Etiqueta: SCJN

  • La diversidad cultural es clave para una justicia incluyente: Yasmín Esquivel

    La diversidad cultural es clave para una justicia incluyente: Yasmín Esquivel

    La ministra afirmó que la diversidad cultural debe traducirse en resoluciones judiciales con enfoque intercultural real y acceso efectivo a la justicia.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas firmaron un Convenio Marco de Colaboración para garantizar el acceso pleno a la justicia de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, mediante una coordinación institucional permanente y un diálogo intercultural efectivo.

    Durante la ceremonia, la ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que esta alianza responde a una convicción colectiva: la justicia intercultural no puede depender de esfuerzos aislados, sino de mecanismos estructurales que aseguren el ejercicio real de los derechos individuales y colectivos. Recordó que, aunque la Constitución reconoce a México como una nación pluricultural, ese principio debe reflejarse en prácticas jurisdiccionales, administrativas y políticas públicas concretas.

    Esquivel Mossa subrayó que el convenio no se limita a ampliar canales de comunicación, sino que busca transformar la relación entre el sistema de justicia y la diversidad cultural del país, incorporando enfoques que consideren contextos comunitarios, sistemas normativos propios, condiciones lingüísticas y desigualdades estructurales.

    La ministra enfatizó que el Poder Judicial tiene la responsabilidad de que sus resoluciones integren un enfoque intercultural sustantivo, no solo declarativo. En ese sentido, la coordinación con el INPI permitirá fortalecer servicios de traducción, interpretación y acompañamiento, facilitando el acceso efectivo de las comunidades a las instancias judiciales.

    Finalmente, afirmó que el acuerdo traza una ruta clara de trabajo basada en coordinación institucional, diálogo intercultural, capacitación constante, producción de conocimiento y atención territorial efectiva, reiterando que la diversidad cultural no es un reto para la justicia, sino una riqueza que debe reconocerse y protegerse.

    El acto fue encabezado por el presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, y el director general del INPI, Adelfo Regino Montes, con la asistencia de ministras, ministros, magistraturas y autoridades tradicionales de pueblos indígenas y afromexicanos.

  • Elba Esther Gordillo deberá pagar 19.2 millones en impuestos

    Elba Esther Gordillo deberá pagar 19.2 millones en impuestos

    La exlideresa del SNTE enfrenta una orden de la Suprema Corte que le exige el pago de un adeudo fiscal por ingresos no reportados.

    Elba Esther Gordillo, exlideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), ha recibido un duro golpe legal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que debe pagar 19 millones 269 mil 323 pesos en Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondientes a 2008 y 2009.

    Hoy, el Pleno de la SCJN tomó esta decisión por unanimidad. Este fallo respalda a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que ya había cuestionado el origen de ciertos ingresos de Gordillo. La controversia comenzó cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) detectó, en 2016, que la exlíder sindical había recibido depósitos inusuales en cuentas bancarias y pagos con tarjetas a su nombre.

    Gordillo argumentó que estos recursos no eran personales, sino fondos destinados a gastos del sindicato para asistir a congresos y reuniones. No obstante, las autoridades consideraron que faltaban pruebas que validaran su defensa. La exdirigente no logró demostrar que actuaba en nombre del SNTE, lo que le costó un crédito fiscal.

    En su defensa, Gordillo impugnó varios artículos del Código Fiscal de la Federación, alegando que afectaban su derecho a la justicia. Sin embargo, la SCJN determinó que su argumento se centraba más en cuestionar pruebas que en la constitucionalidad de las normas. Esto resalta que su lucha legal se basa en la dificultad de demostrar el origen de los fondos, más que en una defensa jurídica sólida.

    Con la decisión de hoy, la Suprema Corte reafirma la importancia del cumplimiento fiscal en el país. Este caso, que ha tenido una larga trayectoria legal, podría sentar un precedente en cuanto a la responsabilidad fiscal de líderes sindicales. Gordillo, símbolo de poder en el ámbito educativo, ahora enfrenta desafíos que marcarán su futuro y pondrán a prueba su capacidad de controversia ante el sistema.

  • SCJN avala protección reforzada a médicos del IMSS expuestos a riesgo

    SCJN avala protección reforzada a médicos del IMSS expuestos a riesgo

    La Suprema Corte resolvió por unanimidad un amparo bajo la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, confirmando la constitucionalidad de una prestación diferenciada para personal médico del IMSS en áreas de alto riesgo infectocontagioso.

