en su contra. Ese dato, indispensable para comprender el caso en su totalidad, prácticamente desapareció del debate público.

    No se trata de una defensa personal. Se trata de evidenciar cómo la información parcial también desinforma. No siempre es necesario publicar una mentira; en ocasiones basta con omitir los hechos relevantes para conducir al lector hacia una conclusión equivocada.

    Ese tipo de coberturas no sólo afecta la reputación de las personas involucradas. También deteriora la confianza ciudadana en las instituciones y en quienes las integran. Cuando se desacredita a juezas y jueces mediante información incompleta o fuera de contexto, el debate público deja de sustentarse en los hechos y comienza a construirse sobre percepciones.

    El caso de El Universal debería abrir una discusión que durante mucho tiempo se ha evitado. Así como los medios exigen transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad a los poderes públicos, la sociedad también tiene derecho a exigirles el mismo estándar de rigor, ética y profesionalismo.

    La libertad de expresión no está en debate. Es uno de los pilares de nuestra democracia. Lo que sí debe debatirse es la responsabilidad con la que se ejerce. Tener una línea editorial, sea de izquierda, de centro o de derecha, es completamente legítimo. Lo que nunca será legítimo es presentar como verdad aquello que no ha sido verificado o difundir sólo la parte de la historia que conviene a una determinada narrativa.

    En los tribunales, una sola prueba insuficiente puede significar la absolución de un culpable o la condena de un inocente. Por eso el Derecho exige pruebas antes de emitir un juicio. Quizá ha llegado el momento de exigir el mismo estándar a quienes tienen el poder de informar. Porque en una democracia, la verdad no debe ser una opción editorial: debe ser una obligación ética.