Etiqueta: Tortura

  • Secretario de Seguridad de la alcaldía Cuauhtémoc, acusado de tortura, fue absuelto según la SSC

    Secretario de Seguridad de la alcaldía Cuauhtémoc, acusado de tortura, fue absuelto según la SSC

    Luego de que Los Reporteros MX revelaran que el secretario de Seguridad de la alcaldía Cuauhtémoc, Marcelo Martínez López, fue detenido en mayo de 2023 por cargos de tortura y abuso de autoridad en agravio de un menor y su tío, quienes fueron golpeados por el imputado, el secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez, aseguró que Martínez López ya había sido absuelto.

    En la conferencia de prensa del Gobierno de la Ciudad de México, y a pregunta expresa de Los Reporteros MX sobre el tema, el secretario de Seguridad Ciudadana confirmó que Marcelo Martínez López efectivamente había sido detenido en mayo de 2023 por tortura y abuso de autoridad; no obstante, aseguró que ya había sido absuelto.

    En este, como en todas las contrataciones del personal de una alcaldía, es responsabilidad de la propia alcaldía y estoy seguro de que se revisó su perfil. En el caso del comandante Marcelo, efectivamente tiene un antecedente de 2023, de haber sido detenido por distintos delitos y, tras una investigación durante un año, se determinó que no era responsable de los delitos que se le imputaban”, afirmó Pablo Vázquez.

    El titular de la seguridad capitalina aseguró que, en este y en cualquier otro caso, la institución actúa conforme al debido proceso y a la presunción de inocencia, razón por la cual, detalló, no está impedido de ocupar el puesto que tiene, a pesar de que exista una parte acusadora con lesiones confirmadas y el antecedente de Marcelo.

    El funcionario concluyó defendiendo al secretario y afirmó que, como en este y otros casos, si una persona es declarada no responsable, debe ser restituida en su puesto laboral.

    En lo personal, considero que, por la buena relación y la coordinación que existe con el personal de la alcaldía Cuauhtémoc, en lo que respecta a los méritos, Marcelo va más allá de este incidente y es totalmente competente para realizar su trabajo. No obstante, si él o cualquier funcionario público o policía comete algún delito, existen el personal de Asuntos Internos y la Fiscalía para llevar a cabo las investigaciones correspondientes, y si hay una sanción, se atenderá”, finalizó el funcionario.

  • El IFDP logra la liberación de Brenda Quevedo Cruz tras 15 años en prisión sin sentencia y reiteradas violaciones a sus derechos humanos por su supuesta implicación en el Caso Wallace

    El IFDP logra la liberación de Brenda Quevedo Cruz tras 15 años en prisión sin sentencia y reiteradas violaciones a sus derechos humanos por su supuesta implicación en el Caso Wallace

    El Juez de Distrito Primero de Distrito de Procesos ha autorizado el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva para Brenda Quevedo Cruz, estableciendo su nuevo estado bajo arraigo domiciliario. La medida incluye la vigilancia de la Policía Federal Ministerial, el uso de un localizador electrónico, cuyo costo será cubierto por la Fiscalía que lo solicitó, y la prohibición de salir de la zona conurbada de la Ciudad de México o del país sin autorización judicial, así como de comunicarse o acercarse a la víctima indirecta o a su domicilio.

    Se espera que Brenda Quevedo sea liberada en las próximas horas y siga su proceso fuera del centro penitenciario, bajo la representación del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP). Esta decisión cumple con la resolución del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Primer Circuito en materia penal 176/2022 del 21 de junio, que determinó el cese de la prisión preventiva por considerarla una medida excepcional sin necesidad actual y real de prolongación, ya que los factores que la justificaron han cambiado con el tiempo.

    Brenda Quevedo Cruz fue detenida el 28 de noviembre de 2007 en Kentucky, Estados Unidos, y extraditada a México el 25 de septiembre de 2009. Está acusada de participar en el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace en 2005, además de delincuencia organizada.

    Desde septiembre de 2019, el IFDP ha emprendido diversas acciones legales para lograr la suspensión de la prisión preventiva de Quevedo, argumentando que su prolongación durante más de 15 años es excesiva y no razonable.

    El IFDP ha destacado que Brenda Quevedo ha sobrevivido a actos de tortura sexual durante su detención y privación de libertad, violaciones confirmadas en la recomendación VG127/2023 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Opinión 45/2020 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas. Estas entidades han señalado preocupación por su caso, que forma parte de muchos relacionados con la privación arbitraria de libertad y que podrían indicar una práctica sistemática. Actualmente, su caso se encuentra en la etapa de fondo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

    Con la sustitución de la prisión preventiva por el arraigo domiciliario y otras medidas cautelares, Brenda Quevedo podrá seguir su proceso legal fuera de prisión, en un paso significativo para su defensa y los derechos humanos en México.

