Etiqueta: SCJN

  • Mancera quería cobrarle 5 mmdp al ISSSTE y se queda con las ganas; SCJN frena el pago

    Mancera quería cobrarle 5 mmdp al ISSSTE y se queda con las ganas; SCJN frena el pago

    Lenia Batres revela que la Corte anuló el intento del exjefe de Gobierno de cobrar predial a inmuebles federales destinados a salud pública.

    La ministra Lenia Batres Guadarrama exhibió el intento del exjefe de Gobierno Miguel Ángel Mancera de cobrar más de 5 mil 800 millones de pesos al ISSSTE, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinara que dichos inmuebles están exentos del impuesto predial por su carácter público.

    El fallo se basa en el artículo 122 constitucional, que protege los bienes federales destinados a servicios públicos. Con ello, la Corte echó abajo la estrategia fiscal impulsada desde 2017 por la administración de Mancera, que buscaba recaudar una suma equivalente a más del 20% del predial estimado para la CDMX en 2026.

    Batres no dejó pasar el dato y lo puso en contexto: el monto que pretendía cobrar el exmandatario capitalino supera incluso presupuestos completos como el del Senado o la propia Corte. Un intento que, visto hoy, suena más a desesperación recaudatoria que a política fiscal seria.

    El caso, derivado del amparo en revisión 5829/2025, fue resuelto por mayoría en la SCJN, que además ordenó revisar si todos los inmuebles del ISSSTE cumplen con el uso público requerido para mantener la exención. En contraste, el Instituto sí deberá pagar por derechos de agua, mientras que el tema del impuesto sobre nómina seguirá en análisis.

    Cabe recordar que el gobierno de Mancera no solo buscó cobrar predial, sino también impuestos sobre nómina y servicios, en una ofensiva que ahora queda en entredicho tras la resolución judicial. La Corte también precisó que corresponde a la autoridad local probar qué bienes pueden ser gravados, no al instituto.

    Así, mientras la SCJN corrige el rumbo legal, queda la imagen de un exjefe de Gobierno que quiso hacer caja con recursos destinados a la salud pública. Ni cómo ayudarle.

  • Yasmín Esquivel defiende libertad de expresión en fallo de la SCJN

    Yasmín Esquivel defiende libertad de expresión en fallo de la SCJN

    La Corte invalidó una parte del Código Penal de Sinaloa al considerar que podía castigar injustamente a periodistas por difundir contenidos de terceros.

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó parcialmente el artículo 189 del Código Penal de Sinaloa, al determinar que castigar a quienes difundan expresiones de odio resulta ambiguo y pone en riesgo la libertad de expresión. La resolución marca un precedente clave en el equilibrio entre sanción penal y derechos fundamentales.

    Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el proyecto al señalar que la norma podía tener un efecto inhibidor, especialmente para periodistas y comunicadores. Explicó que difundir información sobre actos discriminatorios podría colocar a estos profesionales en riesgo de ser sancionados penalmente.

    La porción invalidada sancionaba a quien “apoye a difundir” expresiones de odio, violencia o discriminación. Para la Corte, esta redacción era demasiado amplia e imprecisa, lo que abría la puerta a interpretaciones que podían vulnerar derechos como la libertad de prensa y el acceso a la información.

    No obstante, el máximo tribunal mantuvo vigente el resto del artículo, al considerar que sí es válido castigar a quienes inciten o provoquen directamente conductas de odio. En este punto, Esquivel subrayó que estos verbos implican una acción activa para fomentar violencia o discriminación.

    La ministra también destacó la importancia de proteger a grupos históricamente vulnerados, como la comunidad LGBTIQ+, que enfrenta discriminación estructural y violencia sistemática. En ese sentido, defendió que la ley debe sancionar conductas que promuevan agresiones, pero sin afectar el ejercicio periodístico.

  • SCJN de Norma Piña otorgó licencias con sueldo íntegro antes de la reforma judicial

    SCJN de Norma Piña otorgó licencias con sueldo íntegro antes de la reforma judicial

    La Corte ocultó los motivos de casi 50 permisos pagados, priorizando la “confidencialidad” sobre la rendición de cuentas del dinero público.

    En la recta final previa a la reforma judicial de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantuvo un esquema de licencias con goce de sueldo completo para altos funcionarios, consolidando una política de privilegios bajo la presidencia de Norma Piña. La medida permitió ausencias prolongadas con salario íntegro, sin transparencia sobre sus causas.

    De acuerdo con una investigación de El Universal, uno de los casos más evidentes es el de Alejandra Martínez Verástegui, entonces directora del Centro de Estudios Constitucionales, quien recibió más de 740 mil pesos durante seis meses sin desempeñar funciones. Con un ingreso mensual superior a los 123 mil pesos, su licencia —justificada por “asuntos personales graves”— implicó además la designación de un reemplazo, duplicando el gasto público en esa área.