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el artículo 10 del Reglamento de Infectocontagiosidad y Emanaciones Radioactivas, integrado en un Contrato Colectivo de Trabajo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La resolución se dio al analizar un amparo directo en revisión y fue aprobada por unanimidad.

    El máximo tribunal concluyó que la prestación diferenciada para personal adscrito a áreas de mayor riesgo no vulnera los derechos de igualdad, no discriminación ni a la salud. La norma establece un beneficio extralegal para quienes laboran de manera constante y permanente en servicios como infectología o unidades de cuidados intensivos, donde el riesgo de contagio es más alto.

    Durante la discusión, la ministra Esquivel destacó que la distinción se basa en criterios objetivos relacionados con el nivel de exposición, por lo que no resulta equiparable la situación de médicos en áreas de alto riesgo con la de quienes desempeñan funciones en otros servicios. Con esta decisión, la Corte mantiene una protección reforzada para el personal médico que enfrenta riesgos infectocontagiosos de forma permanente.

  • SCJN frena abusos en rentas de la CDMX: aumentos no podrán superar la inflación

    SCJN frena abusos en rentas de la CDMX: aumentos no podrán superar la inflación

    La Suprema Corte avaló el tope anual a los alquileres en la capital; la medida busca contener la gentrificación y proteger el derecho a la vivienda.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el decreto del Gobierno de la Ciudad de México que limita el aumento anual de las rentas al índice de inflación, cerrando la puerta a incrementos discrecionales que disparaban el costo de la vivienda en la capital.

    Durante la discusión, el Máximo Tribunal subrayó que la medida protege un derecho humano consagrado en la Constitución: el acceso a la vivienda, el cual se ha visto amenazado por la falta de regulación en los precios y el avance de la gentrificación.

    La ministra Lenia Batres advirtió que en los últimos 20 años el costo del suelo en la Ciudad de México aumentó hasta 800 por ciento, fenómeno que ha impactado directamente en los alquileres. Además, señaló la caída en la vivienda propia: mientras en 2000 el 71% de los capitalinos habitaba casa propia, para 2020 la cifra bajó al 50%.

    Con el fallo, por ejemplo, una renta de 10 mil pesos sólo podría incrementarse hasta 369 pesos anuales, conforme a la inflación, evitando alzas arbitrarias por encima del crecimiento general de precios.

    Sin embargo, el tema del Registro de contratos de arrendamiento quedó pendiente, ya que el ministro presidente Hugo Aguilar presentará un nuevo proyecto con ajustes.

    Por su parte, el doctor en Políticas Públicas del CIDE, Víctor Aramburú Cano, cuestionó la medida y sostuvo que el verdadero problema radica en la especulación inmobiliaria. Consideró que el gobierno capitalino debería aumentar la oferta de vivienda pública asequible y frenar la construcción destinada a la especulación, pues —dijo— la inflación nacional no refleja con precisión la dinámica del mercado inmobiliario en la CDMX.

    El fallo de la SCJN marca un precedente clave en el debate sobre rentas, inflación y derecho a la vivienda en la Ciudad de México.

  • SCJN: Protección consular aplica a personas detenidas en el extranjero, no a testigos

    SCJN: Protección consular aplica a personas detenidas en el extranjero, no a testigos

    La ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que el derecho a la protección consular está dirigido a personas detenidas o arrestadas en territorio extranjero, y no a testigos dentro de un proceso penal, al resolverse un amparo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo directo en revisión 3731/2025, en el que se analizaron los alcances de la Convención de Viena en materia de asistencia consular para testigos extranjeros dentro de un proceso penal en México.

    Al intervenir, la ministra Yasmín Esquivel Mossa coincidió en negar el amparo, aunque por consideraciones distintas al proyecto original. Explicó que la litis no radica en determinar si los testigos tienen derecho a asistencia consular, sino en que la validez de sus testimonios no depende de que hayan contado con ese acompañamiento.

    Subrayó que los derechos de notificación, contacto y asistencia consular previstos en el artículo 36 de la Convención de Viena están dirigidos a proteger a personas arrestadas o detenidas en territorio extranjero, por lo que no resulta jurídicamente válido extender esas garantías a testigos que no enfrentan una afectación directa a su libertad personal.

  • Yasmín Esquivel llama a fortalecer al Poder Judicial con diálogo y justicia cercana a la gente

    Yasmín Esquivel llama a fortalecer al Poder Judicial con diálogo y justicia cercana a la gente

    La ministra de la SCJN sostuvo un encuentro con magistraturas regionales y reiteró que la función jurisdiccional debe ejercerse con puertas abiertas, vocación de servicio y defensa de derechos.