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  • Vinculan a proceso a fiscal de Morelos, Uriel Carmona, por el delito de tortura

    Vinculan a proceso a fiscal de Morelos, Uriel Carmona, por el delito de tortura

    Uriel Carmona Gándara, fiscal de Morelos, fue vinculado en proceso por el delito de tortura en grado de coautoría luego de que autorizó el sometimiento y golpiza de Luis Alberto “N” para fabricar un doble homicidio y un feminicidio en abril pasado.

    Cinco de los 11 reactivos enumerados en el manual del Protocolo de Estambul, que detalla las distintas formas de tipificar el delito de tortura, fueron descubiertos en el procedimiento de tortura practicado a la víctima, según el juez de Control Natanael Subdas.

    “Por ser un caso especial no podemos ajustarnos a la mayoría de reactivos del Protocolo de Estambul para considerar si se configura el delito de tortura o no. En estos casos nos ajustamos a los elementos cualitativos”, dijo el juez y en su acuerdo declinó el caso a un juzgado federal porque la imputación la lleva la Fiscalía General de la República (FGR).

    Asimismo concedió un plazo de tres meses para el cierre de la investigación.

    Así se decidió luego de escuchar los argumentos presentados por la defensa del fiscal, encabezada por el experto en derecho penal Gabriel Regino García, así como la respuesta de los ministerios públicos de la Fiscalía General de la República (FGR).

    Desde el jueves pasado, cuando los ministerios públicos de la Fiscalía Anticorrupción, que estaban a cargo de integrar la carpeta de investigación y ejecutar la orden de aprehensión contra Carmona Gándara, desistieron de la acusación por haber extraviado la carpeta de investigación, el juez federal ha requerido a los fiscales que aporten más pruebas para sustentar su desestimación.

    La FGR también llevó el caso a solicitud de la víctima y, con la aprobación del juez, sustituyó al mismo tiempo los ministerios públicos de la Fiscalía Anticorrupción. Por ello mostraron una copia del expediente de investigación.

    El juez dictó la vinculación a proceso contra Carmona Gándara, luego de siete horas de audiencia y dos horas de receso, para resolver el caso. Fue una audiencia con varios recesos porque el fiscal morelense, quien siguió el proceso a control remoto, interrumpió el desarrollo al argumentar que no escuchaba con claridad la réplica de la FGR.

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  • Aplazan audiencia de Murillo Karam hasta 2024 por Caso Ayotzinapa

    Aplazan audiencia de Murillo Karam hasta 2024 por Caso Ayotzinapa

    Se esperaba que la Fiscalía General de la República (FGR) acusara oficialmente a Jesús Murillo Karam, exprocurador General de la República, de cometer delitos en el marco del caso de Ayotzinapa, en la audiencia fijada para este lunes, pero un juez federal decidió posponerla.

    El exfuncionario comparecería ante un juez para conocer la formulación de acusaciones por la potencial comisión de los delitos de desaparición forzada, tortura y administración de justicia, luego de superar diversos problemas de salud que lo obligaron a pasar varios días internado en el hospital de la ciudad. 

    Como parte de la estrategia jurídica utilizada por su defensa, la audiencia fue pospuesta y no se realizará hasta enero de 2024 para el exfuncionario, quien ejerció durante el sexenio de Enrique Peña Nieto.

    Es importante tener en cuenta que el acusador solicitó una pena de 82 años de prisión.

    Además, está pendiente una solicitud de admisión de 15 pruebas documentales para desvirtuar los cargos contra Jesús Murillo Karam, la cual debe resolverse antes de que continúen las audiencias por el caso Ayotzinapa.

    La Unidad Especial de Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa de la Fiscalía General de la República había preparado para la audiencia de este lunes 69 testimonios, 65 pruebas documentales y 43 peritajes.

    Pese a lo anterior, el 18 de abril la defensa presentó una denuncia contra la decisión tomada en la audiencia luego de que se le negara el acceso a la carpeta de información.

    La defensa consideró que los datos probatorios eran cruciales para probar su teoría del caso.

    El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal rechazó entonces el segundo intento de amparo porque no afectaba directamente los derechos de quien formula la acusación.