    De acuerdo con documentos oficiales, el Comité de Gobierno y Administración —integrado por ministros de la propia Corte— autorizó estos beneficios. Sin embargo, al solicitar detalles, la SCJN respondió con opacidad: clasificó la información como “confidencial”, argumentando que revelar las razones podría generar “afectaciones psicológicas” o “discriminación”.

    En total, la propia institución reconoció la existencia de 49 licencias otorgadas entre 2019 y 2025, pero bloqueó el acceso a sus motivos mediante el acuerdo CT-CI/A-8-2026. Esta decisión ha sido señalada como un golpe a la transparencia, al privilegiar la privacidad de funcionarios sobre el derecho ciudadano a conocer el uso de recursos públicos.

    Especialistas advierten que este patrón refuerza la percepción de una élite judicial desconectada de la realidad nacional, donde beneficios como ausencias pagadas por meses resultan impensables para la mayoría de los trabajadores.

    Lejos de garantizar justicia, la Corte encabezada por Norma Piña dejó una estela de privilegios, opacidad y discrecionalidad, evidenciando la urgencia de una transformación profunda en el Poder Judicial para erradicar abusos y devolver la confianza ciudadana.

  • Yasmín Esquivel exige consolidar la Reforma Judicial: “debemos demostrar que valió la pena”

    Yasmín Esquivel exige consolidar la Reforma Judicial: “debemos demostrar que valió la pena”

    La ministra plantea ajustes clave al proceso electoral judicial rumbo a 2027, incluyendo menos candidaturas, reglas más claras y mayor difusión.

    Durante la presentación del libro Reflexiones sobre la elección judicial 2025 en México, la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, afirmó que la Reforma Judicial de 2024 debe demostrar su eficacia, al tiempo que reconoció que aún enfrenta desafíos importantes para consolidarse.

    La ministra subrayó que el nuevo modelo de elección judicial implicó una transformación profunda en la impartición de justicia en México, al abrir la participación ciudadana en la designación de personas juzgadoras. Sin embargo, advirtió que es necesario corregir fallas detectadas en el primer proceso electoral para garantizar mejores resultados.

    Entre las principales propuestas, Esquivel destacó la necesidad de separar la elección judicial de los comicios constitucionales de 2027, así como implementar un examen nacional previo para aspirantes, con el fin de elevar el nivel de quienes buscan ocupar cargos en el Poder Judicial.

    También planteó reducir el número de candidaturas, establecer criterios claros como la definición de género en los cargos, homologar convocatorias entre los tres Poderes y flexibilizar las reglas de campaña impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE). Además, propuso ampliar la duración de las campañas y fortalecer la difusión para incentivar la participación ciudadana.

    Otro punto relevante fue el llamado a restablecer el trabajo en Salas dentro de la SCJN, evitando concentrar todas las decisiones en el Pleno, lo que permitiría mejorar la eficiencia en la resolución de asuntos judiciales.

    El evento contó con la participación de especialistas y autoridades del ámbito jurídico, quienes coincidieron en que la Reforma Judicial representa una oportunidad histórica que debe perfeccionarse, para asegurar una justicia más cercana, transparente y efectiva para la ciudadanía.

  • SCJN invalida delito de “ciberasedio” en Puebla por ambigüedad

    SCJN invalida delito de “ciberasedio” en Puebla por ambigüedad

    La Suprema Corte invalidó un artículo del Código Penal de Puebla por falta de claridad jurídica; la ministra Yasmín Esquivel advirtió que las normas penales deben ser precisas para evitar abusos.

    La ministra Yasmín Esquivel Mossa fue una de las voces determinantes en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que resolvió invalidar el artículo 480 del Código Penal de Puebla. La disposición, que tipificaba el delito de ciberasedio, fue considerada inconstitucional por su redacción ambigua e imprecisa.

    Durante su intervención, Esquivel enfatizó que en materia penal no basta con que una norma sea comprensible en abstracto, sino que debe ofrecer certeza sobre qué conductas específicas pueden ser sancionadas. Señaló que términos como “vigilar”, “hostigar” o “ofender” son demasiado abiertos, lo que puede derivar en interpretaciones arbitrarias.

    La ministra también subrayó que no existe un vacío legal, ya que el Código Penal estatal contempla otros delitos relacionados con tecnologías digitales. Con su postura, Esquivel reforzó el criterio de que las leyes penales deben ser claras, estrictas y sin margen para la discrecionalidad.

