¡Mentira criminal!

Por Ricardo Sevilla

He seguido de cerca el caso de la jueza Amarande Riojas. ¿Y sabe qué? La han suspendido con pruebas falsas.

Usted sabe que este columnista no se anda con cuentos y puede revisar (con lupa) una serie de constancias sobre el expediente 533/2026 del Juzgado Decimoquinto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la CDMX.

Gracias a eso, puede confirmar una anomalía procedimental: la suspensión de la jueza Aneshuarely Amarande Riojas Orozco se sustenta en un documento que, de plano, no existe en el SISE (Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes).

Lamentablemente, para descarrilar a Amarande Riojas mediáticamente se utilizó el dolor de una víctima (que perdió a su madre) para culpar a la jueza de una liberación inexistente.

¿Y sabe por qué es mentira? ¡Porque el imputado permanece bajo prisión domiciliaria y bajo custodia policial!

Y es importante aclararlo porque ese es el eje de la desinformación que se utilizó para atacar a la jueza.

A quienes pretenden tergiversar las cosas, hay que explicarles este punto con bolitas y palitos. Y es que, en el marco del proceso penal mexicano, la prisión domiciliaria no es un beneficio de “libertad”, sino una medida cautelar restrictiva de la libertad (artículo 155, fracción XIII del CNPP).

El imputado no ha sido absuelto. La prisión domiciliaria (resguardo domiciliario) es una modalidad de la prisión preventiva. El sujeto sigue siendo un reo, pero su celda es su casa. No puede salir, no puede realizar una vida normal y sigue a disposición absoluta del tribunal hasta que se dicte la sentencia.

Llegado el momento, tenga usted la certeza de que el imputado será trasladado a las audiencias de juicio oral esposado y por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).

Insisto: la narrativa mediática, en este caso, utilizó el término “liberación” para encender la indignación social. Y esta falacia es, a todas luces, un arma de manipulación.

Al decirle a la opinión pública que la jueza lo “liberó”, a Mario Alberto “N”, acusado del feminicidio de Maciel Alejandrina Sánchez Ronquillo, pretende borrarse el hecho de que el imputado sigue (y seguirá) bajo vigilancia policial 24/7, con el fin de justificar la suspensión de la juzgadora por una supuesta “negligencia” o “corrupción” que, en realidad, no existe.

Es vital explicarle a la gente que la jueza no decidió que el hombre era inocente. La etapa de Juicio Oral, donde se determinará la culpabilidad o inocencia y se dictará la sentencia, sigue su curso. Acusar a la juzgadora de “dejar libre a un feminicida” es, por donde se le vea, una calumnia malintencionada.

Este linchamiento mediático, me informan fuentes al interior del propio Poder Judicial, estaría siendo orquestado por un grupo cercano a Alessandra Rojo de la Vega (los abogados Nassar), quienes habrían instrumentalizado al Tribunal de Disciplina Judicial como brazo ejecutor de una venganza personal tras denuncias de violación previas contra Gabriel Castañeda Gómez-Mont.

Infelizmente, no sería la primera vez que el Tribunal de Disciplina opera bajo la presión del clic y la opinión pública, validando pruebas falsas, siempre que satisfagan la narrativa de “castigo” que el sector político demanda.

Estamos frente a un caso de una gravedad institucional profunda, donde se entrelazan la fabricación de pruebas, el influyentismo político y la revictimización.

A últimas fechas, los grupos de poder ya no atacan directamente, sino que utilizan “víctimas escudo”. Al poner el rostro de una hija que busca justicia frente a la jueza, cualquier defensa jurídica de la juzgadora se percibe socialmente como un ataque a la víctima.

Utilizar a una víctima de feminicidio para una venganza política es la forma más baja de corrupción.

Una cosa más: a la jueza Riojas no la juzgaron por sus sentencias, la persiguieron por sus denuncias.

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