    Sin embargo, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal consideró fundamentados los argumentos y ordenó al Juzgado de Distrito asistirlos en la obtención de 15 pruebas para refutar los cargos.

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  • Tribunal solicita a la Corte atraer caso de Tomás Zerón, quien busca revocar orden de captura

    Tribunal solicita a la Corte atraer caso de Tomás Zerón, quien busca revocar orden de captura

    Un Tribunal Federal busca conocer un amparo de Tomás Zerón de Lucio, ex director de la Agencia de Investigación Criminal, quien busca revocar la orden de aprehensión en su contra por la presunta tortura al supuesto operador y sicario del grupo criminal, de Guerreros Unidos, Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo. La petición se realizó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

    Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal solicitaron que el tribunal recupere su competencia para que pueda decidir por primera vez si el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) “viola o no los principios de seguridad jurídica y legalidad en su aspecto de taxividad”.

    Es decir, el procedimiento que se debe seguir al presentar a un imputado ante un juez de control, independientemente de que el delito requiera prisión preventiva oficiosa.

    La orden de aprehensión habría sido emitida por el juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Penal Sur de la Ciudad de México porque consideró que cumplía con todos los requisitos constitucionales y legales.

    Ante esta situación, el ex funcionario de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) promovió un amparo donde alegó que nunca recibió un citatorio u orden para comparecer y conocer los hechos que se le imputan.

    En su demanda afirmó que el citado artículo del CNPP no establecía el requisito de que la Fiscalía General de la República (FGR) agotara todas las demás opciones antes de solicitar una orden de aprehensión, incluyendo la citación a la audiencia preliminar y la orden de comparecencia. Sin embargo, no se le concedió protección.

    Ante esta circunstancia interpuso un recurso de revisión y ahora el tribunal solicita que se pronuncie sobre la constitucionalidad de ese artículo en particular.

    Tomás Zerón iba a ser detenido por este caso luego de que un juez de control dictaminara que probablemente había cometido delitos relacionados con torturas, desapariciones forzadas y grupo de empleados públicos.

    Lo anterior se debe a un video que fue compartido en redes sociales, en el que se puede ver a El Cepillo sentado, esposado y encapuchado durante un interrogatorio que está siendo conducido y dirigido por Tomás Zerón y en el que se escucha que presuntamente está siendo amenazado e intimidado.

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  • Segob: Tomás Zerón, prófugo de la justicia, creó la verdad histórica con base en la tortura y alteración de pruebas

    Segob: Tomás Zerón, prófugo de la justicia, creó la verdad histórica con base en la tortura y alteración de pruebas

    Tomás Zerón De Lucio, exsecretario Técnico del Consejo de Seguridad Nacional y exjefe de la Agencia de Investigación Criminal durante la administración de Enrique Peña Nieto, ha sido reportado hoy como prófugo de la justicia mexicana en Israel por los delitos de tortura y manipulación de pruebas en el caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, Guanajuato, informó la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración y la Secretaría de Gobernación.

    A través de un comunicado se informó que las investigaciones, pruebas y testimonios realizadas, implican a Tomás Zerón en la tortura de Felipe Rodríguez Salgado, alias ‘El Cepillo’, quien presuntamente fue integrante del grupo delincuencial Guerreros Unidos.

    La Secretaría de Gobernación recordó que la tortura física y psicológica de personas, fue una de las múltiples falacias en las que se inspiró la construcción de la mal llamada verdad histórica sobre la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

    Asimismo, el subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro Encinas Rodríguez, publicó un video en sus redes sociales, en el cual se indica que a Tomás Zerón se le acusa de fabricar la verdad histórica.

    El video detalla la fabricación que Tomás Zerón habría efectuado, dado que las diligencias ministeriales realizadas en el Río San Juan, municipio de Cocula, en octubre de 2014, evidenciaron la colocación de bolsas de plástico donde se encontraron los restos óseos del estudiante Alexander Mora, un día antes del trabajo de búsqueda.

    https://twitter.com/A_Encinas_R/status/1695139916320235980?s=20

    En su comunicado, la Secretaría de Gobernación mencionó que la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos documentó graves violaciones en al menos 34 detenciones arbitrarias, así como tortura.

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  • Mario Marín se queda en la cárcel por el caso Lydia Cacho

    Mario Marín se queda en la cárcel por el caso Lydia Cacho

    Mario Plutarco Marín Torres, exgobernador de Puebla, permanecerá recluido en el penal El Altiplano en el Estado de México luego de que un juez negara su solicitud de continuar con el proceso judicial en el que se encuentra actualmente bajo arresto domiciliario.