  • SCJN falla contra AT&T por entregar línea telefónica sin verificar identidad del usuario

    SCJN falla contra AT&T por entregar línea telefónica sin verificar identidad del usuario

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó por unanimidad a una mujer víctima de fraude y ordenó a la empresa AT&T reparar el daño causado por haber entregado un duplicado de tarjeta SIM sin verificar correctamente la identidad del solicitante.

    La compañía telefónica incurrió en responsabilidad civil extracontractual subjetiva por negligencia al no cumplir con las obligaciones que le imponen las leyes de telecomunicaciones y de protección de datos personales

    AT&T reconoció haber realizado el reemplazo de la tarjeta SIM, presentó un correo electrónico de una empleada en el que se afirmaba que se solicitó una identificación oficial, sin acreditar qué documento se exhibió, qué datos se verificaron en el sistema ni la existencia de registros, firmas, fotografías u otra evidencia del trámite.

    El fraude permitió a un tercero apoderarse del número telefónico de la usuaria, realizar intentos de operaciones bancarias, acceder a sus cuentas digitales y, posteriormente, difundir en redes sociales fotografías íntimas de ella.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció que este tipo de ilícito pone en riesgo la privacidad, los datos personales, la seguridad patrimonial y la integridad emocional de las personas usuarias, especialmente porque el número celular se utiliza como mecanismo de verificación en banca en línea y otras aplicaciones.

    La ministra Loretta Ortiz presentó los proyectos de amparo, destacó que el caso afecta a millones de usuarios de telefonía móvil y que las empresas de telecomunicaciones deben responder por el manejo negligente de los datos personales.

    La Suprema Corte enfatizó que los órganos jurisdiccionales deben juzgar estos asuntos con perspectiva de género, sin trasladar a la víctima la responsabilidad por la violencia digital que sufre.

    En primera instancia, AT&T había sido absuelta; sin embargo, la SCJN revocó esa decisión y confirmó que la empresa no demostró haber aplicado medidas robustas de verificación, obligatorias para las concesionarias de telefonía con el fin de resguardar la confidencialidad de las comunicaciones y la seguridad de las líneas.

  • SCJN niega amparo a telefónica y refuerza obligación de juzgar con perspectiva de género

    SCJN niega amparo a telefónica y refuerza obligación de juzgar con perspectiva de género

    La ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que juzgar con perspectiva de género es una obligación para todas las autoridades, tras un caso de violencia digital contra una mujer.

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación negó el amparo a una empresa de telefonía al determinar que actuó de forma negligente, lo que derivó en violaciones a la privacidad y al patrimonio moral de una mujer. El caso se originó tras un cambio de línea no verificado que permitió el acceso a cuentas digitales y la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.

    Durante la discusión, Yasmín Esquivel Mossa respaldó los proyectos y enfatizó que estos casos deben analizarse con perspectiva de género, especialmente ante contextos de violencia digital que afectan de manera desproporcionada a las mujeres.

    La Corte determinó que no se puede exigir a la víctima conservar o certificar pruebas como imágenes íntimas difundidas, ya que esto implicaría revictimizarla. Con ello, se concedió el amparo a la mujer, reforzando el criterio de que las autoridades deben valorar las pruebas con sensibilidad y sin imponer cargas excesivas.

  • SCJN frena maniobras de Salinas Pliego: rechaza recursos “dilatorios” y respalda a la UIF

    SCJN frena maniobras de Salinas Pliego: rechaza recursos “dilatorios” y respalda a la UIF

    La Corte exhibe estrategia del usurero para frenar investigaciones financieras; sus intentos de apartar ministras fueron desechados por entorpecer la justicia.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volvió a poner un alto a Ricardo Salinas Pliego, luego de desechar dos recursos con los que el usurero pretendía apartar a ministras del análisis de su amparo contra la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). El máximo tribunal concluyó que dichos recursos tenían como único objetivo “dilatar o entorpecer” la resolución del caso.

    El asunto, identificado como amparo en revisión 492/2023, será discutido en el pleno con un proyecto que propone sobreseer el recurso del dueño de Grupo Salinas. De aprobarse, la UIF conservará sus facultades para acceder a información financiera y patrimonial en labores de supervisión y combate a delitos como lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

    En los hechos, esto permitiría a la UIF mantener el análisis de las cuentas bancarias de Salinas Pliego hasta por 10 años, información solicitada desde diciembre de 2021 a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, tras su mención en los Pandora Papers, escándalo global relacionado con empresas offshore y posibles esquemas de evasión.

    Lejos de colaborar con la justicia, el evasor fiscal ha optado por una estrategia que parece más cercana al berrinche jurídico que a la defensa legal. La Corte ya contabiliza al menos 10 intentos de recusación contra ministros, incluyendo a Loretta Ortiz y María Estela Ríos, todos bajo el mismo guion: cuestionar imparcialidades sin sustento sólido.