    En un contexto de transformación institucional, la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, sostuvo una reunión de trabajo con magistradas y magistrados de Plenos Regionales, donde subrayó que el fortalecimiento del Poder Judicial depende del compromiso, la coordinación y una justicia cercana a la ciudadanía.

    El encuentro se realizó el pasado viernes en la sede de la SCJN en la Ciudad de México, y tuvo como eje central la necesidad de consolidar una impartición de justicia con puertas abiertas, que escuche a las personas y garantice la defensa efectiva de sus derechos.

    Durante el diálogo, Esquivel Mossa enfatizó que la función jurisdiccional debe ejercerse con vocación de servicio y responsabilidad institucional, en un momento clave para el sistema judicial mexicano. Asimismo, destacó que el intercambio permanente de ideas entre quienes integran el Poder Judicial permite mejorar criterios y fortalecer la confianza pública.

    Como resultado de la reunión, se acordó mantener comunicación constante entre la SCJN y los Plenos Regionales, con el objetivo de robustecer la coordinación y elevar la calidad de las resoluciones judiciales.

    La ministra sostuvo que el trabajo conjunto y el compromiso compartido son pilares fundamentales para consolidar un Poder Judicial sólido, transparente y cercano a la sociedad. Añadió que la confianza en las instituciones se construye a partir de la congruencia entre el discurso y la práctica cotidiana en los tribunales.

    La SCJN reafirma su disposición al diálogo interno y a la construcción de consensos que fortalezcan la función jurisdiccional en todo el país.

  • Sancionan a juez que favoreció a Cabeza de Vaca; un año inhabilitado por faltas graves

    Sancionan a juez que favoreció a Cabeza de Vaca; un año inhabilitado por faltas graves

    El Tribunal de Disciplina Judicial determinó que el juzgador incurrió en irregularidades sistemáticas al otorgar suspensiones que evitaron la detención del exgobernador de Tamaulipas.

    La Comisión de Disciplina del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) inhabilitó por un año al juez federal Fernando “A”, tras acreditar faltas graves en el ejercicio de su función jurisdiccional relacionadas con resoluciones que beneficiaron al exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

    De acuerdo con el organismo, el procedimiento derivó de una queja presentada en abril de 2024 por un diputado federal, en la que se denunciaron actos y omisiones que afectaron la administración de justicia. La Comisión concluyó que el juez emitió resoluciones en contravención expresa de la ley e ignoró constancias esenciales dentro de los expedientes.

    El presidente de la Comisión, Rufino H. León Tovar, precisó que la sanción no responde a un criterio jurisdiccional, sino a la emisión de fallos contrarios al marco legal. Entre las irregularidades se encuentra la concesión de una suspensión definitiva con efectos restitutorios para que una autoridad municipal expidiera una constancia de residencia sin verificar requisitos legales.

    Asimismo, el juez otorgó suspensiones provisionales y definitivas para impedir la separación del cargo de un Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción en Tamaulipas y frenar procedimientos administrativos en su contra. En otro amparo, concedió protección contra una orden de aprehensión y evitó que se suspendieran derechos político-electorales del quejoso o se le considerara prófugo.

    El TDJ determinó que las conductas no fueron hechos aislados, sino actuaciones sistemáticas con errores inexcusables, incluso en desacato a criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), impactando otros procesos jurisdiccionales.

    La resolución establece que el juez queda inhabilitado por un año para ocupar cargos públicos o participar en contrataciones gubernamentales. León Tovar subrayó que estas acciones lesionan la confianza pública en el Poder Judicial y advirtió que no habrá impunidad ni privilegios cuando se transgreda la ley.

  • Menores víctimas de abuso no serán obligados a declarar otra vez: SCJN

    Menores víctimas de abuso no serán obligados a declarar otra vez: SCJN

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que no se podrá someter a nuevos interrogatorios a menores de edad que han sido víctimas de abuso sexual agravado, cuando la defensa del acusado ya renunció previamente a esa prueba durante el proceso penal. La decisión tiene como objetivo evitar la revictimización de las víctimas y priorizar el llamado interés superior de la infancia.

    El caso que dio origen a esta resolución se relaciona con el proceso penal en contra de un padre de familia condenado por delitos sexuales cometidos contra sus dos hijos menores de edad. Tras la sentencia condenatoria, la defensa promovió un juicio de amparo alegando vulneración de su derecho a presentar pruebas, y un tribunal colegiado ordenó reponer el juicio para volver a escuchar a las víctimas.