    La organización por los derechos a la libertad de información y libertad de expresión, Article 19, afirmó al concluir la audiencia que la defensa legal de Marín no logró persuadir al juez para que su cliente continuará su proceso desde su casa.

    Por lo que este se quedará tras las rejas mientras se resuelve su situación jurídica al ser el presunto autor intelectual de la tortura que sufrió la periodista Lydia Cacho Ribeiro, en diciembre de 2005.

    “Lydia Cacho continúa en la búsqueda de justicia, un camino que ha durado más de 15 años. Acompañamos su exigencia para la reparación del daño y la no repetición de los hechos, solo así la periodista podrá regresar a casa”, comentó la organización en sus redes sociales.

    ¿Qué delito cometió?

    Mientras Mario Marín se desempeñaba como gobernador de Puebla de 2004 a 2011, se vio envuelto en un escándalo en 2005 por su presunta participación en una serie de abusos contra los derechos humanos de la periodista Lydia Cacho, autora del libro “Los demonios del Edén”.

    La periodista lo acusó a él y al empresario libanés, Kamel Nacif, de participar en una red de tráfico de menores con fines de explotación sexual, por lo que ambos acordaron darle “un correctivo”, en contubernio con el director de la Policía Judicial del Estado, Hugo Adolfo Karam Beltrán, recientemente detenido tras varios años prófugo.

    Aunque en su momento fue exonerado, Mario Marín fue arrestado el 3 de febrero de 2021 en Acapulco, Guerrero, por orden de un juez de Quintana Roo, que consideró que Lydia Cacho sí fue víctima de tortura en 2005.

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  • Detienen a Hugo Adolfo Karam, ex director de la policía judicial de Puebla, por tortura contra la periodista Lydia Cacho

    Detienen a Hugo Adolfo Karam, ex director de la policía judicial de Puebla, por tortura contra la periodista Lydia Cacho

    La Fiscalía General de Justicia (FGR) detuvo al extitular de la Policía Judicial de la entonces Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla en 2005, Hugo Adolfo “K”, responsable del delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho.

    “#FGR a través de #FEMDH y de @FGR_AIC, cumplimentó orden de aprehensión en contra de Hugo Adolfo “K”, probable responsable en delito de tortura en agravio de una periodista”, publicó la dependencia en redes sociales junto a una foto del detenido.

    A través de un comunicado, la FGR dio a conocer que la orden de aprehensión fue obtenida por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), de la FEMDH, al presentar las pruebas suficientes para acreditar la presunta responsabilidad del detenido en el delito de tortura, quien, al momento de los hechos en 2005, se desempeñaba como titular de la Policía Judicial de la entonces Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla.

    Caso Lydia Cacho

    En 2005, la periodista Lydia Cacho publicó el libro “Los demonios del edén”, en el que denunciaba la existencia de una red de explotación sexual infantil en la que estaban involucrados empresarios y políticos mexicanos.

    Dentro de este mencionaba a los empresarios Jean Succar Kuri y Kamel Nacif como responsables de esa red.

    Meses después de la publicación del libro, Cacho fue detenida en Cancún, donde residía, por agentes de la Fiscalía de Puebla bajo acusaciones de difamación y calumnia. La demanda había sido interpuesta por Nacif.

    La periodista denunció que durante su traslado de Cancún hasta Puebla fue sometida a torturas para intentar callarla y que desmintiera el contenido de su investigación

    Cacho fue exonerada de dichas acusaciones y un mes más tarde salió a la luz pública una grabación de una conversación telefónica entre el entonces gobernador de Puebla, Mario Marín, y Nacif, en las que el funcionario afirmó que le había dado a Cacho un”pinche coscorrón” porque “en Puebla se respeta la ley”.

    Fue entonces cuando la Suprema Corte de Justicia abrió la investigación del caso por tortura a la periodista.

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  • Ahora se hace la víctima: Jueza Angélica Sánchez asegura que su vida está en riesgo y que es una “perseguida política”

    Ahora se hace la víctima: Jueza Angélica Sánchez asegura que su vida está en riesgo y que es una “perseguida política”

    Angélica Sánchez Hernández, jueza de Veracruz, recibió una prohibición total de visitar el Centro de Readaptación Social Pacho, Viejo, donde aún permanece presa, por parte de un juez federal lo que la protege de cualquier posible acto de tortura o maltrato allí. 

    Hernández aseguró que el gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García, la perseguía por su condición de jueza y que su vida corría peligro dentro del penal.

