La Suprema Corte autoriza a la UIF congelar cuentas bancarias sin intervención del ministerio público ni orden judicial. La medida busca proteger el sistema financiero del país.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión importante este lunes. Ahora, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) podrá bloquear cuentas bancarias sin necesidad de la intervención del ministerio público, una orden judicial o la solicitud de una autoridad extranjera. Esta decisión surge ante la necesidad de combatir delitos como el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Los nuevos criterios establecidos por la Corte cambian el enfoque que se había mantenido anteriormente. Los ministros consideran que el congelamiento de cuentas es una medida cautelar, no una sanción penal. Esta medida administrativa busca proteger el sistema financiero del país y actuar ante posibles indicios de actividades ilícitas.
La votación fue inclinada: seis ministros a favor y tres en contra. La ministra Loretta Ortiz Ahlf fue la encargada de presentar el proyecto de resolución. En su argumentación, defendió la validez del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito. Este artículo permite a la UIF agregar personas a la lista de cuentas bloqueadas cuando haya indicios relevantes de origen nacional.
El debate en la Corte fue intenso. La ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien votó en contra, subrayó la importancia de mantener límites para evitar abusos. Resaltó que el bloqueo de cuentas debería usarse únicamente para cumplir con los compromisos internacionales de México. Su preocupación se centra en la posible afectación de la propiedad privada si no existen parámetros claros en la ley.
Con estas nuevas decisiones, México da un paso hacia una mayor vigilancia y control financiero, aunque también despierta preocupaciones sobre posibles abusos. La discusión sobre cómo balancear la seguridad nacional y los derechos individuales sigue abierta en la sociedad.


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