    Ante esa orden, tanto la madre de los menores como la propia SCJN señalaron que ordenar nuevos interrogatorios constituiría una revictimización injustificada, ya que la defensa había renunciado expresamente a esa prueba durante el juicio original.

    La Suprema Corte revocó la determinación del tribunal colegiado y estableció que, en este tipo de casos, la protección de la salud mental y emocional de las víctimas menores de edad debe primar sobre las necesidades procesales de la defensa, siempre que ésta haya renunciado formalmente a la práctica de la diligencia. 

    El pleno subrayó que el procedimiento penal debe garantizar que las víctimas no sufran daños adicionales derivados de su participación reiterada en el proceso, y que sus derechos humanos y garantías procesales sean respetados en todas las etapas sin exponerlas a sesiones de revictimización.

    En la decisión, los ministros destacaron que el concepto de interés superior de la infancia implica un deber reforzado por parte del Estado mexicano para evitar medidas que puedan generar daño psicológico o emocional adicional. En ese sentido, el tribunal resolvió que “el derecho de defensa no puede invocarse para justificar prácticas que pongan en riesgo la integridad emocional de las víctimas menores de edad”, y que la falta de desahogo de las declaraciones no puede atribuirse al sistema judicial si fue la propia defensa quien desistió de esa prueba.

  • La SCJN debatió paternidad más allá de la biología

    La SCJN debatió paternidad más allá de la biología

    La Ministra Yasmín Esquivel destacó la importancia de priorizar los lazos familiares en lugar de la verdad biológica en la discusión sobre paternidad.

    En una sesión reciente, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió el amparo directo en revisión 5065/2025. Este caso se centra en el desconocimiento de paternidad de un menor y plantea importantes interrogantes sobre la naturaleza de las relaciones familiares.

    La Ministra Yasmín Esquivel Mossa fue clara en su intervención. Afirmó que no se puede basar la paternidad únicamente en vínculos biológicos. Esquivel recordó que la extinta Primera Sala de la Corte ya había señalado que la ausencia de este vínculo no es motivo suficiente para impugnar la paternidad.

    “Por encima de la verdad biológica, debemos privilegiar el estado de familia consolidado en el tiempo”, dijo Esquivel. Con esta afirmación, enfatizó la necesidad de proteger la estabilidad familiar, sin permitir que las decisiones impulsivas o la simple voluntad de las partes afecten las relaciones entre padres e hijos.

    La Ministra también se pronunció sobre las dificultades que enfrenta un padre al tratar de desconocer su paternidad. En su discurso, mencionó que no es razonable exigir que un padre actúe dentro de los 60 días posteriores al nacimiento del menor, especialmente si se ha enterado de su situación a través de una prueba genética mucho después.

    Esquivel subrayó que existen criterios de la extinta Primera Sala que pueden ayudar a dar forma a principios claros en el ámbito del derecho familiar. La verdad biológica, según ella, no debe ser el único principio que guía los procesos filiatorios.

    Finalmente, junto a sus colegas, la Ministra votó en contra del proyecto actual. El caso fue desechado y requerirá una nueva propuesta, lo que abre la puerta a más debate sobre este importante tema. La discusión evidencia la necesidad de considerar la realidad emocional y afectiva de las familias en lugar de fijarse solo en el aspecto biológico de la paternidad.

  • SCJN reafirma que la libertad sindical no puede ser vulnerada por el Estado

    SCJN reafirma que la libertad sindical no puede ser vulnerada por el Estado

    Durante la discusión de un amparo en la Suprema Corte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que la libertad sindical y la negociación colectiva son derechos inherentes de la clase trabajadora y no pueden ser afectados por ninguna entidad del gobierno, al analizar un caso relacionado con el Instituto Mexicano del Petróleo.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo directo en revisión relacionado con la vulneración de los derechos de libertad sindical y negociación colectiva, en un caso promovido por el Sindicato Independiente de Trabajadores, Técnicos y Profesionistas del Instituto Mexicano del Petróleo contra el propio instituto y el sindicato nacional, por cláusulas del contrato colectivo 2021-2023 consideradas discriminatorias.

    Durante su intervención, la ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el proyecto que amparó a la parte quejosa y enfatizó que estos derechos no deben ser vulnerados por ninguna autoridad, al tratarse de garantías fundamentales de las y los trabajadores. 

    Asimismo, planteó reforzar el análisis para dejar clara la diferencia entre libertad sindical y negociación colectiva, y subrayó que la modificación de las cláusulas impugnadas implicó una injerencia indebida de la autoridad en acuerdos que corresponden exclusivamente a las partes firmantes del contrato colectivo.