    Pero la SCJN no compró el espectáculo. En su resolución fue clara: los argumentos de Salinas Pliego carecen de viabilidad y evidencian un uso abusivo de los recursos legales. No es la primera vez; el empresario ha promovido más de un centenar de recursos para frenar litigios fiscales, muchos ya desechados por su carácter dilatorio.

    Así, mientras el dueño de Grupo Salinas insiste en jugar al “estratega” judicial, la Corte le recuerda que la justicia no es un reality show ni un negocio más. Y aunque le incomode, esta vez tampoco pudo comprar tiempo… ni la paciencia del máximo tribunal.

  • Máximo tribunal avala lista negra financiera y da luz verde a bloqueos de la UIF

    Máximo tribunal avala lista negra financiera y da luz verde a bloqueos de la UIF

    La Suprema Corte validó funciones de la Unidad de Inteligencia Financiera para la inclusión de personas a la lista de bloqueados con base en indicios, al considerar que no se trata de una sanción penal sino de un mecanismo administrativo. 

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP), podrá incluir a personas en la Lista de Personas Bloqueadas cuando existan indicios de su posible relación con delitos como lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. La medida avala  el artículo 116 Bis 2 de La Ley de Instituciones de Crédito reformado en 2022.

    El máximo tribunal estableció que el bloqueo de cuentas bancarias es una medida de carácter administrativo y preventivo, cuyo objetivo es proteger el sistema financiero y cumplir con estándares internacionales en cuanto a materia de combate a recursos ilícitos, por lo cual esta medida no implicará una sanción penal ni sustituirá las funciones del Ministerio Público. 

    Asimismo, la Corte señaló que la legislación en vigencia contempla garantías para las personas incluidas en la lista, como plazo definido y la opción de impugnar resoluciones ante tribunales administrativos, buscando aseguramiento a un procedimiento tras las modificaciones legales recientes. 

    El caso llegó al tribunal luego de que legisladores de PAN, PRI y Movimiento Ciudadano cuestionaron la reforma, al considerar que “vulneraban”  principios como la suposición de inocencia y el debido proceso. 

    En la práctica, la UIF ha aplicado esta medida en diversos casos, destacan el bloqueo de cuentas de 22 personas físicas y morales presuntamente vinculadas al grupo “Los Mayos”, del Cártel de Sinaloa, el congelamiento de recursos de Linda Cristina Pereyra, esposa de Genaro García Luna, y el caso de Karime Macías, investigada por el desvío de más de 100 millones de pesos del DIF de Veracruz. 

    La resolución de la SCJN consolida el uso del bloqueo de cuentas como herramienta preventiva dentro del sistema financiero mexicano, manteniendo la responsabilidad penal en manos del Ministerio Público y equilibrando el fortalecimiento institucional con la garantía de derechos procesales. 

  • Validan nuevas reglas para el bloqueo de cuentas en México

    Validan nuevas reglas para el bloqueo de cuentas en México

    La Suprema Corte autoriza a la UIF congelar cuentas bancarias sin intervención del ministerio público ni orden judicial. La medida busca proteger el sistema financiero del país.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión importante este lunes. Ahora, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) podrá bloquear cuentas bancarias sin necesidad de la intervención del ministerio público, una orden judicial o la solicitud de una autoridad extranjera. Esta decisión surge ante la necesidad de combatir delitos como el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

    Los nuevos criterios establecidos por la Corte cambian el enfoque que se había mantenido anteriormente. Los ministros consideran que el congelamiento de cuentas es una medida cautelar, no una sanción penal. Esta medida administrativa busca proteger el sistema financiero del país y actuar ante posibles indicios de actividades ilícitas.

    La votación fue inclinada: seis ministros a favor y tres en contra. La ministra Loretta Ortiz Ahlf fue la encargada de presentar el proyecto de resolución. En su argumentación, defendió la validez del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito. Este artículo permite a la UIF agregar personas a la lista de cuentas bloqueadas cuando haya indicios relevantes de origen nacional.

    El debate en la Corte fue intenso. La ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien votó en contra, subrayó la importancia de mantener límites para evitar abusos. Resaltó que el bloqueo de cuentas debería usarse únicamente para cumplir con los compromisos internacionales de México. Su preocupación se centra en la posible afectación de la propiedad privada si no existen parámetros claros en la ley.

    Con estas nuevas decisiones, México da un paso hacia una mayor vigilancia y control financiero, aunque también despierta preocupaciones sobre posibles abusos. La discusión sobre cómo balancear la seguridad nacional y los derechos individuales sigue abierta en la sociedad.