    Al respecto, Roberto Santos Maldonado Morales, juez de control, informó que ordenó a las autoridades del penal respetar los derechos humanos e integridad de la impartidora de justicia, resguardarla en lugar separado de la población de internos y abstenerse de proferir cualquier tipo de maltrato.

    Por otra parte, el director del centro penitenciario afirmó que cumplió a cabalidad con la suspensión, por lo que Angélica Sánchez no había sufrido ningún tipo de tortura, maltrato o aislamiento, y que había estado en contacto con su familia, amigos y abogados para proteger su derechos humanos.

    Desde que el fiscal estatal ha imputado a Sánchez Hernández por tráfico de influencias y delito contra la fe pública, ella ha abogado por un juicio de amparo contra la prisión preventiva del 16 de junio que le fue impuesta.

    En su demanda, la juez apeló la determinación del juez de control de realizar la audiencia inicial de forma privada, lo que aseguró, “constituye un acto de imposible reparación, en el sentido de que se afecta uno de los principios rectores del proceso penal acusatorio sin una justificación válida”.

    Incluso mencionó que cuando fue detenida en la Ciudad de México, miembros de la Guardia Nacional (GN) no le mostraron la orden de aprehensión, la cual aseguró no era válida porque fue emitida por una autoridad incompetente por cuestiones territoriales y porque tenía suspensión provisional.

    No obstante, dos jueces de distrito se declararon incompetentes para resolver el juicio de amparo. Fabiola Viridiana Ramos Castillo, titular del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales y de Amparo en materia Penal, explicó que la demanda debe ser resulta por Daniela María León Linarte, titular del Juzgado Decimoquinto de Distrito, toda vez que fue quien le otorgó la suspensión contra la orden de aprehensión.

    León Linarte rechazó asumir la competencia, debido a que los actos reclamados en los dos juicios de amparo no guardan relación entre sí, al no derivar de la misma carpeta de investigación o causa penal. El caso se podría turnar a un tribunal colegiado para que resuelva el conflicto competencial.

    ¿De que se le acusa a la jueza Angélica Sánchez? 

    La Fiscalía General del Estado de Veracruz imputó a Angélica Sánchez como presunta responsable de los delitos contra la fe pública y tráfico de influencias, cometidos en agravio de la fe pública y el servicio público.

    Ante esto, el Juez de Control impuso la medida cautelar de prisión preventiva justificada durante un año.

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    https://losreporteros.mx/redes-revelan-que-cuevas-usa-un-collar-de-tiffany-co-de-mas-de-300-mil-pesos/
  • Traducen leyes sobre tortura y desaparición forzada a seis lenguas indígenas

    Traducen leyes sobre tortura y desaparición forzada a seis lenguas indígenas

    El Centro Profesional Indígena de Asesoría, Defensa y Traducción Asociación Civil (CEPIADET) tradujo la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, en seis variantes lingüísticas: wixárica, purépecha, náhuatl y totonaco de Puebla, así como náhuatl y totonaco de Veracruz. 

    Esta organización civil con sede en Oaxaca tiene como objetivo brindar herramientas suficientes a los hablantes de lenguas indígenas para ejercer sus derechos lingüísticos, en el ámbito de la justicia. 

    Esta labor tardó dos años y fue un reto pues era necesario pensar cómo comunicar. De acuerdo con el presidente de la organización, Tomás López Sarabia, fue fundamental realizar una interpretación no sólo técnica sino intercultural para que se pudieran entender las implicaciones de padecer graves violaciones a los derechos humanos. Y con ello, dotar de herramientas a los más de siete millones de hablantes de una lengua indígena.  

    La traducción de las referidas leyes ayudará a los familiares de personas víctimas de desaparición o tortura para realizar denuncias formales, así como para el entendimiento de los procedimientos, el acercamiento a las instituciones e incluso para emprender y generar espacios para la defensa de sus derechos. 

    El Presidente del Consejo Directivo del Cepiadet explicó la  importancia de las traducciones de estas leyes “desde CEPIADET se tradujeron las dos leyes con la  finalidad de difundir, informar y visibilizar información clave para prevenir y sancionar la tortura y  la desaparición forzada, desde los enfoques de interculturalidad, género, derechos humanos y  antirracismo”.

    Asimismo, con esta iniciativa se busca el respeto y uso de las lenguas indígenas como un derecho humano de las personas, comunidades y Pueblos Indígenas, accediendo así a la  información en sus propias lenguas.